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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación del expediente sancionador núm. 135/03; incoado a don Francisco Franco Ruiz, con domicilio últimamente conocido en C/ La Plazuela, núm. 3,
4.º D en Alcalá de Guadaíra (Sevilla), significándole que en caso de reconocer voluntariamente su responsabilidad se podrá resolver sin más trámites el procedimiento, con la imposición de la sanción que proceda; en caso contrario, dispondrá de un plazo de 15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen oportunas, y para proponer las pruebas que convengan a su derecho, pudiendo, en el referido plazo, solicitar vista de lo actuado, y advirtiéndole, que de no efectuar alegaciones, el presente escrito puede considerarse como propuesta de resolución a los efectos de los arts. 18 y 19 del R.D. 1398/93.
Sevilla, 18 de junio de 2003.- El Delegado, Francisco Javier Cuberta Galdós.
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