Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 12/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 1 de septiembre de 2003, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se delegan las competencias para la realización del cotejo, autentificación de copias, y devolución de los originales a los interesados de aquellos documentos que se presenten.

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Al objeto de facilitar la descentralización, mayor eficacia en la gestión de los servicios y posibilitar el acercamiento de las políticas y competencias de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a los ciudadanos se constituyen los Consorcios para las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Tecnológico y Local.

Para hacer efectivas las funciones de recepción y entrega de documentación que se encomiendan a dichos Consorcios en localidades distintas a las sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Granada, y de conformidad con el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, se otorga potestad a esta Secretaría General para delegar en los Directores de los respectivos Consorcios la facultad de autenticar las copias de la documentación recibida.

En base a lo que antecede, de conformidad con el art. 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 23 in fine del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, así como la Instrucción 1/2003, de 6 de mayo de 2003 de la Secretaría General Técnica sobre normas de registro.

R E S U E L V O

Primero. Delegar en los Directores/as de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico que figuran en el anexo de esta resolución, las facultades reseñadas en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos.

Segundo. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa, en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 1 de septiembre de 2003.- El Secretario General, Damián Carvajal Ramírez.

A N E X O

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Alfacar, Beas de Granada, Calicasas, Cogollos Vega, Güevéjar, Huétor Santillán, Nívar y Viznar.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Alhama de Granada, Arenas del Rey, Cacín, Jayena, Santa Cruz del Comercio y Zafarraya.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Río Verde.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT del Marquesado de Granada.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Agrón, Alhendín, Armilla, Churriana de la Vega, Escúzar, La Malahá, Las Gabias, Ogíjares, Otura y Ventas de Huelma.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Albolote, Atarfe, Jun, Moclín, Peligros, Pinos Puente y Pulianas.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Baza, Benamaurel, Caniles, Cortes de Baza, Cuevas del Campo, Cúllar, Freila y Zújar.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Alpujarra de la Sierra, Bérchules, Cádiar, Juviles, Lobras, Murtas, Nevada, Turón y Válor.

-Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Alicún de Ortega, Beas de Guadix, Benalúa, Cortes y Graena, Darro, Dehesas de Guadix, Diezma, Fonelas, Gor, Gorafe, Guadix, La Peza, Lugros, Marchal, Polícar, Purullena, Valle del Zalabí y Villanueva de las Torres.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de la Comarca de Huéscar.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Benalúa de las Villas, Campotéjar, Colomera, Deifontes, Gobernador,

Guadahortuna, Huélago, Iznalloz, Montejícar, Montillana, Morelabor, Pedro Martínez, Píñar y Torrecardela.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Cájar, Cenes de la Vega, Dílar, Dudar, Gójar, Güéjar Sierra, Huétor Vega, La Zubia, Monachil, Pinos Genil y Quéntar.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Algarinejo, Huétor Tájar, Illora, Loja, Montefrío, Moraleda de Zafayona, Salar y Villanueva de Mesía.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Albondón, Albuñol, Gualchos, Itrabo, Los Guájares, Lújar, Molvizar, Motril, Polopos, Rubite, Salobreña, Sorvilán y Vélez Benaudalla.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Almegíjar, Bubión, Busquistar, Cáñar, Capileira, Carataunas, Cástaras, La Taha, Lanjarón, Orgiva, Pampaneira, Pórtugos, Soportújar, Torvizcón y Trevélez.

- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Albuñuelas, Dúrcal, El Pinar, El Valle, Lecrín, Nigüelas, Padul y

Villamena.- Director/a del Consorcio para la UTEDLT de Santa Fe.

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