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Advertido error material en la Orden de 28 de junio de
2002, por la que se regula la concesión de ayudas a las Corporaciones Locales para la financiación de actuaciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 85, de 20 de julio de 2002, se procede a la correspondiente rectificación en los términos siguientes:
En el artículo 28, apartado 3, en la página número 13.644, segunda columna, donde dice:
«3. Las actuaciones deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde la suscripción del Convenio correspondiente.¯
Debe decir:
«3. Las actuaciones deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde la suscripción del Convenio correspondiente. Este plazo podrá ser prorrogado cuando por circunstancias excepcionales, valoradas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes, se estime pertinente¯.
Sevilla, 24 de julio de 2002
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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