Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 17/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 11 de julio de 2002, por la que se concede la autorización definitiva de apertura y funcionamiento al Centro Privado de Educación Primaria La Luna de Sevilla.

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María José Morante Arias, en su calidad de representante legal de «Centro Infantil La Luna, S.L.¯, entidad titular del centro docente privado de Educación Infantil «La Luna¯, con domicilio en Avda. de la Ciencia, núm. 73 de Sevilla, en solicitud de autorización definitiva de apertura y funcionamiento de un Centro de Educación Primaria con 6 unidades en el mismo recinto escolar del Centro de Educación Infantil.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial.

Resultando que el Centro «La Luna¯, con código 41000971, tiene autorización definitiva de un Centro de Educación Infantil con

9 unidades (3 unidades de primer ciclo para 38 puestos escolares y 6 unidades de segundo ciclo para 93 puestos escolares), por Orden de 13 de septiembre de 2001.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad del Centro la ostenta la entidad «Centro Infantil La Luna, S.L.¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero (BOE de 17 de febrero); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la autorización definitiva de apertura y funcionamiento para la ubicación, en el mismo recinto escolar que el Centro de Educación Infantil, de un Centro de Educación Primaria con 6 unidades para 134 puestos escolares, quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: La Luna.

Código de Centro: 41000971.

Domicilio: Avda. de la Ciencia, núm. 73.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Titular: Centro Infantil La Luna, S.L.

Composición resultante: 6 unidades de Educación Primaria para

134 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Primaria autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de julio de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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