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Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, de la Fundación denominada "Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla" constituida y domiciliada en Sevilla, Plaza de la Contratación, número.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación "Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla", fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 21 de mayo de 2003, otorgada ante don Pedro A. Romero Candau, notario del Ilustre Colegio de Sevilla, y registrada con el número 3.160 de su protocolo, compareciendo en dicho acto como fundador el Sr. don Ramón Con
treras Ramos en nombre y representación, y como Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla.
Segundo. Tendrá según se dispone en sus Estatutos como fines el impulso, canalización y organización de las actividades formativas de toda índole a desarrollar por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla, entre otros.
Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por 30.000 euros, habiendo sido desembolsados en el momento de la constitución el 25% de la cantidad total, ascendiendo este a
7.502,12 euros, depositados en la Entidad BBVA.
Cuarto. El Gobierno, administración y representación de la Fundación, se confio de modo exclusivo a un Patronato, formado por un mínimo de 6 miembros y un máximo de 10, siendo su presidente don Ramón Contreras Ramos, en representación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto
246/2000, de 31 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, las competencias en materia de Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo. Han sido cumplidas las prescripciones de aplicación general relativas a la constitución de las fundaciones recogidas en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y demás normas de general y pertinente aplicación.
En su virtud a propuesta de la Secretaría General Técnica, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí expuestos.
HE RESUELTO
Primero. Reconocer el interés general de la Fundación Privada "Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla", domiciliada en Sevilla, en Plaza de la Contratación.
Segundo. Calificarla como Fundación de carácter Docente y aprobar los estatutos contenidos en las escrituras públicas de fecha 21 de mayo de 2003.
Tercero. Disponer su inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de Carácter Docente.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes
potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Sevilla, 25 de junio de 2003
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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