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La Orden de 10 de enero de 2002, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la + que se regula el Servicio Andaluz de Teleasistencia, dispone en su artículo 9.1+ que los usuarios contribuirán a la financiación de este Servicio mediante el + pago a la Fundación Andaluza de Servicios Sociales de una tarifa, + periódicamente revisable, que deberá ser aprobada por el titular de la + Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.
En su virtud, previa consulta al Consejo de los Consumidores y Usuarios de + Andalucía, y en uso de las facultades que me confiere la citada Orden,
R E S U E L V O
Aprobar la tarifa del Servicio Andaluz de Teleasistencia para el año 2002, + que será de una cuantía de 18 euros mensuales.
Sevilla, 15 de marzo de 2002.- La Directora Gerente, Adoración Quesada Bravo.
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