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En fecha 9 de octubre de 2003 se ha dictado la siguiente Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Sevilla.
"RESOLUCION DE 9 DE OCTUBRE 2003, DE LA DELEGACION PROVINCIAL EN SEVILLA DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISION DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUMERO SIETE DE SEVILLA EN EL RECURSO NUM. 470/2003, INTERPUESTO POR DON RAFAEL DIAZ MOLINI Y OTRA Y SE NOTIFICA A LOS POSIBLES INTERESADOS LA INTERPOSICION DEL MISMO
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Siete de Sevilla, se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso núm.
470/2003, interpuesto por don Rafael Díaz Moliní y otra, contra la Resolución de esta Delegación Provincial de Educación y Ciencia de 5 de septiembre de 2003, relativa a la escolarización de su menor hija en 1.? de Educación Primaria en el Colegio Privado Concertado "Santa Joaquina de Vedruna" de Sevilla y para que se realizasen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional. Sevilla, 9 de octubre de 2003.- La Delegada Provincial, Elena Nimo Díaz."
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo número 470/2003.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Sevilla, 9 de octubre de 2003.- La Delegada, Elena Nimo Díaz.
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