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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Concepto Tarifas autorizadas IVA incluido
Billete ordinario 0,70 euros
Bono-Bus (10 viajes) 5,35 euros
Bono-Bus Pensionista (10 viajes) 2,10 euros
Bono-Bus Universidad (20 viajes) 8,00 euros
Tarjeta mensual libre uso 23,40 euros
Tarjeta mensual estudiantes libre uso 19,85 euros
Billetes especiales 0,85 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 30 de mayo de 2002.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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