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El art. 7 de la Orden del epígrafe publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 10 de febrero de 2003 recoge en su apartado primero la delegación del Consejero de Turismo y Deporte a favor de los Delegados Provinciales de esta Consejería para la resolución de las solicitudes acogidas a dicha Orden.
De otra parte dicho artículo señala que el plazo de resolución y notificaciones será de tres meses desde la finalización del establecido para la presentación de las solicitudes.
Concurriendo la circunstancia prevista en el apartado 6.? del art. 42 de la LRJAP y PAC consistentes en el excesivo número de las solicitudes formuladas y las personas afectadas que pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución y notificación por el órgano competente para resolver, procede razonablemente acordar la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de dichas solicitudes.
Por todo lo expuesto y de conformidad con el art. 42 de la citada Ley 30/1992 LRJAP y PAC en relación con el art. 7 de la Orden de 17 de enero de 2003 de esta Delegación Provincial.
HA RESUELTO
Prorrogar hasta un plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para resolver y notificar las subvenciones de esta Delegación Provincial acogidas a dicha norma.
Contra el presente acuerdo y de conformidad con el citado art.
42 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre no cabe recurso alguno.
Sevilla, 2 de junio de 2003.- El Delegado, Mariano Pérez de Ayala Conradi.
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