Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 21/05/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 15 de abril de 2002, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Alcolea del Río, Brenes, Cantillana, Carmona, El Coronil, El Cuervo, Lebrija, Los Molares, El Pedroso, Tocina, Utrera, Villanueva del Río y Minas y El Viso del Alcor, integrados en el Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla). (PP. 1242/2002).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de

2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto

137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

CONSORCIO DE AGUAS DEL HUESNA (SEVILLA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido Cuota de servicio

Calibre del contador en mm euros/mes

Hasta 15 1,63

20 5,06

25 7,51

30 10,52

40 17,91

50 27,65

65 45,56

80 68,15

100 105,15

125 163,55

150 233,65

200 412,78

250 638,65

300 919,03

400 1.199,41

500 2.219,69

Más de 500 4.361,50

En el caso de que varias viviendas y/o locales se sirvan de un mismo contador, si el valor que corresponda aplicar según la tabla es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas y locales por 0,75 y por 1,63 euros/mes, se tomará este último resultado.

Cuota de consumo

Consumo doméstico

Bloque I: Hasta 7 m?/vivienda/mes 0,31 euros/m? Bloque I: Más de 7 m? hasta 20 m?/vivienda/mes 0,49 euros/m? Bloque III: Más de 20 m?/vivienda/mes 0,69 euros/m?

Consumo industrial y comercial

Bloque I: Hasta 7 m?/local/mes 0,44 euros/m? Bloque I: Más de 7 m? hasta 20 m?/local/mes 0,55 euros/m? Bloque III: Más de 20 m?/local/mes 0,59 euros/m?

Consumo de organismos oficiales, servicios públicos e interés social

Bloque único 0,37 euros/m?

Bonificaciones: Conforme al Acuerdo de la Junta General del Consorcio de Aguas del Huesna, en su sesión celebrada el 31 de octubre de 2001, que se transcribe a continuación:

«Los consumos anuales realizados por las Dependencias y los Servicios Municipales de las Entidades Locales integradas en el Consorcio, hasta el límite del 7% del consumo anual total del municipio, medido a la entrada del depósito de regulación, tendrán una bonificación de 0,37 euros/m.¯

Derechos de acometida

Parámetro A 14,82 euros/mm

Parámetro B 62,51 euros/l/seg

Cuota de contratación y reconexión

Calibre del contador en mm

Hasta 15 29,59 euros

20 63,87 euros

25 90,94 euros

30 112,42 euros

40 152,39 euros

50 194,27 euros

65 255,70 euros

80 318,31 euros

100 y superiores 397,73 euros

Fianzas: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 57 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, la fianza quedará establecida para todos los contratos de suministro de agua potable para uso doméstico, industrial o comercial, cualquiera que sea el calibre del contador, que no tenga un tiempo determinado de duración, en 19,50 euros.

En los contratos de suministro de obra o de duración

determinada, el importe máximo de la fianza está en función de la escala siguiente:

Calibre del contador en mm

Hasta 15 212,11 euros

20 652,28 euros

25 913,19 euros

30 1.304,55 euros

40 2.609,11 euros

50 y superiores 3.913,67 euros

El importe de la fianza podrá sustituirse por aval bancario o por aval del Ayuntamiento respaldado por la fianza depositada para la concesión de la licencia municipal de obra.

Suministros temporales sin contador. Se aplicarán para la facturación los siguientes volúmenes:

Diámetro de la acometida (mm)m/día

Hasta 25 3

30 3,5

40 4

50 4,5

55 5

80 5,5

100 y superiores 6

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecidos en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúm.

Sevilla, 15 de abril de 2002.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.

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