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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 27 de marzo de 2001, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso- administrativo núm. 1438/98 promovido por Canal Sur Radio, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso núm. 1438 de
1998, interpuesto por Canal Sur Radio, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía de 10 de marzo de 1998, dictada en el expediente sancionador 1008 de 1997 y que desestimó el recurso ordinario deducido frente a la decisión de la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de 28 de octubre de 1997, que impuso a la demandante una sanción de 500.001 pesetas al considerarle responsable de una infracción administrativa muy grave en grado mínimo, que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 17 de enero de 2002.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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