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Expediente: RC-AL-3-AR. Cuenta: 28. Grupo: AL-AYTO/San Cristóbal - Barranco Bolas 28 (D-6) (Almería).
Con fecha 7.3.02 se inició y fue declarado de urgencia el presente expediente de resolución del contrato de Arrendamiento contra Juana Carmona Contreras por la siguiente causa de resolución contractual:
No dedicar la vivienda de referencia a domicilio habitual y permanente, lo que constituye falta muy grave conforme al art.
56 del R.D. 3148/1978, de 10 de noviembre. Esta causa está prevista en el art. 138 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, como causa de resolución contractual y, por lo tanto, de desahucio.
Por la presente, se le notifica la existencia del procedimiento y se le otorga el plazo de cinco días hábiles, a contar desde la notificación de la presente resolución, para efectuar las alegaciones que estime oportunas, proponer y practicar pruebas. De no efectuarlo se tendrá por decaído su derecho conforme al art. 76, apartado 3, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 3 de abril de 2002.- La Instructora, Elena del Aguila Marín.
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