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El artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
La Orden de 27 de mayo de 2002, por la que se publica el texto íntegro del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, dispone, en su artículo.2, que, en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, los titulares de los Centros Directivos serán suplidos por quienes designe el titular de la Consejería.
Las vacaciones reglamentarias de los titulares de los órganos Directivos para el año 2003 afectarán, fundamentalmente, al mes de agosto, por lo que procede establecer el régimen de suplencia adecuado durante dicho período.
En su virtud,
DISPONGO
Artículo único. Suplencia durante el mes de agosto de 2003.
1. Durante el período comprendido entre el 1 y el 15 de agosto de 2003, los titulares de los Centros Directivos a que se refiere el artículo 2 de la Orden de 27 de mayo de 2002, por la que se publica el texto íntegro del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, serán suplidos por el titular de la Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios.
2. Durante los días comprendidos entre el 16 y el 31 de agosto de 2003, los titulares de los Centros Directivos a que se refiere el apartado primero de este artículo serán suplidos por el titular de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Sevilla, 14 de julio de 2003
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Justicia y Administración Pública
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