Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 02/07/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST E INSTRC. Nº 1 DE SANTA FE

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 242/2001. (PD. 1882/2002).

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Negociado núm. 1.

NIG: 1817541C20011000440.

Procedimiento ordinario 242/2001.

Sobre: Privación de patria potestad.

De: Doña Silvestra Tovar Rodríguez.

Procurador: Sr. Manuel Alameda Ureña.

Contra: Don Francisco José Arbol Urbano.

E D I C T O

En los autos de procedimiento ordinario núm. 242/2001, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. de Santa Fe (Granada) a instancia de doña Silvestra Tovar Rodríguez contra don Francisco José Arbol Urbano, siendo parte el Ministerio Fiscal, sobre privación de patria potestad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Santa Fe, a tres de mayo de dos mil dos. Vistos por mí, don Miguel Angel Torres Segura, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de los de esta Ciudad y su Partido, los autos de Juicio ordinario seguidos por este Juzgado bajo el núm. 242/01, promovido por el Sr. Procurador de los Tribunales don Manuel Alameda Ureña, en nombre y representación de doña Silvestra Tovar Rodríguez, bajo la dirección del Letrado don Enrique Labella Onieva, contra don Francisco José Arbol Urbano, que permanece en rebeldía, y el Ministerio Fiscal (...)

F A L L O

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Sr. Procurador de los Tribunales don Manuel Alameda Ureña, en nombre y representación de doña Silvestra Tovar Rodríguez, contra don Francisco José Arbol Urbano, acordando que éste quede privado de la patria potestad que ostentaba sobre sus hijos Esperanza Arbol Viceira, Jacob Arbol Viceira, Melisa Arbol Viceira y Francisco Arbol Viceira, que deberán ser sometidos a tutela, debiendo tramitarse en procedimiento de jurisdicción voluntaria una vez firme la presente resolución, sin que proceda especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes con la advertencia de que la misma no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelacion por ante mí la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Francisco José Arbol Urbano, en estado legal de rebeldía y en paradero desconocido, insértese el presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para lo cual extiendo y firmo la presente en Santa Fe, a diecisiete de mayo de dos mil dos.- La Secretario.

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