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Intentada la notificación sin haberse podido practicar, de la Resolución del expediente sancionador GR/005/2003 incoado contra Maypa JA, S.L. titular del establecimiento denominado Restaurante La Flor del Mar, que tuvo su último domicilio a efectos de notificaciones en C/ Milagro, 5, de la localidad de
18001-Granada, por infracción a la normativa turística, por medio del presente y en virtud de lo previsto en el artículo.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pública el presente anuncio de somera indicación del contenido del acto, para que sirva de notificación de la Resolución recaída por infracción del artículo.3.h) de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre de la Ley 3/1986 de Inspección y Régimen Sancionador en materia de Turismo.
El plazo para el pago de la sanción impuesta será hasta los días 5 ó 20 del mes siguiente (o el inmediato hábil posterior), según que la notificación se haya producido entre los días 1 y
15, o entre el 16 y último del mes anterior, debiendo personarse en la Delegación Provincial de Turismo y Deporte, sita en Granada, Plaza de la Trinidad, núm., 2.ª planta, para conocer el contenido íntegro de la Resolución y retirar el impreso de liquidación, con la advertencia de que, en caso de no ser ello así, se procederá a su cobro en vía ejecutiva de apremio.
Haciéndose saber que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Consejero de Turismo y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación.
Granada, 1 de julio de 2003.- La Delegada, Rosario González Hernández.
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