Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 27/7/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 11 de julio de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban pliegos y contrato tipo para la concertación del Servicio de Tomografía Axial Computerizada.

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La entrada en vigor del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y la conveniencia de que las contrataciones de la gestión del servicio de tomografía axial computarizada se realicen, sin impedir su adecuación a las necesidades de cada Centro, con determinados criterios homogéneos, hace necesario publicar pliegos y contrato tipo acordes con la nueva ordenación.

Por lo anterior, según lo previsto en el artículo 49.3 de la Ley referida, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 245/2000, de 31 de mayo,

R E S U E L V O

1. Se aprueban los pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, y el contrato tipo que figuran a continuación, para la concertación por procedimiento abierto y concurso como forma de adjudicación del servicio de tomografía axial computarizada en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

2. Las contrataciones de este servicio que se realicen por este procedimiento y forma de adjudicación se ajustarán a los citados pliegos y contrato tipo. Sólo excepcionalmente, y previa autorización de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, podrán utilizarse pliegos y contrato elaborados específicamente para atender necesidades que no se satisfagan adecuadamente con los tipo.

3. La presente Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de julio de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

PLIEGOS TIPO PARA LA CONTRATACION MEDIANTE

CONCIERTO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y CONCURSO COMO FORMA DE ADJUDICACION, DEL SERVICIO

DE TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA

EN EL HOSPITAL ...

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

I. Disposiciones generales

Régimen General

1. Régimen jurídico del contrato.

1.1. La presente contratación, de naturaleza administrativa, se regirá por lo dispuesto en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT, en adelante); por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, que se citará como LCAP), su Reglamento General (Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre, que se citará en adelante como RG) y demás disposiciones complementarias; por las Leyes

14/1986, General de Sanidad, y 2/1998, de Salud de Andalucía, y por cuantas disposiciones concordantes le fueran de aplicación. Igualmente serán de aplicación, en lo que le afecte, los Reales Decretos 1976/1999, de 23 de diciembre, que establece los criterios de calidad en radiodiagnóstico, y

815/2001, de 13 de julio, sobre justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas. También será de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el Decreto 44/1993, de

20 de abril, por el que se regulan los gastos de anualidades futuras.

1.2. El presente Pliego, el PPT y los demás documentos anexos tienen carácter contractual. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP, en adelante) y cualquier otro documento contractual prevalecerá lo dispuesto en el primero.

1.3. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que, promulgadas por la Administración, puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

2. Procedimiento y forma de adjudicación.

El procedimiento de adjudicación de este contrato será

abierto, y la forma de adjudicación, la de concurso, conforme a lo dispuesto en la LCAP.

3. Prerrogativas de la Administración contratante, recursos y jurisdicción.

3.1. Dentro de los límites de la LCAP, el órgano de

contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el

contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su

resolución y determinar los efectos de ésta.

3.2. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.

3.3. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la

interpretación, modificación, resolución y efectos del

contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa; contra los mismos se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha

jurisdicción.

Elementos del contrato

4. Objeto del contrato.

4.1. El presente contrato tiene por objeto la prestación, bajo la modalidad de concierto, del servicio de Tomografía Axial Computarizada (en adelante TAC), (código 85.12.12 de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996), con destino a pacientes atendidos por el Servicio Andaluz de Salud en el Hospital ..., con carácter subsidiario a los

dispositivos propios, en régimen ambulatorio, y en las

condiciones previstas en el presente Pliego, sus Anexos, y en el PPT adjunto.

La necesidad de la Administración que se satisface con este contrato es la prestación, contemplada en el Real Decreto

63/1995, de 20 de enero, del servicio de diagnóstico por imagen mediante TAC a los pacientes a cuya asistencia está obligada.

La ubicación de los centros a contratar figura en el apartado

10 del cuadro resumen.

4.2. El objeto de la presente contratación podrá ser ofertado por la totalidad o por los lotes que se establezcan.

5. Plazo de ejecución.

5.1. El período de vigencia del contrato será .... meses a partir del día siguiente al de su formalización.

5.2. La vigencia del contrato podrá prorrogarse de forma expresa, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la legislación vigente, por periodos, no superiores al del contrato inicial, de ... meses, sin que en ningún caso el plazo total, incluido el periodo contractual inicial, pueda sobrepasar los diez años.

5.3. Vencido el período de vigencia del contrato o el de cualquiera de sus prórrogas, o cuando se produzca cualquier otra causa de extinción del contrato, el contratista podrá ser obligado a continuar prestando el servicio, por razones de interés público, durante el tiempo necesario hasta la

formalización de un nuevo contrato. El acuerdo correspondiente habrá de ser adoptado por el órgano de contratación mediante resolución motivada.

Presupuesto y tarifas

6. Presupuesto.

6.1. El presupuesto base de licitación, límite máximo del gasto para el periodo de vigencia del presente contrato (definido en la cláusula 5.1), figura en el apartado 14 del cuadro resumen, desglosado, en su caso, en anualidades y lotes.

6.2. Se hace constar expresamente la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas que se deriven de la ejecución de este contrato en la

aplicación presupuestaria ...

6.3. En el supuesto de que el expediente se tramite

anticipadamente, el gasto quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto al que se impute el mismo en el momento de dictarse la resolución de adjudicación.

7. Tarifa.

7.1. La tarifa máxima para este contrato figura en el apartado

15 del cuadro resumen.

7.2. Los licitadores deberán indicar la tarifa que constituye su oferta, teniendo en cuenta que en ningún caso podrá superar la máxima fijada por el órgano de contratación para este contrato.

7.3. La tarifa incluye el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y cualquier otro gravamen o carga que pudieran ser aplicables al desarrollo del servicio.

8. Actualización de la tarifa

La tarifa se actualizará, en su caso, en los términos y para los períodos que determine la Consejería de Salud mediante Orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

II. LicitaciOn y adjudicaciOn

Capacidad para contratar

9. Personas naturales y jurídicas.

Podrán contratar con el Servicio Andaluz de Salud las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo exigido en este Pliego. En ningún caso podrán contratar con la Administración las personas que estén incursas en alguno de los supuestos de prohibición contemplados en el artículo 20 de la LCAP.

No podrán concurrir a la licitación las empresas que, en su caso, hubieran participado en la elaboración de las

especificaciones técnicas relativas al contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

10. Uniones de empresarios.

El Servicio Andaluz de Salud podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto según lo previsto en el artículo 24 de la LCAP y en el artículo 24 de su RG.

Licitación

11. Ofertas, lugar y plazo de presentación de la

documentación.

11.1. Para participar en la licitación las empresas deberán entregar dentro del plazo señalado en el anuncio, en el Registro General de ..., sito en ..., dos sobres cerrados, identificados en su exterior con los textos "Documentación personal" (sobre 1) y "Proposición económica y técnica" (sobre

2), con el contenido que se especifica más adelante, e

indicando en cada uno de ellos:

- Licitación a la que se concurre.

- Nombre y apellidos, y firma, del licitador o persona que lo represente.

- Denominación (nombre y apellidos o razón social) y dirección de la empresa licitadora.

En el interior de cada sobre se hará constar en hoja

independiente su contenido, enunciado numéricamente.

La oficina de Registro entregará recibo al presentador de la documentación en el que conste el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.

11.2. No obstante lo dicho en el apartado anterior, los licitadores podrán presentar la documentación por correo; en este caso deberán justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de

terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin que se hubiese recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

11.3. Las ofertas se formularán en castellano. En caso de presentarse alguna documentación en otro idioma sin la

traducción correspondiente, el órgano de contratación se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.

12. Documentación personal (sobre 1).

Documentación que debe incluirse en este sobre (además se relacionará, en hoja independiente incluida en el mismo sobre, todo su contenido en un índice):

12.1. La acreditativa de la personalidad y capacidad del contratista, que será:

- Si se trata de persona física, copia legalizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Tratándose de persona jurídica, copia legalizada o

compulsada de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil de aplicación. Si no lo fuese, se acreditará mediante copia legalizada o compulsada de la escritura o documento de

constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su

actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Se acompañará una relación de sus miembros, accionistas o partícipes, con expresión del porcentaje de participación.

- Cuando varios empresarios acudan a la licitación

constituyendo una agrupación temporal, cada uno de ellos acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de quienes suscriban la proposición, la participación de cada uno de ellos, y que asumen el

compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Asimismo deberán designar la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de

ostentar la plena representación de todos frente al Servicio Andaluz de Salud. La duración de la unión de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

12.2. Copia legalizada o compulsada de poder suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurra el firmante de la proposición, debidamente inscrito en el

Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. En todo caso el poder deberá ser bastanteado por Letrado de Administración Sanitaria (el original de este bastanteo podrá ser sustituido por copia auténtica expedida por el mismo órgano que emitió el original).

12.3. Copia legalizada o compulsada del DNI de la persona firmante de la proposición.

12.4. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición de contratar con la Administración previstas en el artículo 20 de la LCAP. Esta declaración se otorgará por el firmante de la proposición (conforme al modelo que figura en el Anexo 1 de este Pliego) ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. Dicha declaración comprenderá

expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La justificación de tales circunstancias se exigirá antes de la adjudicación a los propuestos como adjudicatarios, a cuyos efectos se les concederá un plazo máximo de cinco días

hábiles.

Asimismo deberá incluirse en este sobre una declaración responsable, según modelo del Anexo 3 de este Pliego, en materia de incompatibilidades del personal.

12.5. Documento original justificativo de haber constituido la garantía provisional por el importe que figura en el apartado

18 del cuadro resumen, equivalente al uno por ciento del presupuesto base de licitación o, en su caso, del lote o lotes a que se licita. Unicamente estarán exceptuadas de esta obligación las entidades que tengan reconocida esta excepción por las leyes estatales o las correspondientes disposiciones autonómicas, o las que tuviesen constituida la garantía global prevista en el artículo 36.2 de la LCAP.

12.5.1. En el caso de Sociedades Cooperativas Andaluzas, el importe de la garantía que deban constituir será del

veinticinco por ciento del establecido en el párrafo anterior.

12.5.2. En el caso de uniones temporales de empresarios la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía señalada y garantice solidariamente a todos los integrantes.

12.5.3. La garantía provisional podrá constituirse en

cualquiera de las siguientes modalidades:

a) En metálico, valores públicos o valores privados con sujeción a las condiciones establecidas en el artículo 55 del RG, depositados o constituidos a tal efecto en la Caja Central de Depósitos de la Junta de Andalucía (Dirección General de Tesorería, Consejería de Economía y Hacienda), o en alguna de las Cajas Provinciales de Depósito de las Delegaciones

Provinciales de dicha Consejería, extremo que se acreditará acompañando el resguardo justificativo. La constitución de la garantía se ajustará a los modelos de los Anexos III y IV del RG.

b) Mediante aval prestado, en la forma y condiciones

establecidas en el artículo 56 del RG, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito,

establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. Las entidades avalistas acreditarán el cumplimiento de los

requisitos exigidos por declaración responsable según modelo del Anexo V del RG.

c) Por contrato de seguro de caución, según lo previsto en los artículos 35.1.c) y 46 de la LCAP, y en las condiciones del artículo 57 del RG. La entidad aseguradora acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos mediante declaración responsable en el modelo del Anexo VI (con la corrección de errores publicada en el BOE núm. 303, de 19 de diciembre de

2001) del RG.

El aval y seguro de caución que se constituyan como garantía provisional deberán ser autorizados por apoderados de la entidad avalista o aseguradora y cumplir las condiciones que establece el artículo 58 del RG. Se constituirán ante el órgano de contratación, se presentará el documento original y se incorporarán directamente al expediente de contratación.

12.6. Justificación de la solvencia económica y financiera, que se acreditará mediante informe de institución financiera que haga referencia a la capacidad económica del licitador en relación con el objeto del contrato y el presupuesto base de licitación. En el caso de uniones temporales de empresarios, cada uno de los que las componen deberán acreditarla en dichos términos, y se acumularán a efectos de la determinación de la solvencia de la unión.

12.7. Acreditación de la solvencia técnica mediante una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización del contrato, en la que se acredite disponer de instalación con al menos un equipo de TAC. Para ello se aportará, junto con la

declaración, copia compulsada de la autorización

administrativa de funcionamiento prevista en el Decreto

16/1994, de 25 de enero, sobre autorización y registro de centros y establecimientos sanitarios; si en la autorización no constara específicamente que el centro dispone de equipo de TAC, deberá aportarse además un informe que lo acredite de la Administración sanitaria correspondiente. En el caso de uniones temporales de empresarios, cada miembro deberá

acreditar por los mismos medios que dispone de al menos un equipo de TAC.

Esta declaración es independiente de lo exigido en el sobre 2 ("Proposición económica y técnica").

12.8. Quienes estuviesen inscritos en el Registro de

Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto

189/1997, de 22 de julio), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, estarán exentos de presentar la

documentación por la que se acredita la personalidad y

capacidad de obrar, la representación, y la no incursión en las prohibiciones para contratar con la Administración

previstas en la legislación vigente, si aportan el Certificado original o copia compulsada de inscripción en dicho Registro, así como la declaración expresa responsable del licitador relativa a la no modificación de los datos que constan en el Registro.

12.9. Los licitadores que no disfruten de la nacionalidad española deberán tener en cuenta las siguientes

especificidades:

a) Para acreditar la capacidad de obrar será suficiente:

Pasaporte o permiso de trabajo y permiso de residencia, si se trata de persona física.

En el caso de empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones previstas

reglamentariamente.

Las restantes empresas extranjeras acreditarán su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del

domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades del objeto del contrato. Deberán acompañar además el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la LCAP y presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano.

La declaración responsable a que se hace referencia en la cláusula 12.4 de este Pliego podrá otorgarse asimismo ante una autoridad judicial cuando se trate de empresas de Estados miembros de la UE y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo.

b) Deberán acompañar declaración de someterse a la

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de

cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con

renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.

13. Proposición económica y técnica (sobre 2).

Este sobre contendrá la proposición económica y técnica del licitador (se relacionará también, en hoja independiente incluida en el mismo sobre, todo su contenido en un índice):

13.1. Proposición económica.

Se presentará escrita a máquina en el modelo que figura como Anexo 2 de este Pliego. Cada licitador presentará una sola proposición.

13.2. Proposición técnica.

El licitador presentará en este sobre los documentos que reflejen las características técnicas de la oferta para su cabal valoración según los criterios de adjudicación y las características del centro o instalación y del servicio exigidas en este Pliego y en el PPT. Contendrá al menos:

a) Una descripción del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga la empresa para la realización del servicio. Deberán especificarse claramente las características técnicas de los equipos según lo exigido en el PPT. Este documento es independiente de la declaración exigida en la cláusula 12.7.

b) Relación nominal de los empresarios, del personal de dirección de la empresa y de todo el personal que participará en la ejecución del servicio que se contrata, con expresión de su categoría, NIF, copias compulsadas de los títulos

acreditativos que les faculten para prestar el servicio y memoria sobre experiencia profesional de cada uno relacionada con la materia.

c) Memoria funcional del servicio según lo exigido en el PPT y los criterios de adjudicación.

13.3. El licitador no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas si lo hubiera hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal de empresas. La infracción de esta norma supondrá la inadmisión de todas las propuestas por él presentadas.

13.4. No se admitirán variantes sobre la oferta.

13.5. La presentación de las proposiciones supone la

aceptación incondicional por el empresario del contenido de este Pliego y del PPT.

14. Mesa de Contratación.

14.1. El órgano de contratación estará asistido para la adjudicación del contrato por una Mesa de contratación

constituida de acuerdo con la normativa aplicable.

14.2. La Mesa examinará la documentación contenida en los sobres de "Documentación personal" con anterioridad a la sesión pública. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen.

Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de solvencia económico-financiera y solvencia técnica establecidos en las cláusulas 12.6 y 12.7 de este Pliego, con pronunciamiento expreso de las admitidas y las rechazadas, y sobre las causas del rechazo, en su caso.

14.3. Apertura de las proposiciones.

El acto público de apertura de proposiciones se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado. En él se realizarán las siguientes actuaciones:

a) Lectura del anuncio del contrato.

b) Recuento de las proposiciones presentadas y confrontación de las mismas con los datos que figuren en el certificado extendido por el responsable del Registro receptor.

c) Lectura pública del número de proposiciones recibidas y de la identidad de los licitadores.

d) Invitación a los asistentes para que comprueben, si lo desean, que los sobres que contienen la proposición económica y técnica se encuentran en la mesa, y en idénticas condiciones en que fueron entregados.

e) En caso de discrepancia entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se

presenten dudas sobre las condiciones de secreto en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido. Se volverá a anunciar, en su caso, en el tablón de anuncios del órgano de contratación la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.

f) Lectura pública de los resultados de la calificación de la documentación presentada en los sobres de documentación personal, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser

abiertos.

g) Invitación a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, las cuales serán aclaradas por la Mesa, sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de

documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.

h) Apertura de los sobres que contienen la proposición

económica y técnica de los licitadores admitidos, y lectura de las ofertas económicas. Serán desestimadas en resolución motivada aquellas proposiciones que no concuerden con la documentación examinada y admitida, excediesen del presupuesto base de licitación, variaran sustancialmente el modelo

establecido, comportasen error manifiesto en el importe de la proposición, o cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que la proposición adolece de error o

inconsistencia que la hagan inviable.

Concluido el acto público la Mesa procederá, en su caso, a la entrega de la documentación técnica a la unidad competente, o a una comisión técnica designada al efecto, para que, previo estudio de las ofertas y la documentación técnica presentada por los licitadores, elaboren un informe sobre las mismas, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula siguiente.

15. Criterios de adjudicación.

15.1. El número máximo de adjudicatarios previsto para esta contratación, siempre que cumplan los requisitos exigidos, figura en el apartado 20 del cuadro resumen.

15.2. Sobre un máximo de 100 puntos posibles las ofertas se valorarán según los criterios y ponderación que figuran en el apartado 22 del cuadro resumen.

15.3. En el apartado 23 del cuadro resumen constan los límites para considerar que una oferta económica es desproporcionada, en el caso de que el precio sea uno de los criterios de adjudicación.

16. Propuesta de adjudicación.

16.1. El servicio se adjudicará a cada uno de los

adjudicatarios a la tarifa ofrecida por éstos, y por un importe máximo equivalente a los porcentajes sobre el

presupuesto base de licitación que figuran en el apartado 21 del cuadro resumen.

16.2. Determinadas por la Mesa las proposiciones a favor de las que formulará propuesta de adjudicación, invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel acto y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de contratación, resolverá el procedimiento con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas en la adjudicación del contrato.

16.3. La Mesa de contratación concretará expresamente cuáles sean las proposiciones sobre las que formulará propuesta de adjudicación del contrato.

Concluido el acto, se levantará acta que refleje fielmente lo sucedido y que será firmada por el Presidente y el Secretario de la Mesa de contratación y por los que hubiesen hecho presentes sus reclamaciones o reservas.

16.4. Previamente a la resolución de adjudicación, el órgano de contratación o la Unidad administrativa que designe

requerirá a los propuestos como adjudicatarios que acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social aportando, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la notificación, los originales, copias legalizadas notarialmente o copias

compulsadas de la siguiente documentación:

16.4.1. En relación con las obligaciones tributarias

(artículos 13 y 15 del RG):

a) Alta en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato referida al ejercicio corriente o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, junto con una declaración

responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

b) Certificación positiva del órgano competente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones

tributarias recogidas en las letras b), c) y d) del artículo

13.1 del RG. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente.

c) Certificación positiva del órgano competente de la

Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía (la Delegación Provincial donde el licitador tenga su domicilio fiscal, o la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria, para aquellos que lo tengan fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía) justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según lo establecido en la letra e) del artículo 13.1 del RG. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente.

16.4.2. En relación con las obligaciones de Seguridad Social (artículos 14 y 15 del RG):

Certificación positiva de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, entendiendo por tales las previstas en el artículo 14 del RG.

17. Adjudicación del concurso.

17.1. La adjudicación recaerá en las empresas que obtengan la mayor puntuación en la valoración de los criterios de

adjudicación, según los criterios de adjudicación, número máximo de adjudicatarios y porcentajes de adjudicación

definidos. Si ninguna proposición cumpliera los requisitos mínimos se declarará desierto el concurso.

17.2. Las Cooperativas Andaluzas de Trabajo Asociado y las de segundo y ulterior grado que las agrupen gozarán de prioridad en caso de empate.

17.3. La garantía provisional será cancelada de acuerdo con lo previsto en el artículo 64 del RG.

III. FormalizaciOn del contrato

18. Dentro del plazo de 15 días naturales desde el recibo de notificación de la adjudicación, los adjudicatarios deberán aportar:

18.1. Documento, que deberá ser original, acreditativo de la constitución, a disposición del órgano de contratación, de la garantía definitiva, por importe del dos por cien de la parte del presupuesto base de licitación adjudicado o, en su caso, del lote.

En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya

proposición hubiera sido considerada desproporcionada según lo previsto en el apartado 23 del cuadro resumen, el órgano de contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el 20% del importe de la parte del presupuesto base de licitación adjudicado o, en su caso, del lote.

La garantía definitiva podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en la cláusula 12.5.3 pero, a diferencia de la provisional, el certificado del seguro de caución y el documento de aval deberán depositarse, en todo caso, en la Caja Central o en alguna de las Cajas Provinciales de Depósito de la Consejería de Economía y Hacienda, lo que se acreditará acompañando el resguardo justificativo.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, aquella que resultare adjudicataria constituirá una garantía por importe del veinticinco por ciento de la establecida en el apartado anterior.

18.2. Documento acreditativo del pago de la parte proporcional del presupuesto base de licitación adjudicado de los gastos de publicación del anuncio de licitación en el BOJA, cuya cuantía máxima figura en el apartado 8 del cuadro resumen.

18.3. Póliza de seguro de responsabilidad civil, incluyendo copia legalizada del recibo vigente de la misma

18.4. Escritura pública, debidamente inscrita en el Registro correspondiente, de constitución de unión temporal de

empresarios cuando el adjudicatario tuviera tal condición.

19. Formalización del contrato.

19.1. El contrato se formalizará mediante documento

administrativo dentro de los treinta días siguientes al de la notificación de la adjudicación.

19.2. El contrato se elevará a escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos que se deriven y estando obligado a entregar al órgano de

contratación una copia simple y una autorizada de la misma, dentro de los veinte días siguientes a su formalización.

19.3. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la

Administración podrá acordar, de conformidad con la LCAP y previo trámite de audiencia al interesado, la resolución del mismo, con incautación de la garantía provisional e

indemnización de los daños y perjuicios causados. Si las causas fueran imputables a la Administración, procederá la indemnización al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

IV. EjecuciOn del contrato

20. Normas generales.

20.1. En todo lo relativo a exigencia de derechos y

cumplimiento de obligaciones, incidencias y modificaciones contractuales, extinción y liquidación del contrato, se estará a lo establecido en la normativa vigente en materia de

contratación administrativa.

20.2. El empresario quedará obligado respecto al personal que emplee en el servicio objeto de este contrato al cumplimiento de las disposiciones vigentes en cada momento en materia laboral y social. El Servicio Andaluz de Salud no asumirá vínculo alguno respecto del mismo.

20.3. El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con la actividad desarrollada, y se somete expresamente a la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. Para utilizar materiales, suministros, procedimientos y equipos en la ejecución del objeto del contrato deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias, de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e

indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y

comercial y debiendo indemnizar al Servicio Andaluz de Salud por todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de

reclamaciones.

20.4. Los gastos y gravámenes derivados del anuncio de la licitación, de la formalización del contrato, los de personal, tasas de licencias municipales y cualesquiera otros que resulten de aplicación serán a cargo del adjudicatario en la forma y cuantía que señalen las disposiciones vigentes. Todos los gastos que se deriven del contrato, incluidos los

fiscales, serán a cuenta del adjudicatario. Asimismo, será responsabilidad de éste la tramitación y obtención de las autorizaciones administrativas necesarias para la legalización de las instalaciones.

21. Obligaciones del contratista.

21.1. El contratista estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones de carácter general:

a) Prestar el servicio con la continuidad y en las condiciones convenidas, garantizando a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones pactadas en el contrato vigente, con obligación de mantener en buen estado las instalaciones correspondientes. La empresa garantizará la igualdad en la atención a todos los pacientes que el Servicio Andaluz de Salud le remita, sin más diferencias que las inherentes a la naturaleza propia de los distintos procesos patológicos.

b) Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones sin perjuicio de los poderes de dirección e inspección de la ejecución que, de acuerdo con el artículo 94 del RG, son competencia de la Administración para asegurar la buena marcha de la misma. La empresa está obligada a aceptar la inspección de los recursos concertados cuando fuera requerida y a remitir toda la documentación e informes que le fueran solicitados por el órgano de contratación o por las autoridades sanitarias.

c) Indemnizar los daños que se causen a terceros como

consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración.

21.2. La entidad concertada se compromete a garantizar la prestación del servicio en el tiempo y condiciones convenidas en este Pliego, en el PPT y en su oferta, no pudiendo ceder ni subcontratar, directa o indirectamente, el servicio

concertado, salvo expresa autorización del órgano de

contratación, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la LCAP.

21.3. Durante la vigencia del concierto, la entidad podrá solicitar la autorización del órgano de contratación para incluir en el contrato, sin que ello suponga modificación de sus elementos esenciales, nuevos equipos o instalaciones para mejorar o ampliar el servicio contratado, una vez obtenida las autorizaciones debidas.

21.4. Informe de las exploraciones realizadas.

De cada exploración se realizará un informe facultativo cuyo original será remitido, junto con el material iconográfico, al Servicio clínico peticionario, en un plazo no superior al que cada empresa se comprometa explícitamente en su oferta. En todo caso este plazo no podrá ser superior a los establecidos en la cláusula 5.1 del PPT.

21.5. La empresa comunicará puntualmente al órgano de

contratación las modificaciones de personal que se produjeran durante la vigencia del concierto, y le remitirá la

documentación que se exige en la cláusula 13.2.b).

21.6. El Centro garantizará durante la vigencia del concierto la actualización permanente de las condiciones de seguridad y protección de sus profesionales y de los pacientes remitidos por el Servicio Andaluz de Salud.

21.7. El conocimiento de datos personales de los pacientes está sometido a la confidencialidad debida a la naturaleza de los mismos, quedando expresamente prohibida su transferencia o utilización distinta a los fines previstos en este contrato. Asimismo el contratista está obligado a guardar el sigilo a que se refiere el artículo 112.2 del RG.

22. Derechos del adjudicatario.

El adjudicatario tiene derecho a las prestaciones económicas previstas en el contrato y a la revisión, en su caso, de las mismas, en los términos que este Pliego establece.

23. Facturación y régimen de pago.

23.1. La facturación será, por periodos mensuales, de los estudios realizados en las condiciones establecidas en este Pliego y en el PPT. La empresa presentará en el Hospital la factura, que deberá cumplir los requisitos que establece el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, dentro de los primeros diez días del mes siguiente al de la realización del servicio, con las condiciones que se especifican en el

apartado siguiente. Una vez comprobado su cumplimiento, el Hospital emitirá documento de conformidad, comenzando a partir de esta fecha el plazo de pago establecido en el artículo 99.4 de la LCAP.

23.2. La facturación constará de los siguientes elementos:

a) La factura propiamente dicha.

b) Un listado de los servicios prestados en el que figure:

- Nombre y apellidos del paciente.

- Identificación del médico solicitante.

- Número de usuario de Seguridad Social del paciente.

- Domicilio del paciente (calle o plaza, núm. y municipio).

- Estudio realizado.

- Fecha de realización del estudio.

- Importe del estudio.

c) Los documentos originales de petición de la exploración.

d) Una copia del informe definitivo sobre los hallazgos de la exploración.

e) Una base de datos de los estudios realizados con las características que figuran en la cláusula 6 del PPT.

23.3. Carecerán de validez los documentos de petición en los que se dé alguna de las siguientes incidencias:

a) Que entre la fecha de petición y la de ejecución del servicio hayan transcurrido más de treinta días.

b) Ausencia de alguno de los datos de consignación obligatoria establecidos en la cláusula 3.2 del PPT.

c) Ausencia de la fecha de ejecución del servicio, que habrán de consignar al dorso del documento, junto con la firma del facultativo responsable del estudio.

d) Añadidos, enmiendas o tachaduras en la petición o en la fecha en la que ésta se produjo, salvo que fueran validadas por nueva firma del médico peticionario.

e) Enmiendas en la fecha de ejecución del servicio, excepto si son validadas por la Dirección del Hospital o Unidad

responsable del control de la ejecución del servicio.

f) No coincidencia de la petición con el estudio realizado y que se factura.

g) Peticiones por personal no autorizado.

h) Documentos de los que se acredite su falsedad.

23.4. Las modificaciones sobre el procedimiento de facturación que pudiera establecer el Hospital serán convenientemente notificadas y aceptadas por la empresa.

24. Modificaciones del contrato.

24.1 La Administración podrá modificar, por razón de interés público, las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por la prestación del mismo.

24.2. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al empresario de manera que se mantengan en un equilibrio los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la

adjudicación del contrato.

24.3. En el caso de que los acuerdos que dicte la

Administración respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica, el contratista no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.

25. Penalidades administrativas.

El régimen de penalidades será el establecido en el artículo

95 de la LCAP.

26. Garantía

Por la naturaleza del objeto del contrato no se establece un plazo de garantía.

27. Cumplimiento y recepción del contrato.

27.1. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Servicio Andaluz de Salud.

27.2. De acuerdo con el artículo 110.2 de la LCAP, la

constatación del cumplimiento exigirá un acto formal y

positivo de conformidad por el órgano de contratación dentro del mes siguiente a la finalización del contrato.

27.3. La garantía definitiva será devuelta una vez cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto sin culpa del contratista.

28. Resolución del contrato

28.1. Además de las causas del artículo 111, excepto letras e) y f), y del artículo 167 de la LCAP, será motivo de resolución la manifiesta incompetencia en la explotación del servicio a juicio de la Administración, con consecuencias en una

deficiente ejecución de los estudios o elaboración de los informes, así como retrasos reiterados e injustificados en la ejecución de los estudios o entrega de los informes.

28.2. También será causa de resolución del contrato, sin detrimento de otras actuaciones que pudiera adoptar el

Servicio Andaluz de Salud para proteger los bienes o intereses de los enfermos, la detección de irregularidades que pudieran comprometer la eficacia del servicio concertado y el estado de salud de los pacientes.

28.3. Si del incumplimiento por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y el Servicio Andaluz de Salud no

decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la

intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.

28.4. Asimismo será causa de resolución el incurrir con posterioridad a la firma del mismo en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 12/1995, de 11 de mayo, en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en el artículo 2 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, y en lo previsto en el artículo 93 de la Ley 14/1986, de 25 de abril.

28.5. La resolución será acordada por el órgano de

contratación, de oficio o a instancia del contratista, según el procedimiento establecido el artículo 109 del RG.

El/la Director/a GerentePor la empresa

(P.D. Res. ...., BOJA ...)

Anexo 1 del PCAP

Modelo de declaración responsable de capacidad para contratar otorgada ante la Dirección Gerencia del Hospital ... (debe incluirse en el sobre 1, "Documentación personal")

Don

............................................................ como representante legal de la empresa

............................................... declara bajo su responsabilidad que no concurre en la misma ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con la

Administración, previstas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas:

a) Haber sido condenada mediante sentencia firme por delitos de falsedad, contra el patrimonio y contra el orden

socioeconómico, cohecho, malversación, tráfico de influencias, revelación de secretos, uso de información privilegiada, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores o por delitos relativos al mercado y a los consumidores. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos

administradores o representantes, vigente su cargo o

representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.

b) Haber sido declarada en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial; haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud

judicial de quiebra o de concurso de acreedores, mientras, en su caso, no fuere rehabilitada.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido

declarada culpable, a la resolución firme de cualquier

contrato celebrado con la Administración.

d) Haber sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en materia

profesional o en materia de integración laboral de

minusválidos o muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto) o en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre prevención de riesgos laborales.

e) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, sobre incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de a

Administración General del Estado; de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos

establecidos en la misma.

La prohibición alcanza igualmente a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refiere el párrafo anterior, siempre que, respecto de los últimos, dichas

personas ostenten su representación legal.

f) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las

obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos reglamentariamente determinados, comprometiéndose a la acreditación de tales requisitos en caso de ser propuesta como adjudicataria en el plazo máximo de cinco días hábiles, de conformidad con el artículo 79 de la LCAP.

g) Haber incurrido en falsedad grave al facilitar a la

Administración las declaraciones exigibles en cumplimiento de las disposiciones de esta Ley o de sus normas de desarrollo.

h) Haber incumplido las obligaciones impuestas al empresario por los acuerdos de suspensión de las clasificaciones

concedidas o de la declaración de inhabilitación para

contratar con cualquiera de las Administraciones Públicas.

i) Si se trata de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, no hallarse inscritos, en su caso, en un Registro profesional o comercial en las condiciones

previstas en la legislación del Estado donde están

establecidos.

j) Haber sido sancionado como consecuencia del correspondiente expediente administrativo en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley General Presupuestaria y en el artículo

80 de la Ley General Tributaria.

k) No hallarse debidamente clasificada, en su caso, conforme a lo dispuesto en esta Ley o no acreditar la suficiente

solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

(Lugar, fecha y firma)

Anexo 2 del PCAP

Modelo de oferta económica (debe incluirse en el sobre 2, "Proposición económica y técnica")

Don

.............................................................. .............., vecino/a de ........................,

provincia de ............................., con domicilio en .............................................................. ..; (en el caso de actuar en representación, como apoderado/a de

.............................................................. .., con domicilio en

.............................................., CIF/DNI ...........................); enterado/a del anuncio inserto en el BOJA núm. ...., del día ... de ..... de ........... , y de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso para la contratación de ................. , se encuentra en situación de acudir como licitador al mismo.

A este efecto, hace constar que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas que sirven de base a la convocatoria; que acepta

incondicionalmente sus cláusulas; que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la

Administración y que se compromete en nombre ... (propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo los servicios mencionados, con estricta sujeción a los requisitos y

condiciones expresados, por las tarifas, incluido IVA, que a continuación se expresa:

Lote ... (si es el caso)

... euros por estudio

(Lugar, fecha y firma del proponente)

Anexo 3 del PCAP

Modelo de declaración responsable ante la Dirección Gerencia del Hospital ... (debe incluirse en el sobre 1, "Documentación personal")

Don

............................................................ como representante legal de la empresa

............................................... declara bajo su responsabilidad que el personal afecto al servicio de la empresa, así como los socios-propietarios de la misma no incurren en las incompatibilidades previstas en la Ley

12/1995, de 11 de mayo, en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en el artículo 2 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, ni en el artículo 93 de la Ley General de Sanidad.

(Lugar, fecha y firma)

Cuadro resumen

1. Organo de contratación:

2. Centros vinculados al contrato:

3. Nº de expediente:

4. Procedimiento de adjudicación: Abierto.

5. Forma de adjudicación: Concurso.

6. Pliegos tipo:

7. Tramitación:

8. Importe máximo de los gastos de publicación en BOJA:

9. Objeto del contrato y, en su caso, lotes:

10. Ubicación de los centros o instalaciones, con referencia, en su caso, a los lotes:

11. Variantes: No se admiten.

12. Plazo de ejecución:

13. Prórroga:

14. Presupuesto base de licitación y, en su caso, anualidades y lotes:

15. Tarifa máxima: ... euros por estudio.

16. Actualización de tarifas: Según se establezca por Orden de la Consejería de Salud.

17. Aplicación presupuestaria:

18. Garantía provisional: ... (equivalente al uno por cien del presupuesto base de licitación, o, en su caso, del lote).

19. Garantía definitiva: 2% de la parte del presupuesto base de licitación adjudicado o, en su caso, del lote.

20. Número máximo de adjudicatarios para esta contratación, con referencia, si procede, a los lotes:

21. Porcentaje del presupuesto base de licitación a adjudicar a cada adjudicatario según puntuación obtenida en la

valoración de ofertas:

22. Criterios de adjudicación: (núm. de orden, descripción y ponderación):

23. Límites para considerar, en su caso, que una oferta económica es desproporcionada:

24. Solvencia económica y financiera: Informe de instituciones financieras en los términos que figuran en la cláusula 12.6.

25. Solvencia técnica: Declaración de material, instalaciones y equipo técnico para la realización del contrato en los términos que figuran en la cláusula 12.7.

26. Persona de contacto para consultas relacionadas con el expediente:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS

(Diversos apartados deben ser concretados

por el órgano de contratación)

1. Requisitos generales del centro o instalación.

1.1. El licitador debe aportar una memoria descriptiva de carácter funcional de las instalaciones que oferta, con copia compulsada de los planos de las mismas, y esta otra

documentación:

a) Copias legalizadas notarialmente o compulsadas del

certificado de Inscripción en el "Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico", conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1891/1991 de 30 de diciembre, y del certificado a que hace referencia el artículo 8.1, letra d, del citado Real Decreto.

b) Programa de garantía de calidad elaborado de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1976/1999, de 23 de diciembre.

1.2. Accesos. Deberá garantizarse la accesibilidad fácil del paciente a las áreas donde sea preciso, teniendo en cuenta que puede producirse a pie, en silla de ruedas, camilla o por cualquier otro medio que sustituya la función deambulatoria. Debe preverse, en consecuencia, la necesidad de que el acceso sea practicable para vehículos de transporte sanitario, habilitando áreas donde la transferencia del paciente desde la ambulancia se realice adecuadamente.

1.3. Locales. El centro deberá contar con espacios

suficientemente amplios que garanticen la confortabilidad y seguridad del paciente, diferenciando las siguientes zonas:

Zona de recepción y espera.

Zona de exploración.

Zona de control.

Vestuarios de pacientes.

Aseos diferenciados por sexos.

Asimismo deberá garantizarse en todo momento la

intercomunicación entre el paciente y el personal del centro, especialmente entre la zona de exploración y la de control.

1.4. Personal. El Centro deberá contar al menos con los siguientes recursos humanos, en número suficiente para

garantizar permanentemente la adecuada prestación del

servicio: Facultativos especialistas en Radiodiagnóstico, Técnicos Especialistas en Radiología o Diplomados en

Enfermería/ATS, Celadores-Camilleros y Auxiliares

Administrativos. Será cometido específico de los celadores- camilleros, además de las tareas que les son propias,

colaborar con el personal tripulante de las ambulancias para apear a los enfermos de las mismas, y, con exclusividad, la impulsión y conducción de vehículos sustitutivos de la función deambulatoria del enfermo en los accesos y en el interior del recinto del centro concertado.

1.5. Otras especificaciones.

2. Especificaciones técnicas de los equipos.

2.1. El Centro deberá aportar la siguiente documentación sobre el equipo:

Año de fabricación.

Copia compulsada del contrato de mantenimiento.

Copia compulsada del certificado de homologación.

2.2. Asimismo deberá aportar una memoria descriptiva que contenga, al menos, la siguiente información sobre el equipo:

a) Sistema de adquisición de datos.

b) Gantry:

Sistema de "scan": rotación continua o rotación-rotación.

Apertura mínima expresada en centímetros de diámetro.

Basculación: si cuenta con un sistema que lo permita y el arco que alcanza, expresado en grados.

Soporte de peso máximo (en Kg.).

c) La mesa de exploración deber ser de material

radiotransparente y de tipo curvo "anticaída". Debe

especificarse si cuenta con monitorización, expresando la longitud de su recorrido, y si cuenta con sistema de

desplazamiento vertical para facilitar la colocación del paciente.

d) Tratamiento de datos y reconstrucción de imágenes. Debe especificarse:

Si es de rotación continua, tiempo máximo y longitud de la hélice.

Tiempo de reconstrucción VS matriz.

Espesor de corte (en milímetros).

Tamaño de matriz.

Sistema de reproducción de imágenes en placa radiográfica, y número posible de imágenes por placa.

Si incluye opción de "Tomoscan", "Scanview" o similar, útiles para realizar radiografía AP/L estándar o "Scanograma" para la adecuada localización de órganos y cortes de interés.

Si cuenta con función de reproducción multiplanar.

Si cuenta con "scan" dinámico con capacidad, al menos, para hacer 10 cortes con 30 imágenes por minuto.

Si cuenta con posibilidad de realizar reconstrucciones

sagitales y coronales.

Tiempo de corte VS núm. de pulsos.

Preselección de protocolos de examen.

Si cuenta con "zoom" de reconstrucción.

Medida efectiva de densidades en áreas de interés (escala de grises).

Si cuenta con función de sustracción de imágenes.

Si cuenta con "software" para estudios de cráneo, columna, abdomen, pelvis y "scan" dinámico con estudios de

flujo/perfusión.

2.3. Otras especificaciones.

3. Procedimiento de acceso al servicio.

3.1. A los efectos del presente concierto contarán con

autorización para prescribir el servicio los médicos

especialistas del Hospital ... cuyas solicitudes cuenten con la conformidad expresa de la Dirección del mismo, así como la propia Dirección del hospital y unidades autorizadas por ella.

3.2. En todos los casos la solicitud se realizará por escrito en el documento que oficialmente se establezca. Para que la misma tenga validez deberá contar con la conformidad,

expresada con firma y sello, de la Dirección del hospital.

Cada solicitud deberá contener, al menos, los siguientes datos:

a) De identificación del paciente:

Nombre y apellidos.

Nº de usuario de la Seguridad Social.

Domicilio y Código Postal del municipio de residencia del paciente.

Fecha de nacimiento.

Sexo.

Nº de Historia Clínica.

b) De identificación del médico solicitante del estudio:

Nombre y apellidos del facultativo.

Número de identificación.

Servicio Clínico/Unidad Asistencial.

Centro sanitario del Servicio Andaluz de Salud.

c) Del estudio solicitado:

Grado de prioridad clínica.

Técnica solicitada.

Región anatómica a explorar.

Diagnóstico (de presunción o cierto).

Fecha de la solicitud.

Situación del paciente (ambulatorio u hospitalizado).

3.3. Otras especificaciones.

4. Régimen de funcionamiento del centro.

4.1. Horario.

4.2. Sistemas de gestión de citas.

4.3. Capacidad de realización de servicios.

4.4. Los servicios administrativos y de recepción del centro acreditarán la admisión de pacientes trasladados en

ambulancias u otros medios de transporte alternativos a los efectos de justificar al dorso del documento de prescripción del traslado, que aquélla se ha producido, cumplimentando para ello el apartado correspondiente del mencionado documento.

4.5. Otras especificaciones.

5. Informe de las exploraciones realizadas.

5.1. De cada exploración se realizará un informe facultativo cuyo original será remitido, junto con el material

iconográfico, al Servicio clínico peticionario, en un plazo no superior al que cada empresa se comprometa explícitamente en su oferta. En todo caso este plazo no podrá ser superior a los siguientes:

Estudios urgentes: ... horas para un informe provisional y ... horas para el definitivo.

Estudios no urgentes en pacientes hospitalizados: ... horas para un informe provisional y ... horas para el definitivo.

5.2. El informe de cada exploración debe contener:

Centro y equipo donde se ha realizado la exploración.

Datos completos del paciente.

Informe escrito compuesto de:

Exploración de la región anatómica que se haya realizado, con o sin contraste.

Descripción de la región estudiada y de los hallazgos

patológicos fundamentales.

Juicio diagnóstico con los diagnósticos diferenciales y diagnóstico final más probable.

Indicación de la posibilidad de otras pruebas para llegar a un diagnóstico definitivo, si con la exploración anterior no se ha llegado al mismo.

En caso de exploraciones por causa traumatológica, se deberán realizar las medidas ortopédicas correspondientes cuando sea necesario para el diagnóstico y posterior tratamiento

quirúrgico.

Nombre y dos apellidos del especialista que ha realizado el informe, y su firma.

5.3. Otras especificaciones.

6. Base de datos que debe acompañar a la factura.

6.1. Un disco de alta densidad de 3,5 pulgadas, como soporte magnético de un fichero en formato de base de datos (Microsoft Access 97 o totalmente compatible) que contenga los ítems de cada servicio facturado y la estructura que figura a

continuación (se relacionan número de campo, nombre del campo, tipo, anchura y descripción):

1. FAC_SOL, c, 11, identificación del facultativo solicitante.

2. UNI_SOL, c, 5, servicio o unidad asistencial solicitante.

3. CEN_SOL, c, 5, centro sanitario del SAS solicitante.

4. NUSS, c, 12, número de usuario de Seguridad Social del paciente.

5. HISTORIA, c, 8, número de historia clínica (justificado a la izquierda).

6. FEC_NAC, f, 8, fecha de nacimiento del paciente en formato "dd/mm/aaaa".

7. SEXO, c, 1, sexo del paciente (1, hombre; 2, mujer).

8. FEC_SOL, f, 8, fecha de solicitud del estudio en formato "dd/mm/aaaa".

9. PRIORID, c, 1, prioridad del estudio (1, urgente; 2, programado preferente; 3, programado normal).

10. ESTUDIOR, c, 6, estudio realizado (TACsc, TAC sin

contraste; TACcc, TAC con contraste).

11. FEC_REA, f, 8, fecha de realización del estudio en formato "dd/mm/aaaa".

12. FAC_RESP, c, 8, facultativo (de la empresa concertada) responsable del estudio (identificación por su DNI).

13. CEN_CON, c, 5, código del centro concertado.

14. FEC_ENT, f, 8, fecha de entrega de resultados en formato "dd/mm/aaaa".

15. PACIENTE, c, 45, apellidos y nombre del paciente

(mayúsculas, en el orden Primer Apellido Segundo Apellido Nombre, separados por un espacio, sin comas ni otros signos).

16. DOMICILIO, c, 30, domicilio del paciente (mayúsculas, sin separaciones por comas ni otros signos).

17. CODPOSTAL, c, 5, código postal del domicilio del paciente.

18. DIAGNOSTIC, c, 3, diagnóstico clínico, o su sospecha, por el que se remite al paciente.

19. REGION, c, 2, región anatómica sobre la que se solicita el estudio. Figura en la cláusula siguiente a este PPT.

20. HALLAZGOS, c, 1, hallazgos del estudio (0, no hallazgos patológicos; 1, hay hallazgos patológicos).

21. IMPORTE, n, 10, importe del estudio (en euros, con dos decimales).

6.2. Codificación de regiones anatómicas:

1. Cráneo:

12. Supratentorial.

13. Parasagital.

14. Fosa posterior.

15. Paraselar, selar.

16. Orbitas.

17. Cara.

1x. Otras.

2. Tórax:

22. Mediastino.

23. Pulmones.

24. Pleura.

2x. Otras.

3. Abdomen:

32. Hígado.

33. Bazo.

34. Retroperitoneo.

35. Adrenales.

36. Riñones.

37. Vejiga.

38. Región subdiafragmática.

39. Mesenterio.

3a. Vesícula biliar.

3x. Otras.

4. Sistema osteo-articular del tronco:

42. Columna cervical.

43. Columna dorsal.

44. Columna lumbar.

45. Columna sacra.

46. Dos regiones combinadas.

47. Tres regiones combinadas.

48. Esqueleto óseo y/o articulaciones no vertebrales del tronco.

4x. Otras o combinaciones de las anteriores.

5. Extremidades:

51. Esqueleto óseo y/o articulaciones de miembro superior.

52. Partes blandas de miembro superior.

53. Esqueleto óseo y/o articulaciones de miembro inferior.

54. Partes blandas de miembro inferior.

5x. Otras o combinaciones de las anteriores.

90. Otras regiones anatómicas.

(Se facilitarán códigos por el órgano de contratación)

El/la Director/a GerentePor la empresa

(P.D. Res. ..., BOJA ...)

CONTRATO TIPO DE GESTION MEDIANTE CONCIERTO DEL SERVICIO DE TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA

En ... (localidad y fecha)

REUNIDOS

De una parte, como órgano de contratación, D

..................., Director/a Gerente del Hospital ......, en ejercicio de las competencias delegadas por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud en Resolución/es ......... (BOJA ..., de ...).

De otra, como adjudicatario, D

..............................., con DNI núm.

............................. en nombre y representación de ..............................................., según poder bastanteado, otorgado ante el Notario

........................, en la ciudad de ..........., con el núm. ............. de su protocolo, estando el domicilio social de la entidad en .................................. .

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

Fecha del acuerdo de inicio del expediente de contratación: ... .

Fecha de aprobación del expediente: ... .

Fecha de la fiscalización previa: ... .

Fecha de adjudicación: ... .

Importe del gasto comprometido: ... .

ACUERDAN

1. El objeto de este contrato es la gestión mediante concierto del servicio público de Tomografía Axial Computarizada con destino a pacientes atendidos por el Servicio Andaluz de Salud en el Hospital ..., con carácter subsidiario a los

dispositivos propios, en régimen ambulatorio, en los términos que se señalan en los pliegos que lo rigen, que se suscriben por duplicado como parte del contrato en este mismo acto.

2. Para la ejecución del contrato el contratista pone a disposición de la Administración las siguientes instalaciones, según su oferta, incluyendo las mejoras por él propuestas: ... .

3. El importe máximo del presente contrato es de ... euros, distribuido en las siguientes anualidades: ... .

4. El contratista percibirá la siguiente tarifa: ... . En ella se consideran incluidos los impuestos de toda índole que gravan los servicios que se contratan, y en especial el IVA, que se consignará en la factura separadamente de la base imponible. La facturación y el régimen de pagos son los previstos en las cláusulas 23 del Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares y 6 del Pliego de Prescripciones Técnicas.

5. La tarifa se actualizará en los términos y condiciones que establezca la correspondiente Orden de la Consejería de Salud.

6. La vigencia de este contrato es de ... meses, a partir del día siguiente al de su formalización. Podrá prorrogarse expresamente por periodos, no superiores al del contrato inicial, de ... meses, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la legislación vigente, hasta un máximo de diez años, incluido el periodo inicial del contrato.

7. Para responder del cumplimiento de este contrato, la empresa ha constituido a favor de la Administración una garantía definitiva por importe de ... euros.

8. El régimen de penalidades será el establecido en el

artículo 95 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

9. El contratista se compromete a la realización del objeto del presente contrato con estricta sujeción a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación.

10. El contratista se compromete a cumplir con toda la

normativa en vigor o que se dicte durante la vigencia del presente contrato. Todo el personal de servicio dependerá del adjudicatario, no adquirirá ningún derecho frente al Servicio Andaluz de Salud ni podrá ser funcionario de las

Administraciones Públicas, o estar vinculado a las mismas por cualquier clase de relación de prestación de servicios. El adjudicatario asumirá frente al personal todas las

obligaciones derivadas de la legislación laboral.

11. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la

interpretación, modificación y resolución del contrato, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

En prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el

presente contrato en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.

El/la Director/a GerentePor la empresa

(P.D. Res. ..., BOJA ...)

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