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En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y una vez intentada, sin efecto, la notificación del requerimiento del Jefe de Servicio de Ayudas Aceite de Oliva, Cultivos Industriales y Arbóreos, de 14 de marzo de 2003 a Hros. de doña Antonia Castilla Rodríguez-Carretero con NIF
30928670 H y último domicilio en C/ Escultor José Capuz, (46006-Valencia), se dispone su publicación transcribiéndose, a continuación, su texto íntegro:
"Por la presente, le comunicamos que hemos detectado que existe una solicitud de Ayuda a la Producción de Aceite de Oliva y/o Aceituna de Mesa, campaña 1999/2000, cuyo titular es doña Antonia Castilla Rodríguez-Carretero, y esta oleicultora falleció en 1998, por lo que esta solicitud no cumple los requisitos para recibir la ayuda, por todo ello se le concede un plazo de 10 días para que alegue lo que estimen oportuno en defensa de sus intereses. Una vez pasado este plazo se considerará por cumplido el trámite de audiencia y se procederá a dictar la Resolución que corresponda. El Jefe del Servicio de Ayudas de Aceite de Oliva, Cultivos Industriales y Arbóreos, Alfonso del Peso Sainz de la Maza."
Sevilla, 5 de mayo de 2003.- El Director General, Félix Martínez Aljama.
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