Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 17/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se reconoce y autoriza a la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME) como entidad para la formación de instaladores y mantenedores de calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria, conforme a lo dispuesto en el Reglamento que se cita. (PP. 3632/2002).

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ANTECEDENTES DE HECHO

La entidad solicitante «Federación de Empresarios del Metal de Sevilla («FEDEME¯), con CIF número G-41066697 y domicilio social en Sevilla, Avenida de la Innovación, s/n, (Edificio Espacio, planta 3.ª izqda.), representada por don Antonio Galadi Raya, con DNI núm. 29.929.488-W en su calidad de Presidente, según acredita mediante Escritura de Protocolización de Acuerdos Sociales de fecha 13.2.98 ante el Notario de Sevilla don Bartolomé Martín Vázquez, presenta ante esta Dirección General con fecha 4.11.2002 (R.E. núm. 52074), escrito de solicitud para que se le reconozca y autorice como Entidad para la formación de Instaladores y Mantenedores de Calefacción, Aire Acondicionado y Agua Caliente Sanitaria, conforme a lo previsto en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), aprobado por el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio.

La solicitud y documentación que se completa con la aportada posteriormente con fecha 12.11.2002 (R.E. núm. 53316) conforma el expediente identificado en esta Dirección General con el número E-TD.14/02, el cual es sometido a estudio y consideración por el Servicio de Energía, conforme al procedimiento establecido en este Centro Directivo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La solicitud y documentación aportadas dan cumplimiento a lo indicado por esta Dirección General respecto a lo expresado en el artículo 15, apartado 5, del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por el Real Decreto

1751/1998, de 31 de julio, en el que se determina que los aspirantes al carné de instalador o mantenedor habrán de recibir y superar un Curso teórico-práctico impartido por entidad reconocida por el órgano territorial competente, relativo a conocimientos específicos señalados en la ITE 11.2.

La Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME), desde su fundación el 9 de diciembre de 1982, forma parte constituyente de la Confederación Española de Empresarios Instaladores y Mantenedores («CNI¯), según acredita el Certificado de su Secretario General don Jesús Sánchez González de fecha 11.11.2002 unido al expediente.

Por Resolución de la Dirección General de la Energía, del anterior Ministerio de Industria y Energía, de fecha 7 de agosto de 1991 (BOE núm. 223 de 17.9.91), se otorgó a la Confederación Española de Instaladores y Mantenedores (CNI) la calificación de Entidad Reconocida, al objeto de impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de Instalador y Mantenedor/Reparador para calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

El reconocimiento y autorización de Entidades de Formación para esta área, a nivel autonómico, así como la inscripción en el correspondiente registro, no está regulado específicamente, si bien se mantiene, para el mismo caso, el criterio establecido por la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, contemplado en el anterior Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y A.C.S. respetando los derechos adquiridos por las Entidades Reconocidas, respecto a la aplicación de lo dispuesto en el nuevo reglamento RITE.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para otorgar el reconocimiento, la autorización y la inscripción registral solicitada, según dispone el Título I del Estatuto de Autonomía de Andalucía «Competencias de la Comunidad Autónoma¯, en su artículo 13.14, así como lo

dispuesto en el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía

132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de

Consejerías, y el Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vistos los preceptos legales citados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Primero. Otorgar a la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME), con CIF número G-41066697 y domicilio social en Avda. de la Innovación, s/n, (Edificio Espacio), Pta. 3.ª Izq., C.P. 41020, Sevilla, el Reconocimiento y la Autorización para actuar, dentro del territorio de la Comunidad Instaladores y Mantenedores de Calefacción, Aire Acondicionado y Agua Caliente Sanitaria prevista en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus

Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), aprobado por el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio.

Segundo. Se inscribe con esta fecha a FEDEME en el Registro de Entidades Reconocidas y Autorizadas para ejercer tal actividad, que se lleva en el Servicio de Energía de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con el número E.F.-RITE-06 /02.

Dicha inscripción tendrá validez por un período de cinco años, pudiendo ser renovada por igual período de tiempo, previa solicitud de la entidad, siempre que se justifique seguir manteniendo las condiciones y reunir los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento, autorización e inscripción.

Tercero. La entidad FEDEME podrá iniciar sus actividades formativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir de la fecha de notificación de esta

Resolución, para lo cual deberá poner en conocimiento de esta Dirección General, con suficiente antelación, la celebración del curso que en cada caso haya previsto desarrollar. Tal notificación se hará efectiva así mismo ante la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la cual comprobará que se cumplen las condiciones exigidas para su celebración y coordinará debidamente las actuaciones que a ella correspondan, fijando las fechas para la celebración de los exámenes y pruebas de aptitud necesarias para la expedición de los correspondientes títulos o Carnés de Instalador.

Cuarto. FEDEME deberá notificar a esta Dirección General, en el plazo de diez días hábiles, cualquier modificación que se prevea realizar o haya tenido lugar en su estructura

organizativa, Director Técnico, cuadro de profesores, medios disponibles, etc., según los datos y relación contenida en la documentación aportada al expediente E-TD,14/02 sobre el que se produce esta resolución.

Quinto. FEDEME deberá remitir a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, dentro del primer trimestre de cada año, una Memoria resumen de las actividades desarrolladas en el ejercicio anterior, en la que deberán figurar, como mínimo, los siguientes datos:

- Número de cursos de cada tipo impartidos en dicho período.

- Número de asistentes en cada curso celebrado.

- Número de alumnos que han superado las pruebas de aptitud.

- Número de alumnos que han obtenido el Carné solicitado.

- Modificaciones que haya sufrido la estructura de la entidad.

- Programa de actuaciones para el ejercicio anual siguiente.

- Actualización, en su caso, de las tarifas y precios

aplicables.

- Incidencias y observaciones dignas de mención.

Sexto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Lo que se notificará al interesado, advirtiendo que contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administrativas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de noviembre de 2002.- El Director General, Jesús Nieto González.

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