Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 02/07/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N?11 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ejecutivo núm. 210/2000.(PD.2429/2003).

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Procedimiento: Ejecutivos 210/2000.

De: Crediaval, Sociedad de Garantía Recíproca.

Procuradora: Sra. Fernández Pérez, María Dolores.

Contra: D/ña. Antonio Arroyo Escribano, Milagros Guillén Iborra, Rafael Sarriá Fernández y María José Montero Presencio.

Procurador: Sr. y Ramírez Serrano, José Luis.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento ejecutivo 210/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Málaga a instancia de Crediaval, Sociedad de Garantía Recíproca contra Antonio Arroyo Escribano, Milagros Guillén Iborra, Rafael Sarriá Fernández y María José Montero Presencio sobre Juicio Ejecutivo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la Ciudad de Málaga, a quince de enero de dos mil tres.

Vistos por el Iltmo. Sr. don Eusebio Aparicio Auñón, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Once de Málaga, las presentes actuaciones de Juicio Ejecutivo núm./00, seguido a instancias de Crediaval SGR, representada por la Procuradora D.ª María Dolores Fernández Pérez, contra D. Antonio Arroyo Escribano, D.ª Milagros Guillén Iborra, D. Rafael Sarriá Fernández y D.ª María José Montero Presencio, representada esta última por el Procurador D. José Luis Ramírez Serrano, con los siguientes,

F A L L O

Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados por la cantidad de 4.028.087 ptas. (24.209,29 euros) de principal, más 1.500.000 ptas. (9.015,18 euros) presupuestadas para intereses que se determinen en ejecución de sentencia, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación y con su producto hacer pago al actor.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael Sarriá Fernández, extiendo y firmo la presente en Málaga a cinco de junio de dos mil tres.- El/La Secretario.

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