Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 04/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 7 de mayo de 2002, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se hace pública la adjudicación de las becas para la formación en materia turística convocadas por Orden de 21 de mayo de 2001.

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Reunida la Comisión de Selección el 28 de enero de 2002 para dar cumplimiento a lo dispuesto en la base octava de la Orden de 21 de mayo de 2001, por la que se regula la concesión de becas para la formación en materia turística, y evaluados los expedientes personales de los solicitantes en base a los criterios fijados en la base sexta de la misma, por cuanto se refiere a los expedientes académicos, actividades complementarias y de formación en materia de turismo, informática e idiomas, se procedió a la fase de selección mediante entrevistas personales, a cuya finalización se realizó la correspondiente propuesta. Por todo ello, y en uso de las atribuciones que la misma Orden en su base octava le confiere, esta Dirección General de Planificación Turística

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar tres becas con una dotación de 1.051,77 euros/mes, cada una, durante veinticuatro meses, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.14.00.01.00. 48100.75B.9, para la realización de trabajos y estudios en las dependencias de la Dirección General de Planificación Turística a:

- Don Juan Miguel Moreno Magaña, con DNI núm. 234.858.538-Z.

- Doña María del Mar González Meana, con DNI núm. 23.796.721-R.

- Doña Noelia González Roldán, con DNI núm. 34.078.849.849-W.

Asimismo, se designaron como suplentes a:

- Doña Elena Sánchez Pila, con DNI núm. 52.692.546-Y.

- Doña Mónica Cremadas Albanés, con DNI núm. 44.235.877-T.

- Doña Raquel González Eslava, con DNI núm. 45.652.585-T.

- Doña Rosario Delgado Ramos, con DNI núm. 28.934.744-P.

- Doña María José Márquez Benítez, con DNI núm. 28.750.509-A.

- Don Armando Saldaña Caro, con DNI núm. 28.928.519-Q.

Los adjudicatarios de las becas, de conformidad con lo previsto en la base novena de la referida Orden, se comprometen a las siguientes actuaciones:

- Realizar los trabajos previstos y relacionados con el programa establecido por el Director del mismo.

- Presentar una memoria de las actividades realizadas en el último mes del período de la beca.

- Facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía. Todo ello sin perjuicio de las obligaciones previstas en las letras a) a d) del artículo 105 de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se desestima el resto de las solicitudes admitidas, quedando, en todo caso, acreditados los motivos en los correspondientes expedientes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 7 de mayo de 2002.- La Directora General, Eloísa Díaz Muñoz.

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