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Vacantes determinados puestos adscritos al personal docente del Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos (PVA), a extinguir, integrado en el mencionado Cuerpo por el Real Decreto 1467/1988, de 2 de diciembre, esta Consejería de Educación y Ciencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas en la vigente legislación, ha resuelto convocar un procedimiento de provisión de los mismos, de acuerdo con las siguientes
B A S E S
Primera. Ambito personal.
1. Al presente procedimiento de provisión de vacantes podrá concurrir:
a) El personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos, de la especialidad
de Educación Física, que se halle en situación de activo, con destino definitivo, en centros dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
b) El personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos, de la especialidad de Educación Física, que se halle en la situación de excedencia voluntaria declarada desde centros actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Si se tratara de los supuestos de excedencia voluntaria contemplados en los apartados c) y d) del artículo 29.3 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, dicho personal sólo podrá participar si a la finalización del curso escolar 2002-2003 han transcurrido dos años desde el pase a dicha situación.
c) El personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos, de la especialidad de Educación Física, que se halle en la situación de servicios especiales declarada desde centros actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
d) El personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos, de la especialidad de Educación Física, que se halle en la situación de suspensión de funciones declarada desde centros actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, siempre que a la finalización del curso escolar 2002-2003 haya transcurrido el tiempo de duración de la sanción de suspensión.
2. Está obligado a participar en el presente procedimiento de provisión de vacantes el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos que, procedente de la situación de excedencia voluntaria o suspensión de funciones haya reingresado al servicio activo y obtenido, en virtud de dicho reingreso, un destino provisional en un centro dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Asimismo, está obligado a participar en el presente procedimiento de provisión de vacantes el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos que, procedente de la situación de jubilación por incapacidad permanente, haya sido rehabilitado y haya reingresado al servicio activo y obtenido, en virtud de dicho reingreso, un destino provisional en un centro dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
De no participar dicho personal en el presente procedimiento o, aun participando, no haber solicitado suficiente número de centros, la Administración educativa podrá adjudicarle un destino definitivo.
Segunda. Puestos vacantes objeto del procedimiento.
Serán objeto del presente procedimiento de provisión los siguientes puestos vacantes:
a) Los determinados como tales en los centros y especialidad que se relacionan en el Anexo I.1. de esta Orden.
b) Los que resulten de la adjudicación definitiva de la presente convocatoria, en la especialidad de Educación Física, para lo cual podrán solicitarse los centros que figuran en el Anexo I.2 de esta Orden.
No serán objeto de esta convocatoria, por haber sido su cobertura especial, las vacantes que se produzcan por la participación en el presente procedimiento del personal funcionario del Cuerpo de Profesores Especiales de Institutos Técnicos autorizado a impartir docencia en función de su titulación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1467/1988, de 2 de diciembre.
Tercera. Forma de participación.
Para participar en este procedimiento de provisión, el personal interesado u obligado deberá cumplimentar, con cuantos datos se solicitan en la misma, la solicitud que figura como Anexo II de esta Orden, consignando, por orden de preferencia, los centros que, para la especialidad de Educación Física, figuran en el Anexo I.2. Asimismo deberá aportar la documentación
acreditativa de los méritos alegados, en la forma establecida en el Anexo 3 de esta Orden.
De la veracidad de la documentación que se acompañe será responsable cada participante, para lo cual incluirá en cada documento el texto "Es copia de su original" y lo firmará.
La Dirección General de Gestión de Recursos Humanos podrá requerir a los participantes, en cualquier momento del
procedimiento, la justificación de los méritos que no se hayan acreditado debidamente.
Cuarta. Plazo y lugares de presentación de solicitudes de participación.
1. Plazo.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la
documentación anexa será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Una vez concluido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la solicitud ni en la hoja de peticiones a centro o localidad.
2. Lugares de presentación.
Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, y la documentación que las acompañe se presentarán, preferentemente, en el registro general de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia donde tenga destino cada participante, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinta. Comisión de valoración de méritos.
Los méritos alegados por el personal participante en el procedimiento los valorará una Comisión designada al afecto por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, formada por 5 miembros, uno de los cuales actuará como Presidente. Tres de los miembros de dicha Comisión, entre quienes se incluirá al Presidente, habrán de pertenecer a Cuerpos encuadrados en el Grupo A.
Sólo se tomarán en consideración los méritos perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
En el supuesto de que, tras la valoración y puntuación de los méritos, se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, por el orden en que aparecen en el Anexo III. De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación en cada uno de los subapartados, siguiendo el mismo orden.
Sexta. Adjudicación provisional y fase para reclamaciones y renuncias.
Valorados los méritos por la Comisión correspondiente, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por
Resolución, procederá a la adjudicación provisional de los puestos vacantes y, en su caso, las resultas. Dicha Resolución se publicará en los tablones de anuncios de las distintas Delegaciones Provinciales y en el de la Consejería de Educación y Ciencia. A efectos puramente informativos, se publicará, asimismo, en la página web de la Consejería de Educación y Ciencia.
Contra dicha Resolución provisional, los interesados podrán presentar reclamaciones, ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de cinco días hábi
les, contados a partir del día siguiente al de la publicación y exposición de aquélla en los tablones de anuncios.
En el mismo plazo, quienes estén interesados podrán presentar un escrito de renuncia a la participación en el procedimiento ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
Séptima. Adjudicación definitiva.
Consideradas las reclamaciones y las renuncias a que se refiere la Base anterior, por Orden de esta Consejería, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se dispondrá la adjudicación definitiva de los puestos objeto de esta convocatoria así como su exposición en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, en el de la
Consejería de Educación y Ciencia y, a los efectos meramente informativos, en la página web.
Los destinos adjudicados por dicha Orden serán irrenunciables. La incorporación a los mismos se efectuará el día 1 de
septiembre de 2003, surtiendo efectos a partir de dicha fecha. No obstante lo anterior, el profesorado adjudicatario de destinos por este procedimiento deberá permanecer en sus centros de origen si su presencia resulta imprescindible para las actividades programadas para la finalización del curso académico.
El personal adjudicatario de destino que reingrese al servicio activo a través del presente procedimiento dispondrá de diez días, computables a partir del siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, para presentar declaración jurada o promesa de no hallarse separado del servicio en ningún Cuerpo o Escala de las distintas Administraciones Públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Octava. Vacantes no cubiertas.
Las vacantes no cubiertas en el presente procedimiento se ofertarán al personal de la especialidad del Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria, a través de los
procedimientos ordinarios de provisión, en su caso.
Novena. Obtención de destino desde puestos autorizados por titulación.
El personal funcionario incluido en el Anexo II de la
Resolución de 18 de enero de 1990, de la Dirección General de Personal (BOJA de 13 de febrero), en el supuesto de participar y obtener destino, perderá la autorización a que se refiere el punto segundo de la referida Resolución, decayendo igualmente los derechos derivados de la misma.
Décima. Recursos procedentes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2 a),
14 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los
artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 4 de junio de 2003
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
ANEXO I.1
PUESTOS VACANTES
Cádiz
11007922 IES "Francisco Romero Vargas"
1102000014 Jerez de la Frontera
00600001 1 plaza
Córdoba
14007180 IES "Blas Infante"
140210009 Córdoba
00600001 1 plaza
Granada
18700311 IES "La Madraza"
180870004 Granada
00600001 1 plaza
Jaén
23000830 IES "Andrés de Valdelvira"
230090002 Baeza
00600001 1 plaza
Málaga
29001868 IES "Camilo José Cela"
290320001 Campillos
00600001 1 plaza
Leyenda:
00600001 Educación Física
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