Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 11/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 21 de julio de 2003, por la que se concede autorización para ampliación de puestos escolares y cambio de domicilio, al Centro Docente privado extranjero Colegio Británico de Córdoba.

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Visto el expediente presentado por don Fernando Ortiz Rodríguez, como representante de la entidad Colegio Británico de Córdoba, S.A., titular del Centro Docente privado "Colegio Británico de Córdoba", sito en Córdoba, calle Camino de la Barca, s/n, solicitando ampliación de puestos escolares y cambio de domicilio, para impartir las enseñanzas correspondientes al Sistema Educativo Británico.

Resultando que el citado Centro, tiene autorización para impartir enseñanzas desde el curso Nursery (3 años) hasta el curso Year 9 (14 años), conforme al Sistema Educativo Británico a alumnos españoles y extranjeros para 200 puestos escolares, por Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 1 de junio de 2000 (BOJA de 8 de julio) y por Orden de 10 enero de

2001 (BOJA de 22 de febrero) por la que se concedía una prórroga en sus enseñanzas.

Vistos:

- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

- Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Real Decreto 1004/91, de 14 de junio (BOE del día 27), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros, que imparten enseñanzas de Régimen General no universitarios.

- Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998 de 16 de febrero y el Real Decreto 835/2002 de 2 de agosto que modifica los Reales Decretos 986/1991 y 1004/1991.

- Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE del 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España, y demás normas de aplicación.

- Orden de 30 de abril de 1996, por la que se adecuan a la nueva ordenación educativa determinados criterios en materia de homologación de Títulos y estudios extranjeros de niveles no universitarios y se fija el régimen de equivalencias con los correspondientes españoles.

- Orden ECD/3305/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifican las de 14 de marzo de 1998 y de 30 de abril de 1996, para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de Títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria (BOE de 28 de diciembre).

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España y del Servicio de Inspección Educativa de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia, ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, la autorización de ampliación de puestos escolares y el cambio de domicilio al Centro Docente privado extranjero "Colegio Británico de Córdoba", para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico y de Lengua y Cultura españolas y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro Docente Privado Extranjero en España.

Denominación Específica: "Colegio Británico de Córdoba."

Titular: Colegio Británico de Córdoba, S.A.

Domicilio: Calle México, 4.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Código del Centro: 14000173.

Enseñanzas a impartir:

- Nursery: Early Years, Reception y Year 1 (Educación

Infantil): 5 unidades. Capacidad: 80 puestos escolares.

- Del Year 2 al Year 7 (Educación Primaria): 6 unidades. Capacidad: 110 puestos escolares.

- Del Year 8 al Year 11 (ESO de 1.? a 4.?): 4 unidades. Capacidad: 70 puestos escolares.

- Del Year 12 al Year 13 (Bachillerato 1.? y 2.?): 2 unidades. Capacidad: 80 puestos escolares.

Capacidad total del Centro: 340 puestos escolares.

Segundo. El Centro Docente privado extranjero "Colegio

Británico de Córdoba" deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura Española y podrá acoger a alumnos españoles y extranjeros.

Tercero. La enseñanza de Lengua Española deberá impartirse con el mismo diseño y horario que establecen los Decretos de enseñanzas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulados en los Decretos 107/1992, de 9 de junio, 105/1992, de 9 de junio,

106/1992, de 9 de junio, y Decreto 148/2002 que modifica el Decreto 106/1992, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las Areas de Conocimiento del Medio y de Ciencias Sociales, recogidos en los Decretos, anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización a instancias del "The British Council", tendrá autorización plena de 260 puestos escolares para impartir enseñanzas desde el curso Nursery (3 años de edad) al curso Year 11 (16 años de edad), y una autorización temporal para los cursos Year 12 y Year 13 (17 y 18 años de edad) con validez hasta el 18 de marzo del 2005.

Quinta. La presente autorización dará lugar a la

correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 21 de julio de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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