Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 03/09/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE DALIAS

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Jerónimo Robles Aguado, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Dalías, hace saber:

Que, por Decreto de fecha diecinueve de agosto de 2003, se procede a convocar pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de personal funcionario de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Escala Básica del Cuerpo de la Policía Local, categoría de Policía correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2002 por el sistema de oposición libre, así como las correspondientes bases, cuyo tenor literal es el siguiente:

BASES QUE HABRAN DE REGIR PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DOS PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA BASICA DE LA POLICIA LOCAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

Base I. Plazas que se convocan y dotación.

Se efectúa la presente Convocatoria a fin cubrir en propiedad dos Plazas de Personal Funcionario de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Escala Básica del Cuerpo de la Policía Local, categoría de Policía, que se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo Público aprobada para el Ejercicio 2002 en la sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno el día de fecha 2 de octubre de 2002 relativo a la aprobación de la plantilla de personal y catálogo de puestos de trabajo y de 7 de diciembre de 2002 con aprobación de la Oferta de Empleo Público y presupuesto para

2002.

De conformidad con lo establecido en el art. 45 de la Ley

13/2001 de 24 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, las citadas plazas se cubrirán mediante el sistema de oposición libre, sin reserva de plazas para movilidad por cuanto, en aplicación de dicho precepto, el porcentaje de reserva no alcanza número entero.

Las citadas plazas se encuentran dotadas con las retribuciones básicas establecidas en el art. 19 de la citada Ley de Coordinación de las Policías Locales y las complementarias que se detallan en la Relación de Puestos de Trabajo que este Ayuntamiento aprueba anualmente.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad vigente.

La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en su defecto, se estará a lo establecido en la Ley 13/2001 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Orden de 14 de noviembre de 2000 y Orden de 14 de febrero de 2002 por la que se modifica parcialmente la anterior, que regulan las pruebas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local y demás legislación complementaria sobre esta materia.

Base II. Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes deberán, para ser admitidos y en su caso realizar las pruebas selectivas, reunir los siguientes requisitos, referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido los 35.

c) Tener una estatura mínima de 1,70 m si se es hombre, y 1,65 m si se es mujer. Los aspirantes que ya sean funcionarios de carrera de un Cuerpo de Policía Local de Andalucía, estarán exentos de cumplir este requisito, de conformidad con el art.

42.5 de la Ley 13/2001 (art. 18.1.c) del Decreto 201/2003).

d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller, Técnico Superior de Formación

Profesional o equivalente, según determina el art. 38 en relación con la Disposición Transitoria Primera de la Ley

13/2001 de 24 de diciembre y el art. 18.1.e).3 del Decreto

201/2003.

f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones públicas, no obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo

justifica.g) Estar en posesión de los permisos de conducir clases A y B + BTP o sus equivalentes.

h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

i) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el Curso de Ingreso para la categoría de Policía en la Escuela de Policía Local de Almería, salvo el de estatura que lo será en la prueba de examen médico.

Base III. Solicitudes.

Quienes reuniendo los requisitos exigidos deseen tomar parte en esta Convocatoria, deberán hacerlo constar mediante solicitud (según Anexo) dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos señalados en la Base II que se entregarán en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante cualquier medio de los establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de

26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los derechos de examen que ascienden a 30 E podrán ingresarse en la

Tesorería Municipal o en el número de cuenta de Cajamar

3058/0008/03/2732000039 en el que deberá figurar necesariamente nombre, apellidos y número de Documento Nacional de Identidad del aspirante, así como denominación de las plazas a que se opta. El justificante se acompañará a la solicitud de

participación.

El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Para el supuesto de que el plazo finalice en domingo o festivo se ampliará el plazo al día inmediato hábil siguiente.

Base IV. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el BOP de Almería, exponiéndose además en el tablón de anuncios de este

Ayuntamiento.

A los aspirantes que resulten excluidos se les concederá un plazo de diez días para subsanaciones. Los errores materiales o de hecho podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el art.

105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Base V. Tribunal Calificador.

Junto a la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se publicará el Tribunal Calificador, quedando constituido por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante designado por la Junta de Andalucía.

- Un Concejal designado por los Grupos Políticos de oposición municipal.

- Un Funcionario de Carrera o en su defecto un Técnico o experto designado por la Alcaldía-Presidencia.

- Un Funcionario de Carrera a propuesta de los Representantes de Personal.

- Vocal designado por la Jefatura Provincial de Tráfico.

Secretario: El Secretario del Ayuntamiento o Funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

Los Vocales deberán tener titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas objeto de la Convocatoria, debiendo designarse suplentes para cada uno de los miembros quienes deberán reunir los mismos requisitos. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se

limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, el Secretario y dos Vocales. Les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá proponer para su nombramiento un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran algunas de las

circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir asistencias por la efectiva

concurrencia a las sesiones que celebre el órgano de selección, con el límite de una asistencia por día, cualquiera que sea el número de sesiones que se celebren en un mismo día y gastos de desplazamiento en su caso. A tales efectos, el Tribunal se clasifica en la categoría tercera del R.D. 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio. Dichas percepciones se satisfarán con cargo a la recaudación obtenida por derechos de examen, y en cuanto fueren insuficientes, con cargo al Presupuesto Municipal.

Base VI. Comienzo, orden de actuación y anuncios.

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar simultáneamente, será el alfabético que resulte de comenzar por la letra "A" el primer apellido.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

La fecha, lugar y hora fijada para el comienzo del primer ejercicio se publicará el BOP de Almería. La publicación de los restantes ejercicios se efectuará en el local donde se haya celebrado el último ejercicio y/o en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Base VII. Desarrollo y sistema de calificación de los procesos selectivos.

Se establece como sistema de selección el de oposición libre, de conformidad con el art. 41.1 de la Ley 13/2001 en relación con el art. 4.2 del Decreto 201/2003, que constará de los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

ANEXO I

Primer ejercicio: Pruebas de aptitud física.

Previo al comienzo de las pruebas de que consta este Ejercicio, los aspirantes deberán exhibir al Tribunal Calificador

originales de los permisos de conducir que se exigen para participar en la Convocatoria, someterse a la prueba de estatura mínima exigida y deberán entregar un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas

deportivas. Si alguna de las aspirantes en la fecha de

celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento, circunstancia que la aspirante deberá comunicar inmediatamente al Tribunal. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.

Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas.

a) Estas pruebas se realizarán por el orden que se relacionan en el Anexo I y cada uno de ellos es eliminatorio para pasar al siguiente.

b) Las marcas mínimas deberán ser revisadas y contrastadas por el técnico municipal.

c) La calificación será de apto o no apto.

Segundo ejercicio: Pruebas médicas.

ANEXO II

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS

Vendrán determinadas según el cuadro de exclusiones médicas que se establece para el ingreso en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía que figura como Anexo II.

Los aspirantes aportarán en el momento de someterse al

reconocimiento médico resultados de la analítica de sangre y orina que se define en el citado Anexo II.

La calificación será de apto o no apto, en virtud del informe médico emitido al efecto.

Tercer ejercicio: Pruebas psicotécnicas.

Constará de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican y en los que a los aspirantes se les exigirá, en todos y cada uno de ellos, una puntuación igual o superior al percentil 50, según baremos para los Cuerpos de Seguridad:

Intelectuales: Nivel intelectual con un coeficiente de

inteligencia general, igual o superior al percentil 50.

Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal,

razonamiento verbal y espacial, memoria, resistencia a la fatiga, comprensión de órdenes y capacidad de reacción

sensoriomotora.

Características de la personalidad: Ausencia de rasgos

psicopatológicos, adaptación personal y social normalizada.

Además se valorarán la motivación psicosocial del sujeto y sus expectativas relacionadas con el puesto de trabajo, intereses y preferencias profesionales hacia el mismo, la capacidad de afrontamiento al estrés, y que su perfil de personalidad no presente dificultades de asimilación y acomodación a la representación de la autoridad.

La interpretación de los resultados irá acompañada de una entrevista que los confirme.

La calificación será de apto o no apto.

Cuarto ejercicio: Prueba de conocimientos.

Constará de dos partes:

1.ª parte. Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar un test relativo al contenido de los temas comprendidos en el temario Anexo III. Los aspirantes dispondrán para su

realización un tiempo mínimo de 3 horas.

2.ª parte. Supuesto práctico: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico cuyo contenido estará

relacionado con el temario y durante el tiempo mínimo de 2 horas. Se valorarán los conocimientos del tema, la claridad, limpieza y corrección que presente el escrito.

Se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener 5 puntos en ambos ejercicios.

La calificación final será el resultado de sumar las

puntuaciones obtenidas en ambas pruebas y dividirlas por dos.

Base VIII. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Realizadas las pruebas selectivas y calificadas las mismas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación en cada uno de los turnos de acceso sin que en ningún caso puedan exceder éstos el número de plazas convocadas y se elevarán dichas relaciones a la Alcaldía proponiéndole el nombramiento de los aprobados con las siguientes peculiaridades:

Los aspirantes propuestos, serán nombrados Funcionarios en prácticas, los cuales para obtener el nombramiento de

Funcionarios de Carrera deberán superar el Curso de Ingreso para la categoría de Policía en la Escuela de Policía Local que emitirá un informe académico del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de las pruebas de ingreso.

Los funcionarios en prácticas tendrán derecho a las

retribuciones establecidas en la normativa vigente, a recibir una formación adecuada para el mejor ejercicio de la actividad policial, que desarrollarán una vez adquirida la condición de funcionarios de carrera y estarán obligados a seguir el Curso con total dedicación y aprovechamiento.

La no incorporación o el abandono del curso, sin causa

justificada, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, debiendo nuevamente superar las pruebas de selección.

Base IX. Impugnaciones e incidencias.

La Convocatoria, sus bases y los actos administrativos que se deriven, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y casos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten durante el desarrollo de los

ejercicios y para adoptar las resoluciones necesarias para el buen orden de la oposición y cuantos incidentes se presenten que no estén previstos en las presentes Bases.

ANEXO I

CUADRO DE PRUEBAS DE APTITUD FISICA QUE REGIRAN PARA ACCESO A LOS CUERPOS DE LA POLICIA LOCAL DE ANDALUCIA, CATEGORIA DE POLICIA

(Orden de 14 de noviembre de 2000, BOJA núm. 144)

Fuerza flexora:

a) Hombres: Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimientos de piernas.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan realizar un mínimo de 8

flexiones quedarán eliminados.

b) Mujeres: El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente

extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella.

Dos intentos.

Las aspirantes que no consigan mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos quedarán eliminadas.

Salto vertical (hombres y mujeres).

Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 cm de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan alcanzar el mínimo exigido, 52 centímetros para los hombres y 40 centímetros para las mujeres, en los intentos de que disponen, serán eliminados.

Salto de longitud.

Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según el Reglamento de Atletismo.

Dos intentos.

Los aspirantes tendrán que superar 4,5 m los hombres y 3,80 m las mujeres.

Salto de altura.

1,30 metros para los varones y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el Reglamento de Atletismo.

Dos intentos.

Carrera de velocidad (60 m).

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.

Dos intentos.

Marcas mínimas: 8"50 para los hombres y 9"50 para las mujeres.

Carrera de resistencia sobre 2.000 metros.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.

Un intento.

Marcas mínimas: 800 minutos para hombres y 900 minutos para mujeres.

Los aspirantes que no consigan estos tiempos mínimos exigidos serán eliminados.

ANEXO II

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS QUE REGIRA PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE LA POLICIA LOCAL DE ANDALUCIA

(Orden de 14 de noviembre de 2000, BOJA núm. 144)

1. Talla: Estatura mínima: 1,70 m los hombres, 1,65 m las mujeres.

2. Obesidad-delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal,

calculado según la fórmula siguiente:

P.I. = [(talla en cm _ 100) + edad/4 ] x 0,9

3. Exclusiones definitivas.

3.1. Ojo y visión:

3.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

3.1.2. Desprendimiento de retina.

3.1.3. Estrabismo.

3.1.4. Hemianopsias.

3.1.5. Discromatopsias.

3.1.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

3.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.

3.3. Otras exclusiones:

3.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.3. Aparato cardio-vascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

3.3.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los

inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función policial.

Estas exclusiones médicas se garantizarán con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítico de sangre y orina...) del siguiente tenor.

Los aspirantes deberán aportar el día que sean citados a fin de realizar el segundo ejercicio las siguientes pruebas:

Analítica de orina: Sedimento y anormales.

Analítica de sangre: Hemograma completo, VSG, Glucosa, Urea, Acrico, Creatinina, HDL-Colesterol total, Triglicéridos, Bilirrubina T., Bilirrubina D, Fosfatasa alcalina, GOT, GPT, GGT, Amilasa, Hierro, Proteinograma, Pruebas de coagulación, Plaquetas, Mantoux.

ANEXO III

PROGRAMA

(Orden de 14 de noviembre de 2000, BOJA núm. 144)

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 2. La Corona, funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

Tema 3. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones del Estado, Autónoma, Local e Institucional.

Tema 4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y

disposiciones generales.

Tema 5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

Tema 7. Relaciones de la Junta de Andalucía, con la

Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Tema 8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

Tema 9. Los actos administrativos: Concepto y clases.

Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

Tema 10. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales.

Tema 11. La organización territorial del Estado: La Provincia y el Municipio.

Tema 12. La Administración Local: Autonomía de los Entes Locales. Principios constitucionales de la Administración Local.

Tema 13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

Tema 14. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencia de los Entes Locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

Tema 15. La Función Pública Local: Concepto. Clases.

Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Especial referencia a los Policías Locales. Derechos, deberes e

incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

Tema 16. La actividad de las Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La Ley

13/2001 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Tema 17. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.

Tema 18. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.

Tema 19. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la

urbanización. Población y grupo social.

Tema 20. La sociedad de masas. Características.

Tema 21. Características poblacionales, urbanas y rurales del Municipio. Centros y establecimientos de interés policial.

ANEXO IV

MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR COMO

ASPIRANTE EN LA CONVOCATORIA

D./D.ª ............... con NIF núm. ....... domicilio en

Localidad .......... Provincia ........ Teléfono núm.

Fecha de nacimiento ...................

EXPONE: Que teniendo conocimiento de la Convocatoria Pública (BOE núm. ........ de fecha .................) efectuada por el Ayuntamiento de Dalías (Almería), a fin de cubrir en propiedad dos plazas de Personal Funcionario de la Escala de

Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Escala Básica del Cuerpo de la Policía Local, categoría de Policía y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases que rigen la misma (BOP Almería núm. .......... de fecha ............ y BOJA núm. ......... de fecha ).

SOLICITO: Ser considerado aspirante admitido en la citada Convocatoria.

Dalías, ........ de .................. de 2003.

Fdo.: ................................SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE DALIAS (ALMERIA).

Dalías, 25 de agosto de 2003.- El Alcalde-Presidente, Jerónimo Robles Aguado.

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