Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 15/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 28 de diciembre de 2001, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Cádiz. (PP. 22/2002).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de

2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto

137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

AYUNTAMIENTO DE CADIZ

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa base

Bajada de bandera 0,97 ? Kilómetro recorrido 0,50 ? Hora de parada 13,29 ? Carrera mínima 2,46 ?

Suplementos

Servicios nocturnos laborables 25% de incremento en (desde las 22 hasta las 6 horas) los servicios mínimos Servicios festivos 25% de incremento en (desde las 0 hasta las 24 horas) los servicios mínimos Maleta o bulto superior a 60 cm 0,37 ? Recogida en estación de FF.CC. y muelles 0,57 ? Entrada en dique, Astilleros,

espigones de La Caleta y San Felipe

y Puerto Zona Franca 0,74 ?

Servicios especiales:

20% de incremento en la aplicable durante los Carnavales (viernes de 22,00 a 7,00; sábado de 15,00 a 24,00; domingo y lunes, las 24 horas), Semana Santa (Jueves y Viernes Santo, las

24 horas) y Navidad (25 de diciembre y 1 de enero de 0,00 a

6,00 horas).

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de diciembre de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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