Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 10/08/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE BENAMAUREL

EDICTO de 23 de julio de 2002, sobre bases.

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Se hace público las bases para cubrir en propiedad una plaza de Jefe Responsable del Servicio de Aguas por promoción interna para funcionarios del Grupo E), aprobada por resolución núm. 80/2002, con fecha 15.7.2002, y de conformidad con la Oferta de Empleo Público, aprobada por resolución de la Alcaldía núm. 29/2002, de fecha 20.3.2002, publicada en el Boletín Oficial del Estado, con fecha 27.4.2002, por el sistema de concurso y celebración de prueba práctica, con sujeción a las siguientes

"BASES JEFE RESPONSABLE DEL SERVICIO DE AGUAS"

Se da lectura a las bases para cubrir en propiedad una plaza de Jefe-Responsable del Servicio de Aguas por promoción interna para funcionarios del Grupo E), y por el sistema de concurso y celebración de prueba práctica.

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso y celebración de prueba práctica, por promoción interna, de una plaza de Jefe- Encargado de Aguas, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Personal de Oficios Varios, dotada con dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente para el Grupo D.

1.2. A la presente selección le será de aplicación la Ley

30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/85, de 2 de abril, de bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; Real Decreto

896/91, de 7 de junio; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y las bases de la presente Convocatoria.

1.3. La plaza ofertada por el sistema de promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 30/84, es a cubrir entre los Funcionarios de la Escala de Administración Especial; subescala de personal de oficios varios, Grupo E, de esta Corporación Local, que reúnan los requisitos exigidos en la base 2.ª de la convocatoria y superen las pruebas contenidas en la base 6.ª

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser Español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c) Estar en posesión de la titulación establecida en el art.

25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, correspondiente al Grupo D); es decir, título de Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.2. Ser funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Benamaurel, pertenecer a la Escala de Administración Especial, Grupo E, y tener una antig?edad de, al menos, dos años en la Escala de Administración Especial, subescala de Personal de Oficios varios, Grupo E, en el Excmo. Ayuntamiento de Benamaurel.

3. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo I de la presente convocatoria, en el Registro General del Ayuntamiento de Benamaurel, sito en Plaza Mayor, núm. 1, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. El plazo de presentación es de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. La citada instancia deberá de dirigirse al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Benamaurel, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2 de la presente convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de

instancias. También podrá presentarse la instancia en la forma que determina él artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la instancia habrá de adjuntarse certificado expedido por la Secretaría de la Corporación acreditativa del cumplimiento del requisito a que hace referencia el apartado 2.2 de las bases de la Convocatoria. Igualmente se acompañarán

los certificados acreditativos de los méritos valorados en la Base 6.2 (Copia Compulsada).

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos,

publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y

exponiéndose además en el Tablón de anuncios de la

Corporación. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos en los términos del artículo 71 de la Ley 30/92, y se determinará el lugar, fecha y hora del

comienzo de los ejercicios.

4.2. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el Tribunal, la lista definitiva de aspirantes se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría 4.º de las recogidas en el Anexo del Real Decreto 236/88, de 4 de marzo sobre indemnizaciones por razón del Servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de ella en quien delegue.

Vocales: Que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas

convocadas, de acuerdo con el art. 11 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo:

- Por la Junta de Andalucía, titular y suplente.

- Dos vocales designados por el Presidente de la corporación.

- Un vocal designado por cada uno de los partidos políticos de la oposición, titular y suplente (PSOE y PP).

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

5.2. El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que serán designados conjuntamente con los titulares.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, y la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus

especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/92, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.5. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

Las actuaciones del Tribunal serán públicas, a excepción de los actos de valoración o puntuación.

Se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento las puntuaciones que se realicen en cada una de las fases del concurso-oposición.

Desde las terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y celebración de prueba práctica, comenzando por la fase de concurso, que se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base

4.ª de la presente convocatoria.

6.2. Fase de Concurso.

El Tribunal valorará exclusivamente los documentos presentados que se hayan acreditado suficientemente por los aspirantes y que expresen claramente los méritos que se dicen en las bases. Se valorarán:

1. Antig?edad: Por cada año de Servicios prestados en la Administración Local en la Subescala de Personal de oficios varios, de la Escala de Administración Especial, en el

Ayuntamiento de Benamaurel: 0,5 puntos (máximo 5 puntos).

2. Nivel de Formación: Por cada curso realizado, impartido por el Instituto Nacional de la Administración Pública, Centro de Estudios Municipales u Organismo Similar y siempre que tenga su contenido relación con las tareas a desarrollar por los funcionarios de la Escala de Administración General: 0,15 puntos (máximo 3 puntos).

6.3. Fase de prueba práctica.

6.3.1. La fecha, lugar y hora de realización del 1.º ejercicio se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución del Presidente a la que hace referencia la base 4.ª de esta Convocatoria.

6.3.2. Se celebrará una única prueba práctica:

Ejercicio práctico eliminatorio. Consistirá en realizar una prueba práctica relacionada directamente con las tarea a desempeñar objeto de la presente plaza y a determinar por el tribunal en el momento de constituirse.

6.3.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición incrementada con la

puntuación de la fase del Concurso.

7. Listas de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la fase de celebración de la prueba práctica, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de candidatos que hubiesen superado la misma por orden de puntuación total obtenida, en la que constará la calificación del ejercicio, así como la puntuación obtenida en la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados será elevada al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, con propuesta de

nombramiento de funcionario de carrera. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.

8. Presentación de documentos.

8.1. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación

definitiva de aprobados, para presentar en la Secretaría General de la Corporación, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones y capacidad establecidos en estas bases.

8.2. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos estarán dispensados de aportar aquella documentación que justifique las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de Certificación del Organismo de que procede acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

9. Nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Sr. Alcalde Presidente nombrará funcionario de carrera al aspirante seleccionado.

9.2. El plazo para tomar posesión será de treinta días

naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Diligencia: La pongo yo, la Secretaria Accidental, para hacer constar que las presentes bases han sido aprobadas por

Resolución de la Alcaldía Presidencia, núm. 80/2002, de fecha

15.7.2002.

Benamaurel, 15 de julio de 2002.- La Secretaria Acctal., Piedad Arriaga Rosell.

Benamaurel, 23 de julio de 2002.- El Alcalde, Antonio

Arredondo García.

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