Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 30/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ACUERDO de 25 de marzo de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico para constituir diversos Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico.

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El Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, atribuyen las competencias de la misma.

La consecución del pleno empleo requiere del diseño y puesta en marcha de políticas activas y dinámicas no sólo en cuanto a sus orientaciones sino también teniendo en cuenta el entorno donde han de aplicarse: en este sentido, las políticas de cooperación territorial desarrolladas por el Gobierno andaluz han supuesto una apuesta firme y decidida por la consecución de este objetivo, prueba de ello es la puesta en marcha por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Orden de 29 de mayo de 2001, donde se establece el Programa de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, como instrumentos de cooperación con las Corporaciones Locales de Andalucía.

El 7 de junio de 2001 se firmó un Protocolo de colaboración entre la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias con el objeto de articular la colaboración entre ambos para posibilitar, dentro de sus respectivos ámbitos de competencias, un nuevo modelo de desarrollo local para evolucionar a un nuevo modelo de descentralización, desconcentración y cogestión.

Las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) se configuran como instrumentos con capacidad para dinamizar el empleo local, lograr un mejor y mayor aprovechamiento de los recursos en cada una de las zonas y acercar los servicios que, en materia de empleo, promoción de empresas, industria y desarrollo tecnológico, ofrece la Consejería a los ciudadanos y ciudadanas.

Dichas Unidades se constituyen como estructuras de cooperación estables de desarrollo local mediante la figura de Consorcios Administrativos, cuyos ámbitos de actuación son los señalados en la mencionada Orden de 29 de mayo de 2001. Dichos Consorcios al ser Corporaciones de Derecho Público, gozan de personalidad jurídica propia que se constituyen con el objetivo de contribuir a un desarrollo equilibrado y sostenido del territorio que conforman los Municipios integrantes del mismo, mediante la promoción de medidas que supongan un aprovechamiento pleno de las posibilidades que ofrece el territorio.

Al respecto, los artículos 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; 110.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y 33 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, de Demarcación Municipal de Andalucía, reconocen a las Administraciones Públicas capacidad para constituir con Entidades Locales Consorcios para la consecución de fines de interés común.

En su virtud y conforme a lo establecido en el artículo 6 bis.2 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de marzo de 2002, adoptó el siguiente

A C U E R D O

Primero. Autorizar a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico para que, en nombre y representación de la Administración de la Junta de Andalucía, realice cuantas actuaciones sean precisas para la constitución de los

Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, que estarán integrados por la Junta de Andalucía y por las Entidades Locales que figuran en el Anexo de este Acuerdo, y que tendrán como objeto potenciar y

promocionar los recursos endógenos de la zona a efecto de generar más empleo y de acercar los servicios de los que dispone la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a la población.

A tal efecto, el Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico formalizará las correspondientes Actas de Constitución y la aprobación de sus Estatutos.

Segundo. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, surtiendo efectos el día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 25 de marzo de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

A N E X O

CADIZ

Consorcio de las Unidades Territoriales de Empleo y

Desarrollo Local y Tecnológico de la Comarca del Campo de Gibraltar, integrado por la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar.

Sedes: Algeciras, La Línea de la Concepción y San Roque.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Chiclana de la Frontera.

Sede: Chiclana de la Frontera.

Consorcio de las Unidades Territoriales de Empleo y

Desarrollo Local y Tecnológico de la Comarca de la Sierra de Cádiz, integrado por la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz.

Sedes: Olvera, Ubrique y Villamartín.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Puerto Real.

Sede: Puerto Real.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de El Puerto de Santa María.

Sede: El Puerto de Santa María.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de San Fernando.

Sede: San Fernando.

CORDOBA

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Conquista, Villanueva de Córdoba, Torrecampo, Dos Torres, El Guijo, Añora, Cardeña, Pozoblanco, Alcaracejos y Pedroche.

Sede: Pozoblanco.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de la Comarca del Guadiato, integrado por la Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato.

Sedes: Peñarroya-Pueblonuevo y Villaviciosa de Córdoba.

HUELVA

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Ribera de Huelva y Sierra Minera, integrado por la Mancomunidad de Municipios Ribera de Huelva y por la Mancomunidad Intermunicipal de RSU «Sierra Minera¯. Sede: Aracena.

MALAGA

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Vélez-Málaga.

Sede: Vélez-Málaga.

SEVILLA

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaira.

Sede: Alcalá de Guadaira.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Dos Hermanas.

Sede: Dos Hermanas.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Almadén de la Plata, Aznalcóllar, El Castillo de las Guardas, Gerena y Guillena.

Sede: Gerena.

Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico del Bajo Guadalquivir, integrado por la Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir.

Sedes: Sanlúcar de Barrameda, Lebrija y Los Palacios y

Villafranca.

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