Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 14/03/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CATORCE DE SEVILLA

EDICTO dimanante del juicio de menor cuantía núm. 175/2002. (PD. 573/2002).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

N.I.G.: 4109142C2000E000356.

Procedimiento: Menor Cuantía 175/2000. Negociado: R.

Sobre: Otorgación de Escritura Pública.

De: Don José María Sánchez Calvo.

Procurador/a: Sr./a.

Letrado/a: Sr./a.

Contra: José Camúñez Merino, María Angeles Camúñez Espinosa, María Esther Camúñez Espinosa, Yolanda Camúñez Espinosa, José Manuel Camúñez Espinosa y Almudena Camúñez Espinosa.

Procurador/a: Sr./a.

Letrado/a: Sr./a.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 175/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla a instancia de José María Sánchez Calvo contra José Camúñez Merino, María Angeles Camúñez Espinosa, María Esther Camúñez Espinosa, Yolanda Camúñez Espinosa, José Manuel Camúñez Espinosa y Almudena Camúñez Espinosa sobre Otorgación de Escritura Pública, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Sevilla, siete de mayo de dos mil uno.

Don Rafael Ceres García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de juicio Menor Cuantía, seguidos al número

175/2000-R, seguidos a instancia de José María Sánchez Calvo, representado por el/la Procurador/a y asistido del/de la Letrado, contra José Camúñez Merino, María Angeles Camúñez Espinosa, María Esther Camúñez Espinosa, Yolanda Camúñez Espinosa, José Manuel Camúñez Espinosa y Almudena Camúñez Espinosa sobre Otorgación de Escritura Pública.

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Jesús Tortajada Sánchez, en representación de don José María Sánchez Calvo, contra don José Camúñez Merino, contra doña María Angeles Camúñez Espinosa, contra doña María Esther Camúñez Espinosa, contra doña Yolanda Camúñez Espinosa, contra don José Manuel Camúñez Espinosa y contra doña Almudena Camúñez Espinosa, sobre otorgamiento de escritura pública de compraventa, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, condenando a los susodichos codemandados a otorgar escritura pública de compraventa de la finca descrita en el hecho primero de la demanda, a favor del actor don José María Sánchez Calvo, en el plazo que se señale en ejecución de sentencia, apercibiéndoles de que si no lo verificaren dentro del mencionado plazo, se hará por el Juzgador, a costa de los codemandados y sin hacer expresa imposición de las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, en ambos efectos, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días, de conformidad con lo establecido en el art. 455.1 de la LEC (n).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Manuel Camúñez Espinosa, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a catorce de enero de dos mil dos.- El/La Secretario.

Descargar PDF