Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 10/08/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO

RESOLUCION de 30 de mayo de 2002, por la que se aprueban las bases que se indican.

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Examinadas las bases redactadas para la provisión por los turnos de acceso y sistema que se identifican de nueve

(9) plazas de Policía Local correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2000, 2001 y 2002, y halladas conformes, esta Alcaldía ha resuelto:

1.º Aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de nueve plazas de Policía Local de este Ayuntamiento, convocando las correspondientes pruebas selectivas.

2.º La convocatoria, juntamente con sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Un extracto, con el contenido determinado en el artículo 6.2 del Real Decreto 896/91, en el Boletín Oficial de Estado, produciéndose los efectos administrativos desde la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se publique el extracto de la convocatoria.

3.º Contra esta Resolución, por ser definitiva en vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

- Reposición, con carácter potestativo, ante la Alcaldía- Presidencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio extractado de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponer entonces el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de la reposición interpuesta, por el transcurso del plazo de un mes (conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 52.1 de la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local).

- Contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio extractado de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (art. 109.c de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92, de 26.11, y artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

BASES QUE REGIRAN LA SELECCION DE NUEVE (9) PLAZAS DE CLASE DE POLICIA LOCAL, CATEGORIA DE POLICIA (GRUPO D)

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria el ingreso como funcionario de carrera por el turno y sistema de selección que a continuación se señalan incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2000, 2001 y 2002.

Número: Nueve (9).

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Policía Local.

Categoría: Policía.

Grupo: D (Grupo C, sólo a efectos retributivos).

Turno de acceso.

- Turno libre (8 plazas).

- Turno de movilidad sin ascenso (1 plaza). Si esta plaza no se pudiera proveer por falta de solicitantes o porque fuese declarada desierta, se acumulará al sistema de turno libre.

Sistema selectivo.

- Concurso para los aspirantes a plaza reservada a

"movilidad".

- Concurso-oposición para los aspirantes con nombramiento interino en la categoría de Policía del Ayuntamiento de San Fernando antes del 5.1.2002.

"Acceso de los interinos existentes" previsto en la

Disposición Transitoria Quinta de la Ley 13/2001, 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales (BOJA núm.

144, de 15-09).

- Oposición, para los aspirantes no incluidos en el apartado anterior.

Por ser libre el turno de acceso y poder concurrir interinos y otros aspirantes, la fase de concurso sólo se aplicará a los interinos con categoría de Policía Local del Ayuntamiento de San Fernando.

Segunda. Normativa aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía; Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía; Orden de 14 de noviembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, modificada por Orden de 14 de febrero de 2002, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada

legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Requisitos de participación.

A) Para el turno libre:

Los requisitos que deberán reunir los aspirantes antes de que termine el último día de presentación de solicitudes:

1. Nacionalidad española.

2. Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta.

3. Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

4. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o

equivalente.

5. No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio del beneficio de

rehabilitación.

6. Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A, B, BTP o sus equivalentes.

7. Compromiso de conducir vehículos policiales y portar armas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de ser nombrados funcionarios en prácticas y realizar el curso de ingreso.

Estarán exentos de requisito de edad y estatura aquellos aspirantes que con anterioridad al 5.1.2002, fecha de entrada en vigor de la Ley de Coordinación de las Policías Locales, tengan nombramiento interino de Policía Local en el

Ayuntamiento de San Fernando.

Asimismo, estarán exentos del requisito de estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

B) Para el turno de movilidad sin ascenso:

Los requisitos que deberán reunir los aspirantes antes de que termine el último día de presentación de solicitudes serán:

1. Antig?edad de cinco años en la categoría de Policía Local.

2. Faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a situación de segunda actividad.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente por los aspirantes antes de ser nombrados funcionarios de carrera del Ayuntamiento de San Fernando.

Tercera. Solicitudes.

Los aspirantes presentarán sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la convocatoria, acompañada del resguardo

acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen (12,78 euros), así como de aquellos documentos

justificativos de los méritos alegados.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía, en el plazo máximo de un mes, aprobará la lista de admitidos y excluidos. En esta resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se indicarán, asimismo, los miembros componentes del Tribunal y lugar, fecha y hora de celebración de la 1.ª prueba (las sucesivas las determinará el Tribunal). Conforme al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se concederá a los excluidos un plazo de

subsanación de 10 días a partir de la fecha de publicación de la resolución.

Quinta. Tribunal Calificador.

Estará integrado por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un Concejal de la Corporación designado por la Alcaldía.

- Un representante de la Consejería de Gobernación.

- Tres funcionarios designados por el Alcalde.

- Un representante de la Junta de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Sexta: Méritos a valorar en la fase del concurso.

A) Para el turno libre:

La fase de concurso sólo se aplicará a los aspirantes con nombramiento interino anterior al 5.1.2002 en la categoría de Policía del Ayuntamiento de San Fernando y surtirá efectos una vez superada la fase de oposición.

Los méritos alegados por los aspirantes se acreditarán

mediante los certificados o documentos autenticados

correspondientes, debiéndose adjuntar los mismos a la

solicitud de admisión. El Tribunal exclusivamente valorará en la fase de concurso las titulaciones académicas, antig?edad, formación, recompensas o felicitaciones recibidas por los aspirantes, en las condiciones y requisitos exigidos por la Orden de 14 de noviembre de 2000 por la que se establecen las pruebas para acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14 de diciembre) con las modificaciones introducidas por la Orden de

14 de febrero de 2002 (BOJA núm. 34, de 21.03) (Anexo V.1. Baremo para concurso).

No se valorarán los méritos opcionales a que se refiere el apartado E) de la Orden de 14 de febrero de 2002 citada.

B) Para el turno de movilidad:

Se aplicará el baremo establecido en la Orden de 14 de

noviembre de 2000 con las modificaciones introducidas por la Orden de 14 de febrero de 2002 (Anexo V.2. Baremo para

concurso de méritos).

Séptima. Pruebas selectivas.

La fase de oposición para el turno libre consistirá en la realización de las siguientes pruebas de carácter

eliminatorio:

1. Pruebas de conocimientos teóricos. En una primera fase consistirá en la contestación, en un plazo máximo de noventa minutos, de un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas que versarán sobre el contenido del programa previsto para la Categoría de Policía en la Orden de 14 de noviembre de 2000 por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14 de diciembre de 2000) con las modificaciones introducidas en la Orden de 14 de febrero de 2002 (BOJA núm. 34, de 21.03). De las cien

preguntas, cincuenta se referirán al contenido de los temas 1 a 11 del programa, y las otras cincuenta, a los temas 12 a 21.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos.

Finalizado este ejercicio, y para las referidas plazas, se efectuará un caso práctico en un tiempo máximo de una hora, cuyo contenido está relacionado con el temario. Igualmente se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos.

El resultado final de la fase de conocimientos teóricos será la media de ambos ejercicios (temario y ejercicio práctico).2. Pruebas de aptitud física. Previamente a su celebración, los aspirantes deberán presentar un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas exigidas.

La calificación como apto lo exigirá la realización de los ejercicios físicos de carácter eliminatorio que se indican en la Orden de 14 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 144, de

14.12.00) para el acceso a los cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Será obligatoria la superación de la prueba de natación.

Aquellos aspirantes con nombramiento interino de Policía Local en el Ayuntamiento de San Fernando, que hayan cumplido la edad máxima exigida para el ingreso, tendrán que superar las pruebas de aptitud física fijadas para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local, en función de su edad.

3. Examen médico. La aptitud del aspirante se efectuará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que se establece en la Orden de 14 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 144). Se evaluará como apto o no apto en el referido examen.

Estarán exceptuados del requisito de la estatura los

aspirantes con nombramiento interino de Policía en el

Ayuntamiento de San Fernando con anterioridad al 5.1.2002, y los que ostenten la condición de funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

4. Pruebas psicotécnicas. Consistirá en la realización de tests en los cuales se evaluarán los factores y con los requisitos exigidos por la Orden de 14 de noviembre de 2000 de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14.12.00). Se

evaluará como apto o no apto en dichas pruebas.

Octava. Calificación.

La calificación definitiva para los aspirantes con

nombramiento interino de Policía en el Ayuntamiento de San Fernando en que el sistema es el concurso oposición será la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición más la del concurso de méritos (cuya valoración no podrá ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición),

proponiendo el Tribunal a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación hasta cubrir las plazas ofertadas en las distintas categorías según queda dispuesto en la base primera de la presente convocatoria. En caso de empate, se propondrá a aquél que obtuviese mayor puntuación en la fase de oposición.

La calificación definitiva para los aspirantes que no tengan nombramiento interino de Policía en este Ayuntamiento en que el sistema es el de oposición será la resultante de aplicar la base séptima 1.

La calificación de los aspirantes del turno de movilidad será la que resulte de la comprobación y valoración de los méritos alegados y documentados en el concurso.

Novena. Presentación de documentos y nombramiento.

A) Para el turno libre:

De conformidad con lo establecido en el Decreto 186/92, de 24 de noviembre (BOJA núm. 1, de 5.1.93), los aspirantes

propuestos por el Tribunal y una vez acreditados los

requisitos establecidos establecidos en la base segunda (dentro del plazo que para ello se disponga a contar desde la fecha de comunicación en el tablón de edictos del

Ayuntamiento), serán nombrados funcionarios en prácticas al objeto de la realización del curso de ingreso con todos los derechos y deberes inherentes a tal condición. Superado el mismo, se procederá al nombramiento como funcionarios de carrera.

Quienes dentro del plazo indicado (salvo caso de fuerza mayor) no presenten la documentación, no podrán ser nombrados

funcionarios en prácticas, quedando anuladas todas las

actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

B) Para el turno de movilidad:

Los aspirantes propuestos por el Tribunal, una vez acreditados los requisitos establecidos en la base segunda, serán

nombrados funcionarios de carrera.

Décima. Norma final.

El hecho de presentar solicitud constituye sometimiento expreso a las bases reguladoras. Los Tribunales quedan

facultados para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de las pruebas. De iguales y con el mismo alcance queda autorizada la Alcaldía hasta la constitución del

Tribunal y toma de posesión del funcionario, así como de la resolución de los recursos que pudieran presentarse.

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 30/1992, de 26.11, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

San Fernando, 30 de mayo de 2002.- El Alcalde, Antonio Moreno Olmedo.

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