Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 11/04/2002

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, Categoría Conjunto Histórico, del Conjunto Histórico de Rota (Cádiz).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural categoría Conjunto Histórico a favor de Rota (Cádiz), (cuya delimitación literal y gráfica se adjuntan en Anexo aparte) y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, 13 de su reglamento de desarrollo, Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio).

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección, C/ Cánovas del Castillo,

35, planta baja, de nueve a catorce horas.

La Delegada, Josefa Caro Gamaza.

A N E X O

1. Justificación de la delimitación del bien. Rota, gracias a su extraordinaria situación y estratégico asentamiento cercano a Gades, en su misma Bahía, y la riqueza agrícola de la zona, ha sido habitada desde los primeros tiempos, como lo demuestran los distintos hallazgos arqueológicos. En el término Municipal -en dónde hoy se sitúa la Base Naval-, han aparecido vestigios de asentamientos humanos, principalmente de época romana, entre los que podemos distinguir un depósito de ánforas y horno próximo y unos sepulcros romanos de sillares con tapas de lajas de piedra ostionera con ungüentarios, lucernas y monedas.

Aunque de los restos arqueológicos se deduce la existencia de pequeños asentamientos en las proximidades del núcleo de población, en épocas fenicia, griega y romana, también es cierto que el núcleo urbano de Rota tiene su origen y seña de identidad en su localización y el valor estratégico de su puerto.

La fundación surge a partir de un «fuerte de frontera¯ Rabeta Ruta y posterior Ribat con connotaciones religiosas, formándose un núcleo a partir del Ribat en el siglo XII. El origen es una plaza fuerte costera de la que aún se conservan pequeños tramos de la cerca amurallada, aunque ha perdido la práctica totalidad de sus lienzos. Por su carácter marítimo, las murallas de Rota son más bien defensas contra el mar creando un zócalo de protección sobre el que se asienta la ciudad.

Constituyó la gran sede de renombradas órdenes militares, como la Orden de Santiago o la de Santa María de España, cuando Sancho IV, entregó la Villa a los Pérez de Guzmán primeros señores de Rota, edificando el Castillo de Luna, posiblemente en el mismo solar donde estuvo el Ribat árabe, con profundas analogías con el Ribat de Susa en (Túnez).

La pervivencia de restos de construcciones señoriales generadas tras la Reconquista definitiva por Alfonso X una vez reconquistada la Villa por los cristianos, se sitúan dentro de un recinto amurallado, del que perduran varios tramos y elementos, entre los que destacan las puertas «del Mar¯ y la de «Regla¯ y una tercera modificada, la de la «Villa¯.

El núcleo urbano se desarrolla primero a partir del Castillo de Luna y posteriormente de la Iglesia de Nuestra Señora de la O, que se situó a la entrada del Alcázar-fortaleza, como era usual tras la reconquista. Ambos edificios constituyen el primer foco generador de la trama urbana. Hacia su plaza convergen todas las calles de la ciudad medieval. En el trazado urbano también han tenido una gran influencia, los caminos a las poblaciones cercanas, que condicionaron las tres puertas de tierra

sustentadas en éstos y sobre los que se fueron apoyando las construcciones.

El trazado de la trama urbana de Rota es claramente medieval, con reminiscencias árabes. Las calles se van creando

concéntricamente a partir del espacio central símbolo del poder que constituyó la plaza mayor, el Agora donde se insertaron los dos edificios más emblemáticos del poder: El Castillo y la Iglesia Parroquial, en torno al cual y bajo la protección del recinto amurallado, se irán generando las casas de la nobleza, inicialmente las más cercanas a este centro político y social.

El resto de entorno está constituido por un caserío modesto construido a partir del siglo XVIII, tras ser destruido el primitivo en el asalto anglo-holandés de 1702. Caserío

destinado en origen a agricultores y pescadores, una vez que la nobleza y burguesía de la villa se desplazara a partir de mediados del siglo XVIII hacia la «Puerta de la Villa¯ y el arrabal surgido en su entorno: Calles del Charco, Blas Infante, Constitución, etc., donde se localizaron las Casas Señoriales de Rota.

En la actualidad ambos edificios: Iglesia y Castillo generan una escenografía de gran potencia y valor ambiental que sorprende al viandante por tratarse de elementos hasta cierto punto inesperados dentro de un entramado urbano arquitectónico de extrema sencillez que aparece tras cruzar la «Puerta del Mar¯ y penetrar en el primitivo recinto amurallado medieval.

El valor de su núcleo, está sustentado principalmente en el proceso de formación de la ciudad, con una coherencia en su desarrollo, que permite identificar suficientemente la

morfología urbana y unas estructuras arquitectónicas

representativas de la evolución histórica, creando etapas bien diferenciadas e identificadas en su estructura urbana desde una traza medieval con ascendentes árabes hasta los ensanches del siglo XIX, que se aprecia claramente en los planos

cartográficos existentes, por contraste entre ambas tramas, la antigua y la actual. En su formación destaca la importancia de las condiciones geográficas con la existencia de un puerto natural. A sus valores históricos se une una privilegiada localización estratégica, en la Bahía de Cádiz, que permite una visualización armónica del conjunto desde el mar.

En la fisonomía del conjunto actual destacan como elementos singulares el castillo-palacio de Luna, una cerca de murallas, la Torre de la Almadraba, los Baluartes de la Concepción, de la O y de la Culebrina, y las Baterías de Salazar y de la

Veracruz.

Constituye pues una unidad de asentamiento con unos invariantes constructivos que deben de ser conservados y revitalizados y que justifican su Declaración como Bien de Interés Cultural de acuerdo a las especificaciones de la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español. La declaración de una Protección

Arquitectónica adecuada a sus elementos de interés y por extensión al conjunto urbano tradicional, así lo potenciaría.

La delimitación que se propone para el Conjunto Histórico de Rota con vistas a su Declaración como Bien de Interés Cultural, se asimila a la configuración de su estructura urbana a comienzos de siglo, pero algo más reducida, incluyendo

únicamente la áreas en las que dicha uniformidad se ha

mantenido, eliminándose las que han sufrido una alteración más profunda y que por tanto son difíciles de recuperar. El criterio seguido para la delimitación, ha sido sólo considerar las zonas con características cronológicas y constructivas comunes, pero eliminando aquéllas zonas en las que las

sustituciones tipomorfológicas han prevalecido frente a la arquitectura tradicional que incluye el recinto medieval y la zona del casco antiguo más próxima que coincide básicamente con los arrabales históricos y con la propuesta de delimitación ampliada en el año 1985. Es una delimitación ajustada que enmarca «realmente¯ las edificaciones que mantienen una homogeneidad estructural y tipológica, no incluyendo zonas que han sufrido una sustitución tipomorfológica generalizada.

Descripción literal de la delimitación.

La zona afectada por la delimitación como Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de Rota comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados incluidos dentro de la línea trazada sobre la planimetría que toma como base el catastral del Consorcio para la Gestión e Inspección de las Contribuciones Territoriales.

Comienza la delimitación del Conjunto Histórico de Rota en un punto de partida coincidente con el vértice S-E de la cerca correspondiente a la «Puerta del Mar¯: Continúa en el sentido de las agujas del reloj por el borde Suroeste de la manzana catastral 64.577 (en adelante, M.ª 64.577) que linda

directamente con la playa de la Costilla, dobla por la C/ Extremadura hasta su intersección con la C/ Higuereta que recorre hasta su encuentro con la C/ Aviador Durán por la que gira hasta la Pza. de San Roque para proseguir por el eje de las calles Castelar e Isaac Peral, dobla por la C/ Merino y un tramo de la C/ Veracruz hasta su encuentro con la M.ª 64.614 que bordea por su lindero posterior para continuar por el borde exterior de las calles Posadilla y Agustín Merello, para seguir por el borde exterior de la M.ª 64.577 hasta entroncar con el vértice S-E de Coordenadas Rectangulares U.T.M. (X: 256.109; Y:

4.039.098), definido inicialmente, y perteneciente a la «Puerta del Mar¯, M.ª 65.577, punto de partida de la descripción.

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