Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 19/06/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 22 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se delegan competencias en los Directores de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de la provincia de Huelva.

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Al objeto de facilitar la descentralización, mayor eficacia en la gestión de los servicios y posibilitar el acercamiento de las políticas y competencias de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a los ciudadanos se constituyen los Consorcios para las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico.

Para hacer efectivas las funciones de recepción y entrega de documentación que se encomiendan a dichos Consorcios en localidades distintas a la sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Huelva y de conformidad con el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, se otorga potestad a esta Secretaría General para delegar en los Directores de los respectivos Consorcios la facultad de autenticar las copias de la documentación recibida. En base a lo que antecede, de conformidad con el art. 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 23 in fine del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos,

RESUELVO

Primero. Delegar en los Directores de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico que figuran en el Anexo de esta Resolución, las facultades reseñadas en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por lo que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

Segundo. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa, en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente delegación de competencia podrá ser revocada en cualquier momento.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 22 de mayo de 2003.- El Secretario General, José Luis Díez Cuéllar.

A N E X O

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Andévalo Minero.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Beturia.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Campiña Andévalo.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Condado de Huelva.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Costa de Huelva.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Cuenca Minera Riotinto.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Sierra Occidental de Huelva.

Director de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Sierra Oriental de Huelva.

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