Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando propuesta de resolución, formulada en el Expediente Sancionador incoado que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Intentada sin efecto la notificación de la propuesta de resolución, formulada en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, indicándole que con ella se abre el trámite de audiencia y se pone de manifiesto el expediente en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3 de Huelva, pudiendo formular alegaciones a la misma en el plazo de quince días, y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, todo ello en cumplimiento de los establecido en el art. 19.1 del R.D. 1398/93 de 4 de agosto.

- Expediente: HU/2003/340/G.C./EP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Mario Cortés Cabrera. Avda. Los Ansares, 204. El Rocío-Almonte. Huelva.

Hechos denunciados: El día 18 de febrero de 2003, en el Puente del Rey (Coto del Rey), sito en Doñana, en el término municipal de Almonte, ejercicio de la caza furtiva desde un vehículo todoterreno con arma de aire comprimido en zona y época de reproducción del lince ibérico. La caza se practica sin autorización. Tenencia de métodos de captura prohibidos (dos cepos).

Infracción: Art. 46.2.a) de Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970 y art. 38.13 de la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.

Tipificación: Art. 46.2.a) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria única 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995 del Código Penal y 39.1 13 de la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.

Sanción propuesta: 901,53 euros por las infracciones observadas.

Huelva, 3 de noviembre de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.

Descargar PDF