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En el recurso número 643/99-Sección Primera, interpuesto ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa declaración de lesividad, a instancia del Abogado del Estado contra resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía que disponen la sustitución de valores catastrales fijados en las mismas, se ha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Administración General del Estado contra la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía, dictada en el expediente (21/02071/94), por la que se estimó la reclamación económico- administrativa interpuesta contra acuerdo de asignación de valor catastral. Anulamos la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía por ser contraria a Derecho, y la declaramos sin ningún valor ni efecto. Sin costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, que se notificará a las partes, haciéndole saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, lo que pronunciamos, mandamos y firmamos.
Intégrese esta resolución en el Libro correspondiente. Una vez firme la Sentencia, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de éste.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y sirva de notificación en forma a doña Brígida Gordillo Bermúdez, en ignorado paradero, expido la presente.
En Sevilla, 24 de diciembre de 2001.- La Secretaria.
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