Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 06/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 15 de abril de 2002, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Almuñécar (Granada). (PP. 1491/2002).

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Con fecha 15 de abril de 2002 se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Ratificar el cuadro de tarifas máximas de aplicación en la explotación de la Estación de Autobuses de Almuñécar (Granada) que a continuación se detallan, aprobadas por Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de dicho municipio, en sesión del día 12 de febrero de 2002, y que a continuación se especifican, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas en su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Tarifas máximas

Concepto Euros

I. Por entrada o salida de un autobús con viajeros al iniciar o finalizar viaje o escala de autobús en tránsito:

a) Hasta 30 km 0,51

b) Resto 0,51

c) Discrecional 9,02

II. Por la utilización de los viajeros

de los Servicios Generales de la Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden

viaje de/a la Estación:

Servicios regulares permanentes de uso

general:

a) Cercanías (recorrido menor de 30 km) 0,05 euros

b) Recorrido medio (recorrido de 31 a 90 km) 0,11 euros

c) Largo recorrido (recorrido mayor de 90 km) 0,30 euros

Servicios no encuadrados en el apartado

anterior:

Cualquier recorrido: Discrecional 0,30 euros

III. Alquiler mensual 124,44 euros

IV. Aparcamiento de autobuses:

Servicios regulares:

- Aparcamiento diurno de 8,00

a 22,00 horas 0,75 euros

- Aparcamiento nocturno de 22,00

a 8,00 horas 0,75 euros

Servicios discrecionales 9,02 euros

V. Otros conceptos

Alquiler local prensa 83,29 euros

Segundo. Las anteriores tarifas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Almuñécar (Granada) entrarán en vigor el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Consejera de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 15 de abril de 2002.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

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