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Por Resolución de esta Delegación del Gobierno de 24 de junio de 2003, se concedió al Ayuntamiento de Pedro Abad, al amparo de lo establecido en la Orden de 9 de enero de 2003, de convocatoria de subvenciones de mejora de infraestructuras municipales, reguladas por la Orden de 6 de febrero de 2002, una subvención por importe de 14.136,46 euros, para sufragar el proyecto de "Adquisición e instalación de climatización en Edificio Municipal de Usos Múltiples".
En fecha 14 de julio de 2003 tiene entrada en esta Delegación del Gobierno oficio remitido por el Ayuntamiento de Pedro Abad, en el que la Sra. Alcadesa pone de manifiesto que no se va a poder realizar la mejora para la que se solicitó subvención, por cuanto parte del Edificio de Usos Múltiples ha sido cedido a la Consejería de Educación y Ciencia para la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria. Lo que implica, además de una renuncia tácita a la citada subvención, la existencia de una modificación en las circunstancias tomadas en consideración para la concesión de la misma.
De conformidad con el artículo 105.d) de la Ley 5/1983 de 19 de julio de Hacienda Pública de la CCAA de Andalucía, es obligación del beneficiario "comunicar a la entidad concedente ...las alteraciones a que se refiere el artículo 110" de la citada Ley; conforme al cual toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, ...podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Circunstancia ésta que deberá constar "en las correspondientes normas reguladoras de la concesión de subven ciones." y que prevé de forma expresa el artículo 16 de la Orden de 6 de febrero de 2002 reguladora de la concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura.
En consecuencia, habiendo cumplido el Ayuntamiento de Pedro Abad la obligación impuesta por el artículo 105.d) de la Ley
5/1983, y habiéndose producido una efectiva modificación de las circunstancias a que se refiere el artículo 110 de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; esta Delegación del Gobierno
RESUELVE
Primero. Modificar, en relación con el Ayuntamiento de Pedro Abad, la Resolución de 24 de junio de 2003, por la que se le concede subvención por importe de 14.136,46 euros para sufragar el proyecto de "Adquisición e instalación de climatización en Edificio Municipal de Usos Múltiples"; en el sentido de quedar dicho Ayuntamiento excluido de la misma.
Segundo. La presente Resolución será publicada en el BOJA y en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, sin perjuicio de su notificación a la Corporación interesada, y comunicada a la Intervención Provincial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Córdoba, 18 de julio de 2003.- El Delegado del
Gobierno, Antonio Márquez Moreno.
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