Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2003

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Otros. CONSORCIO DE TRANSPORTES. AREA DE SEVILLA

ANUNCIO de delegación de competencias. (PP. 3818/2002).

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En virtud de acuerdo adoptado por el Consejo de Administración del Consorcio de Transportes del Area de Sevilla, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de diciembre de 2002, aprobando la distribución de competencias interorgánicas por asunción de atribuciones al Consorcio mediante Orden de 4.9.02 (BOJA núm., de 14.9.02) de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en materia de transporte público regular permanente de viajeros por carretera de uso general, se hacen públicos los siguientes acuerdos de delegación:

Primero. Respecto a los servicios de transporte regular de viajeros prestados en concesiones incluidas en su totalidad en el ámbito territorial del Consorcio de Transportes del Area de Sevilla a que se refiere el apartado Primero del Anexo I de la Orden de 4.9.02 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes:

A) Delegar en el Comité Ejecutivo las siguientes competencias:

- Régimen tarifarlo y la determinación y abono por el Consorcio de las compensaciones que, en su caso, haya de percibir el concesionario en función del título concesional.

- Creación, modificación o supresión de líneas o servicios.

- Transmisión de concesiones.

- Unificación de concesiones.

- Extinción de concesiones.

B) Delegar en el Director Gerente las siguientes competencias:

- Modificación de tráficos.

- Modificación de itinerarios, expediciones, calendarios y horarios.

- Determinación de lugares de paradas.

- Adscripción de material móvil a la concesión.

Segundo. Respecto a los servicios de transporte regular de viajeros prestados en concesiones que exceden del ámbito territorial del Consorcio de Transportes del Area de Sevilla a que se refiere el apartado segundo del Anexo I de la Orden de

4.9.02 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes:

A) Delegar en el Comité Ejecutivo:

- Régimen tarifario y la determinación y abono por el Consorcio de las compensaciones que, en su caso, haya de percibir el concesionario en función del título concesional, sin perjuicio de la competencia de la Junta de Andalucía sobre la tarifa participe de empresa del conjunto de la concesión.

B) Delegar en el Director Gerente las siguientes competencias:

- Modificación de itinerarios, expediciones, calendarios y horarios.

- Creación, modificación o supresión de líneas o servicios.

- Modificación de tráficos.

- Determinación de lugares de paradas.

Tercero. Respecto al establecimiento de nuevos servicios de transporte público regular permanente de viajeros por carretera de uso general a que se refiere el apartado Tercero del Anexo I de la Orden de 4.9.02 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes:

A) Delegar en el Comité Ejecutivo las siguientes competencias:

- Régimen tarifario y la determinación y abono por el

Consorcio de las compensaciones que, en su caso, haya de percibir el concesionario en función del título concesional, sin perjuicio de la competencia de la Junta de Andalucía sobre la tarifa participe de empresa del conjunto de la concesión.

B) Delegar en el Director Gerente las siguientes competencias:

- Modificación de itinerarios que transcurran en el ámbito del Consorcio.

- Determinación de lugares de paradas para las ubicadas dentro del ámbito del Consorcio.

Lo que se hace público en virtud de lo establecido en el art.

27 de los Estatutos del Consorcio en consonancia con lo dispuesto en el art. 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 13 de diciembre de 2002.- El Secretario General del Consorcio, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero.

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