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El Decreto 267/2003, de 30 de septiembre (BOJA núm. 191, de
3 de octubre), por el que se dispone la emisión de Deuda Pública Anotada de la Junta de Andalucía, autoriza en su Disposición Final Primera a la Consejera de Economía y Hacienda a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución del referido Decreto.
En su virtud, en uso de la autorización conferida, D I S P O N G O
Las condiciones de la Emisión de Deuda Pública Anotada acordada mediante el mencionado Decreto 267/2003 se concretan en las siguientes:
1. Importe: 250.000.000 euros.
2. Plazo: 10 años.
3. Fecha de emisión: 10 de octubre de 2003.
4. Cupón anual: 4,30%.
5. Fecha de pago del primer cupón: 10 de octubre de 2004.
6. Fecha de vencimiento: 10 de octubre de 2013.
7. Precio de emisión: 99,473%.
8. TIR de emisión: 4,3787%.
9. Comisión: 0,10% sobre el importe nominal de la emisión.
10. Precio total deducida comisión: 99,373%.
11. Amortización a la par, por su valor nominal.
12. Segregabilidad: La deuda que se emita tendrá carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
267/2003, de 30 de septiembre.
13. Liquidación y compensación: Central de Anotaciones en Cuenta del Banco de España.
14. Entidades Directoras: Caja Madrid, Crédit Agricole Indosuez, y Depfa Bank Plc.
Disposición Final Unica. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de octubre de 2003
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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