Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 11/06/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 7 de abril de 2003, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso-oposición para cubrir seis plazas de Profesor del Instituto de Idiomas en régimen laboral con carácter fijo.

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Siendo necesaria la contratación laboral, con carácter fijo, para ocupar seis plazas en la plantilla de personal docente del Instituto de Idiomas de la Universidad de Sevilla, pertenecientes al Grupo I del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas legalmente, acuerda convocar concurso-oposición libre, para su provisión, de acuerdo con las siguientes

BASES

1. Normas generales.

1.1. El proceso de selección se regirá por lo previsto en las bases de la convocatoria y, en su defecto, por lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación, Ley 30/84, de 2 de agosto y demás disposiciones concordantes.

1.2. La plaza que constituye el objeto de esta convocatoria es la que se relaciona a continuación, con las características que se indican:

- Area de Inglés: 4 plazas a tiempo completo.

- Area de Alemán: 1 plaza a tiempo completo.

- Area de Rusa: 1 plaza a tiempo completo.

1.3. Las condiciones de trabajo del personal que resulte seleccionado se regirán por el Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y demás legislación laboral que le sea de aplicación a la docencia universitaria y de acuerdo con el Plan de Organización Docente del Instituto de Idiomas.

1.4. Las condiciones técnicas y temporales de la plaza sujeta a concurso-oposición son las siguientes:

1.4.1. Impartir enseñanza de la lengua que corresponda, exigiéndose para ello el dominio y conocimiento del idioma a nivel de nativo, tanto oral como escrito.

1.4.2. El candidato seleccionado será contratado en régimen laboral con la docencia asignada por el Instituto de Idiomas en sus clases propias o en las desarrolladas en alguno de los Centros de la Universidad de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para participar en este concurso-oposición los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea. Asimismo podrán participar los ciudadanos de países distintos a los citados siempre que reúnan las condiciones exigidas en la legislación vigente de trabajadores en España. Será responsabilidad de los candidatos que sean adjudicatarios de alguna de las plazas convocadas, la realización de cualquiera de los trámites necesarios para su incorporación inmediata al puesto de trabajo cuando sean requeridos para ello.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Filología o equivalente. La equivalencia de esta titulación a efectos de participación en la presente convocatoria será determinada por la Dirección del Instituto de Idiomas, mediante informe razonado y realizadas previamente las consultas oportunas a la vista de la documentación adjuntada, la cual deber ser presentada en material original (o suficientemente autentificada), traducida, en su caso, y contener toda la información necesaria para su consideración. Los candidatos deberán presentar asimismo certificado académico de

calificaciones con el fin de que pueda ser valorado en el punto

6.2, apartado a).d) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Sevilla en el impreso normalizado que podrán recoger y presentar en el Registro General de la Universidad de Sevilla, ubicado en la C/ San Fernando, núm. 4, acompañada de un currículum vitae en el que conste la relación de los méritos del aspirante,

acreditados documentalmente. Dicho currículum se elaborará de acuerdo con el cuestionario que acompaña a esta convocatoria como Anexo.

En el Boletín Oficial del Estado se publicará anuncio de esta convocatoria en la que se incluirá, al menos, número de plazas ofertadas, categoría profesional y lugar donde se encuentra publicado el texto completo de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, salvo que la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado sea posterior a ésta, en cuyo caso el plazo se iniciará a partir de la publicación de dicho anuncio.

Asimismo, será publicada a efectos informativos en los tablones de anuncio del Rectorado de la Universidad de Sevilla.

3.2. A la instancia se acompañará fotocopia del DNI, Pasaporte o documento identificativo del país al que pertenezca el solicitante, en caso de no ostentar la nacionalidad

española.3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.4. Los derechos de participación en esta convocatoria serán de 18 euros y deberán ingresarse en el Monte Caja de Huelva y Sevilla (oficina principal o sucursal), Clave de Entidad: 2098. Clave de sucursal: 0028. DC: 08. c/c 0104091971, bien

directamente o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

El pago de los mismos se acreditará mediante la cumplimentación por la oficina correspondiente de la parte inferior del impreso de solicitud, habiendo de cerciorarse los interesados de que en dicho impreso, de forma mecanizada por la entidad bancaria, se refleje el importe abonado: En su defecto se acompañará cualquier otro documento bancario que acredite suficientemente el ingreso.

La ausencia de justificación de abono de dicha cantidad implicará la exclusión del proceso selectivo.

4. Admisión de los candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución en la que se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días, contados a partir del siguiente a la publicación de la anterior Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se procederá a la publicación definitiva de admitidos y excluidos.

5. Tribunal de Selección y Comisiones Técnicas.

El proceso de adjudicación de los puestos convocados será efectuado por el Tribunal de Selección, que será auxiliado en sus trabajos por las Comisiones Técnicas correspondientes.

5.1. Tribunal de Selección.

a) Composición:

- Presidente: Excmo. Sr. Rector Magfco. de esta Universidad o Excmo. Sr. Vicerrector en quien delegue.

- Vocales: Dos Profesores del Instituto de Idiomas propuestos por la Junta de Centro y dos representantes del Comité de Empresa.

- Secretario: Jefe de la Sección de Selección del Personal de Administración y Servicios y Acción Social.

Se nombrará un miembro suplente por cada uno de los titulares mencionados.

b) Funciones: Tendrán como misión principal la supervisión, valoración y adjudicación de todo el proceso que se establece en esta convocatoria, pudiendo disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que prestarán su

colaboración en sus especialidades técnicas cuando las

circunstancias así lo aconsejen y que en cualquier caso sólo tendrán funciones de asesoramiento y consulta.

Le corresponde el nombramiento de las Comisiones Técnicas a propuesta de la Dirección del Instituto de Idiomas.

Le corresponde asimismo realizar cualquier otra función propia de un Tribunal de Selección y en particular la interpretación de aquellos aspectos no expresamente recogidos o

suficientemente clarificados.

5.2. Comisiones Técnicas.

a) Composición: Salvo acuerdo contrario del Tribunal de Selección, debidamente razonado, éste procederá a nombrar por cada una de las Areas afectadas una Comisión Técnica, que estará integrada necesariamente por el Director del Instituto de Idiomas, que representará al Presidente del Tribunal, y el Secretario del mismo, que actuarán, respectivamente, como Presidente y Secretario de la Comisión Técnica. Formarán parte, además de ésta, dos Vocales especialistas propuestos por la Dirección del Instituto de Idiomas.

A las deliberaciones y trabajos de las Comisiones Técnicas que se celebren tendrán acceso los miembros del Tribunal que lo deseen. El Director del Instituto de Idiomas actuará como coordinador de las Comisiones Técnicas.

b) Funciones: Corresponde a las Comisiones Técnicas elaborar propuestas de contenido de ejercicios y su corrección y puntuación, así como el análisis e informe de los méritos alegados en los currículum presentados por aquellos candidatos que hubieren superado las pruebas. Prestarán su colaboración en los aspectos técnicos del proceso de valoración curricular y, en general, llevarán a cabo cualquier otra diligencia que expresamente les sea encargada por el Tribunal, al cual será sometida para su aprobación toda su actuación.

5.3. Constitución.

El Tribunal de Selección habrá de constituirse en un plazo comprendido entre los siete y los treinta días posteriores a su nombramiento. Las Comisiones Técnicas, que podrán actuar conjunta o separadamente, se constituirán en el plazo de siete días a contar desde su nombramiento.

6. Desarrollo del proceso selectivo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y

reclamaciones, se convocará a los candidatos para la

celebración de las pruebas (una escrita y otra oral) ante las correspondientes Comisiones Técnicas. Quienes superen estas pruebas serán valorados a continuación por el Tribunal de Selección, que habrán de tener en cuenta los informes y propuestas emitidas por las Comisiones Técnicas y los méritos alegados por los concursantes.

La valoración de los méritos alegados se ajustarán al baremo que se establece a continuación:

6.1. Conocimiento del idioma objeto del concurso-oposición y de la metodología de su enseñanza.

Ante la Comisión Técnica correspondiente, los candidatos deberán realizar los siguientes ejercicios:

1. Prueba escrita, anónima, de carácter eliminatorio. Se calificará como apto o no apto.

2. Prueba oral, de carácter eliminatorio. Se valorará de 0 a 20 puntos.

En dichas pruebas el aspirante deberá demostrar su dominio del idioma, de la metodología de su docencia y un amplio

conocimiento del entorno cultural del mismo.

Para poder acceder a la prueba oral será necesario haber obtenido previamente en la prueba escrita la calificación de apto. De la misma manera, para que el Tribunal de Selección proceda a valorar el resto de los apartados, el candidato deberá conseguir al menos diez puntos en la prueba oral.

6.2. Currículum vitae.

Para que se pueda proceder a la valoración de los méritos alegados por los candidatos, será requisito imprescindible que se presenten debida y rigurosamente documentados.

Se valorará de 0 a 15 puntos:

a) Expediente académico (Licenciado o equivalente en relación con el idioma a impartir): De 0 a 3,5 puntos.

Calificación de la Licenciatura con Matrícula de Honor:,5.

Calificación de la Licenciatura con Sobresaliente: 3.

Calificación de la Licenciatura con Notable: 2.

Calificación de la Licenciatura con Aprobado: 1.

b) Tesina, Cursos de Doctorado, Másters en relación con el idioma a impartir: De 0 a 3 puntos.

Tesina o Trabajo de Investigación con puntuación máxima:.

Tesina o Trabajo de Investigación sin puntuación máxima:,5.

Cursos de Doctorado (mínimo 16 créditos): 1.

Máster relacionado con la docencia del idioma a impartir:.

c) Doctorado en relación con el idioma a impartir: De 0 a 3,5 puntos.

Calificación de la Tesis Doctoral con apto Cum Laude:,5.

Calificación de la Tesis Doctoral con apto: 2.

d) Otros méritos: Otras licenciaturas, tesinas, doctorados, másters, etc. no directamente relacionados con el idioma a impartir, actividades realizadas como becario y dirigidas al perfeccionamiento del idioma en cuestión, actividades

profesionales no docentes también relacionadas con el idioma a impartir -traducciones, por ejemplo-, etc.: Se valorarán de 0 a

3 puntos.

Título relevante, relacionado con el idioma y distinto al exigido en la convocatoria (por ejemplo, Diplomatura en Traducción e Interpretación): Hasta 2.

CAP: 0,50.

Equivalentes a CAP en el país del idioma correspondiente: 0,50.

Cursos de especialización: 0,05.

Valoración global en caso de apreciable número de cursos relacionados con el idioma y su docencia: Hasta 1.

Podrán modificarse esta puntuación en caso de cursos de especial importancia en cuanto a contenido o duración.

Actividades como becario: Hasta 0,50.

Otras actividades profesionales: Hasta 0,25.

e) Publicaciones relevantes y conferencias impartidas en reuniones de carácter científico relacionadas con el idioma a impartir: De 0 a 2 puntos.

Libros, cada uno: Hasta 1.

Artículos en publicaciones de carácter científico, cada uno: Hasta 0,50.

Conferencias, cada una: Hasta 0,25.

Cuando los méritos alegados en los apartados a), b) y c) se refieran al idioma objeto del concurso (a) o incidan

directamente en la docencia del idioma como lengua extranjera (b y c), se valorarán, en cada caso, con 0,5 puntos más.

6.3. Actividad docente.

La experiencia docente sólo se estimará cuando la documentación aportada presente todos los datos necesarios para la valoración (carga lectiva, períodos desempeñados, naturaleza de los contratos -debidamente verificados con copia sellada por el INEM u organismo correspondiente en cada país-). Unicamente podrán ser objeto de valoración aquellos períodos

ininterrumpidos no inferiores a un mes completo. En caso de que la prestación de servicios se haya llevado a cabo en régimen de dedicación parcial, la puntuación del apartado correspondiente se reducirá a la mitad.

Se valorará de 0 a 35 puntos.

- Servicios prestados en la Universidad de Sevilla por años y cursos de servicios directamente relacionados con el perfil de la plaza objeto del concurso: De 0 a 15 puntos.

Cada mes completo: 0,40.

- Experiencia en la docencia del idioma relacionada con el perfil de la plaza objeto del concurso (docencia universitaria no valorada en el apartado anterior, docencia impartida en otros Centros oficiales de enseñanza secundaria de segundo ciclo y experiencia docente, en adultos, en Centros privados de reconocido prestigio): De 0 a 10 puntos.

Enseñanza universitaria, cada mes completo: 0,20.

Enseñanza secundaria, cada mes completo: 0,10.

Ambito privado, cada mes completo: 0,05.

- Experiencia en la docencia de un idioma para extranjeros distinto al de referencia, siempre que sea en el ámbito universitario:

Cada mes completo: 0,1, hasta un máximo de 3.

- Informe del Area a la que pertenece la plaza, aprobado por la Junta de Centro del Instituto de Idiomas, sobre la actividad docente de los candidatos: De 0 a 10 puntos.

7. Documentación complementaria.

A la vista de los análisis efectuados sobre los expedientes curriculares presentados, el Tribunal, en caso de observar la ausencia de algún documento esencial para la valoración de algún aspecto de los méritos aportados, podrá requerir al interesado para que aporte en un plazo improrrogable de cinco días documentación complementaria suficiente.

8. Adjudicación provisional.

Terminado el proceso de valoración, el Tribunal procederá a hacer público el resultado de la misma, desglosando la

puntuación obtenida por cada uno de los conceptos que integran el baremo.

El Acuerdo del Tribunal por el que se publican dichas

puntuaciones tendrá carácter provisional y estará sujeto a posibles reclamaciones durante un plazo de cinco días, al final del cual se elevará a definitivo. El Tribunal procederá a adjudicar las plazas convocadas, proponiendo al Rectorado la contratación que corresponda.

9. Presentación de documentos.

Las personas seleccionadas deberán presentar la documentación exigida en el plazo que se indique, una vez concluido el proceso selectivo.

Si dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2 no se procederá a la formalización de los contratos y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que se hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10. Eliminación de documentos.

Se informa a los participantes en este proceso que la

documentación presentada junto con su solicitud de

participación será trasladada, una vez finalizado el

procedimiento, al Archivo General y posteriormente destruida, por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el proceso selectivo en curso, procedan a la retirada de los mismos. El plazo para su retirada será de un año a partir de la conclusión del procedimiento.

11. Norma Final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de

selección podrán ser impugnados en los casos y formas

establecidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de abril de 2003.- El Rector, Miguel Florencio Lora.

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