Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 06/07/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 13 de junio de 2002, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se crea en la Diputación Provincial de Granada un puesto de trabajo de Vicesecretaría y se clasifica como Secretaría de clase primera.

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Vista la solicitud formulada por la Excma. Diputación Provincial de Granada, relativa a la creación en la plantilla de personal de la Diputación de un puesto de trabajo de Vicesecretaría de clase primera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior, en base al Acuerdo adoptado por la Diputación en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2002.

Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y de conformidad con el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Crear en la plantilla de la Excma. Diputación Provincial de Granada, un puesto de trabajo de Vicesecretaría y clasificarlo como Secretaría de clase primera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría superior.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de junio de 2002.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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