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Por el Ayuntamiento de Antas (Almería) fueron ofrecidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía dos parcelas del paraje Huerto de Antas de dicho municipio, ubicadas actualmente entre sus calles Maestro Padilla, Juan Carlos I y Triana, con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria.
Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 7 de enero de 2003.
D I S P O N G O
Primero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Antas (Almería) de las siguientes fincas, que obran inscritas en el Registro de la Propiedad de Vera a favor del Ayuntamiento de Antas:
- Parcela urbana núm. 11, de la parcelación de la finca matriz en Antas, con superficie de 5.000 m2. Linda: Norte, Este y Sur con calles en proyecto; y, Oeste, don José García Martínez y otros y parcela núm. 12. Inscrita al folio 140 del tomo 1.093, libro 140, finca núm. 11.717.
- Parcela urbana núm. 12, de la parcelación de la finca matriz en Antas, con superficie de 510,63 m2. Linda: Norte, doña Fuencisla García Martínez; Este, parcela núm. 11; Sur, calle en proyecto y resto de finca matriz; y, Oeste, parcela catastral núm. 495. Inscrita al folio 141 del tomo 1.093, libro 140, finca núm. 11.718.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las parcelas donadas, que se adscriben a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el presente Decreto.
Sevilla, 7 de enero de 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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