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Por el Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de 5.024,29 m¯, integrada por dos fincas ubicadas en el Plan Parcial Residencial Sector SR-1-4 «Haza del Perito¯ de dicho municipio, con destino a Centro de Enseñanza Secundaria.
Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 14 de mayo de 2002,
D I S P O N G O
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba) de las siguientes fincas que, libres de cargas y a favor del Ayuntamiento citado, obran inscritas en el Registro de la Propiedad de Montoro:
- Parcela urbana núm. 154 de la Unidad de Ejecución I, del Plan Parcial Residencial Sector SR-1-4 «Haza del Perito¯, en Adamuz. Linda: Oeste, calle núm. 2; Sur, parcela núm.; Norte, parcela núm. 153; y Este, calle núm. 4 del Polígono. Tiene de superficie 3.024,29 m¯. Inscrita al folio 223 del tomo 1.016, libro 208, finca núm. 10.048.
- Parcela urbana núm. 155 de la Unidad de Ejecución I, del Plan Parcial Residencial Sector SR-1-4 «Haza del Perito¯, en Adamuz. Linda: Oeste, calle núm. 2; Sur, parcela núm.; Norte, parcela núm. 154; y Este, calle núm. 4. Tiene de superficie 2.000 m¯. Inscrita al folio 225 del tomo 1.016, libro 208, finca núm.
10.049.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley
4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las fincas donadas, que se adscriben a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a Centro de Enseñanza Secundaria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 14 de mayo de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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