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En evitación de la posible inseguridad jurídica que se pudiese crear a aquellas personas que superasen las pruebas selectivas para cubrir las cuatro plazas de Policía ofertadas desde este Iltre. Ayuntamiento de El Carpio, a requerimiento de la Delegación del Gobierno, se procede a rectificar en las bases que regirán su convocatoria, bases publicadas en el BOP núm. 136 de 15 de octubre y en el BOJA 201 de 20 de octubre de
2003, ello de acuerdo con lo dispuesto en el art. 14 del R.D.
201/2003 y en los términos que en cursiva se detallan: Base 13.ª Período de práctica y formación. ...///...
13.3 La no incorporación al curso o el abandono del mismo, solo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias que lo impidan, debidamente justificadas y apreciadas por el Alcalde, ...///...
13.5. Cuando los alumnos no hayan superado el curso, a la vista del informe remitido por la ESPA, repetirán el curso siguiente que, de no superar, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos en la fase anterior.
Lo que se publica para general conocimiento.
El Carpio, 31 de octubre de 2003.- El Alcalde, Alfonso Benavides Jurado.
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