Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 29/08/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de agosto de 2003, de la Delegación del Gobierno de Huelva, por la que se aprueba el cambio de calificación jurídica de los terrenos municipales de naturaleza comunal que se especifican en bien patrimonial o de propio, del Ayuntamiento de El Almendro.

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Expte: Bienes 53/03.

Examinado el expediente instruido y de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 8 de julio de 2003, se recibe en el Registro General de esta Delegación del Gobierno, expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de El Almendro, de desafectación como bien comunal de la porción de terreno de ciento cincuenta metros cuadrados sitos en el polígono 33 parcela 1 de la finca matriz denominada "Dehesilla Municipal" ubicados en las coordenadas UTM X 653680 y 4153500 H 29 longitud -7? W, 95,

40", latitud 37? N 30 54", quedando calificados como bien patrimonial o de propio.

Segundo. Consta en el expediente acuerdo plenario del día 28 de abril de 2003, adoptado por mayoría absoluta, así como certificación de que los bienes citados se dejaron de utilizar por el común de los vecinos desde hace aproximadamente 28 años, dado que es una tierra poco productiva y de difícil acceso con maquinarias agrícolas. Consta así mismo certificado de la exposición pública del acuerdo durante el plazo de un mes sin que se hayan formulado alegaciones al mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 8 y 100, del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. arts. 47 y 81 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley

6/1983, de 21 de julio, artículo 6 de la Ley 7/99, de 29 de septiembre y demás preceptos de general aplicación.

Segundo. El Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales, en su artículo 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de aprobación de la desafectación de bienes comunales de las Corporaciones Locales.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, he resuelto:

Primero. Aprobar la desafectación como bien comunal de los terrenos municipales identificados en el antecedente de hecho primero de la presente Resolución, para su conversión en bien patrimonial, del Ayuntamiento de El Almendro.

Segundo. Notificar dicha aprobación al Ayuntamiento de El Almendro.

Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse el recurso de alzada del art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Huelva, 13 de agosto de 2003.- El Delegado Accidental del Gobierno, Justo Mañas Alcón.

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