Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

ANUNCIO de bases.

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Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).

Hace saber: Que la Comisión Municipal de Gobierno en sesión celebrada el día veintinueve de septiembre de 2003, adoptó entre otros el acuerdo de efectuar convocatoria pública a fin de funcionarizar las plazas previstas en el Plan de Empleo aprobado para el ejercicio 2003, que habrá de regirse por las siguientes

BASES QUE HABRAN DE REGIR EL PROCESO DE FUNCIONARIZACION PREVISTO EN EL PLAN DE EMPLEO DE ESTE AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR (ALMERIA)

Base I. Objeto de la convocatoria.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria

15.ª de la Ley 30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, determinados puestos de trabajo de personal laboral, se han adscrito a las Escalas, Técnica, Administrativa y Auxiliar en la vigente Relación de Puestos de Trabajo, por corresponder su desempeño a Personal Funcionario, medida ésta que afecta a las plazas objeto de esta convocatoria, cuya clasificación se define en cada uno de los Anexos correspondientes, encontrándose afectados los siguientes: 1 plaza de Técnico Superior de Informática, 1 plaza de Técnico de Gestión de Deportes, 4 plazas de Trabajador Social, 3 plazas de Administrativos, 34 plazas de Auxiliar Administrativo y 1 plaza de Auxiliar de Clínica.

De conformidad con lo expuesto, se efectúa la presente convocatoria para la selección mediante el sistema de concurso de los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos para acceder a cada una de las plazas objeto de la convocatoria y sean Personal Laboral Fijo o Indefinido en el ámbito de esta Entidad Local se interesen en acceder a la condición de Personal Funcionario.

Las plazas objeto de la convocatoria se encuentran dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a los grupos de clasificación que se definen en los Anexos correspondientes y las retribuciones complementarias que le correspondan con arreglo a la RPT que este Ayuntamiento aprueba con carácter anual y régimen retributivo vigente.

Base II. Requisitos que habrán de reunir todos los aspirantes.

Referido al día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser personal laboral fijo o indefinido de esta Entidad Local.

b) Estar en posesión de los títulos académicos exigidos para acceder a las plazas a que se opte, que se especifican en los Anexos.

c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Base III. Solicitudes.

Quienes reuniendo los requisitos exigidos deseen tomar parte en esta Convocatoria, deberán hacerlo constar mediante solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos señalados en la base II y se entregarán en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante cualquier medio de los

establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, los derechos de examen que ascienden a 12,00 E podrán ingresarse en la Tesorería Municipal o en el número de cuenta de Cajamar

3058/0040/30/2732000053 en el que deberá figurar necesariamente nombre, apellidos y número de documento nacional de identidad del aspirante, así como denominación de la/s plaza/s a que se opta.

El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", para el supuesto de que el plazo finalice en domingo o festivo se ampliará el plazo al día inmediato hábil.

A la solicitud deberán adjuntarse los documentos debidamente diligenciados que deban ser tenidos en cuenta para la fase de concurso de méritos, así como certificación que acredite la condición de personal laboral fijo o indefinido y antig?edad.

Base IV. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para cada una de las plazas convocadas que se publicará en el BOP de Almería, exponiéndose además en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, a los aspirantes que resulten excluidos se les concederá un plazo de diez días para subsanaciones, los errores materiales o de hecho podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Base V. Tribunal Calificador.

Junto a la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se publicará el Tribunal Calificador, quedando constituido por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Personal o Concejal en quien delegue.

- Un representante designado por la Junta de Andalucía.

- Un Funcionario de Carrera a propuesta de la Junta de

Personal.

- El Jefe del Servicio.

- Un Funcionario o Técnico designado por la Alcaldía.

Secretario: El Secretario del Ayuntamiento o Funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

Los Vocales deberán tener titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas objeto de la convocatoria, debiendo designarse suplentes para cada uno de los miembros quienes deberán reunir los mismos requisitos. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se

limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia de dos Vocales, el Secretario y el Presidente, les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá proponer para su nombramiento un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran algunas de las

circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir

asistencias por la efectiva concurrencia a las sesiones que celebre el órgano de selección, con el límite de una asistencia por día, cualquiera que sea el número de sesiones que se celebren en un mismo día y gastos de desplazamiento en su caso. A tales efectos, los Tribunales se clasificarán en las

categorías que correspondan según los grupos de clasificación de las plazas de conformidad con lo establecido en el R.D

462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio, tales percepciones se satisfarán con cargo a la recaudación obtenida por derechos de examen, y en cuanto fueren insuficientes, con cargo al Presupuesto Municipal.

Base V. Procedimiento de selección de los aspirantes.

Se establece como sistema de selección el de concurso de méritos.

El orden de actuación de los aspirantes, será el alfabético que resulte de comenzar por la letra "H" el primer apellido, según sorteo público celebrado el día 1 de julio de 1998.

PROCESO DE SELECCION: FASE DE CONCURSO

Consistirá en la valoración de los méritos alegados y

debidamente justificados documentalmente junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo que se establece:

- Antigüedad: Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, acreditados mediante certificación expedida por la Secretaría General, 0,17 puntos por mes, hasta un máximo de 4 puntos.

- Por Trabajo Desarrollado: Según el Nivel de Complemento de Destino correspondiente al puesto de trabajo que ocupe el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación: Hasta el Nivel de Complemento de Destino 12, 0,6 puntos; por cada unidad de nivel que excede de 12: 0,5 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

- Cursos de Formación: Por haber superado con aprovechamiento algún curso o jornadas de formación o capacitación organizados por la Administración Pública Central, Autonómica o Local, u organismo público, 0,4 puntos por curso, hasta un máximo de 2 puntos.

- Por otros méritos acreditados por los aspirantes y valorados a criterio del Tribunal, hasta 1 punto.

La puntuación que alcance cada aspirante será el resultado de sumar las obtenidas en cada apartado y determinará la prelación para cada plaza convocada.

Base VI. Relaciones de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.

Finalizados los procesos de selección, el Tribunal elevará a la Alcaldía-Presidencia para su nombramiento como Funcionario de Carrera en las Escalas y Subescalas que correspondan, la relación de aspirantes por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos al número de plazas convocadas.

Los aspirantes propuestos deberán presentar durante el plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos que acrediten cumplir los requisitos exigidos para acceder a la plaza, quedando exentos de

presentarse aquellos que ya obren en sus expedientes personales y administrativos.

Si dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen tal documentación, decaerán en sus derechos, no pudiendo ser nombrados, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Recibida notificación del nombramiento efectuada por la Alcaldía, los aspirantes aprobados deberán tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la notificación, decayendo en sus derechos si no lo hicieren, salvo caso de fuerza mayor o causa justificada apreciados libremente por la Comisión de Gobierno.

Base VII. Legislación supletoria.

Resultan de aplicación la Ley 7/1985 de 2 de abril, el R.D.L.

781/86 de 18 de abril, la Ley 30/1984 de 2 de agosto, el R.D.

364/1995 de 10 de marzo, el R.D. 896/1991, de 7 de junio y demás legislación vigente y complementaria sobre esta materia.

ANEXO I

Plaza convocada: Técnico Superior de Informática.

Grupo de clasificación: A.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Superior.

Dotación: 1 plaza.

a) Titulación Académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de

finalización de presentación de solicitudes el título de Licenciado en Informática.

ANEXO II

Plaza convocada: Técnico Gestión.

Grupo de clasificación: B.

Escala: Administración General.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico de Gestión.

Dotación: 1 plaza.

a) Titulación académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de

finalización de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario.

ANEXO III

Plaza convocada: Trabajador Social

Grupo de clasificación: B.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnico de Grado Medio.

Denominación: Trabajador Social.

Dotación: 4 plazas.

a) Titulación académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de

finalización de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario en Trabajo Social.

ANEXO IV

Plaza convocada: Administrativo.

Grupo de clasificación: C.

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Dotación: 3 plazas.

a) Titulación académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de

finalización de presentación de solicitudes el título de Bachiller o equivalente.

ANEXO V

Plaza convocada: Auxiliar Administrativo.

Grupo de clasificación: D.

Escala: Administración General.

Subescala: Auxiliar.

Dotación: 34 plazas.

a) Titulación académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener , referido a la fecha de

finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

ANEXO VI

Plaza convocada: Auxiliar de Clínica.

Grupo de clasificación: D.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Auxiliar.

Dotación: 1 plaza.

a) Titulación académica exigida: De conformidad con lo

establecido en el apartado b) de la Base II: Estar en posesión o en condiciones de obtener, referido a la fecha de

finalización

de presentación de solicitudes el título de Auxiliar de Enfermería o equivalente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Roquetas de Mar, 8 de octubre de 2003.- El AlcaldePresidente, Gabriel Amat Ayllón.

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