Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 28/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. DIEZ DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 440/2002. (PD. 4333/2003).

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NIG: 410910OC20020013629.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 440/2002. Negociado:. Sobre: Ordinario.

De: Cerámica Malpesa, S.A.

Procurador: Sr. Francisco Javier Macarro Sánchez del Corral221. Contra: Don Prudencio Galán Cuadrado y Francisco de Asís de la Calzada Gálvez.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 440/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla a instancia de Cerámica Malpesa, S.A., contra Prudencio Galán Cuadrado y Francisco de Asís de la Calzada Gálvez sobre ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Sevilla, a 7 de octubre de 2003, vistos por don Rafael Sarazá Jimena, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de esta ciudad los presentes autos de juicio ordinario núm. 440/02 seguidos a instancia de la entidad Cerámica Malpesa, S.A., con CIF: A-23016157 y domicilio social en Villanueva de la Reina (Jaén), carretera Nacional N-IV kilómetro 303-600, representada en autos por el Procurador don Francisco Macarro Sánchez del Corral y asistido por el Letrado don Juan Manuel Bustamante Sainz, contra don Prudencio Gala Cuadrado con DNI: 80.018.080-E y don Francisco de Asís de la Calzada Gálvez con DNI: 28.599.915-X, en rebeldía FALLO

1. Estimo plenamente la demanda promovida por el Procurador don Francisco Macarro Sánchez del Corral, en nombre y representación de la entidad Cerámica Malpesa, S.A., contra don Prudencio Gala Cuadrado y don Francisco de Asís Ignacio de la Calzada Gálvez.

2. Declaro que don Prudencio Gala Cuadrado y don Francisco de Asís Ignacio de la Calzada Gálvez adeudan solidariamente a la parte actora la cantidad de veintiocho mil setecientos setenta euros con diecisiete céntimos, más las costas que se tasen y los intereses que se liquiden en los autos del juicio ordinario núm. 549/2001 del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, que se determinarán en ejecución de sentencia.

3. Condeno a don Prudencio Gala Cuadrado y a don Francisco de Asís Ignacio de la Calzada Gálvez a estar y pasar por esta declaración y, en consecuencia, a que paguen a la parte actora la referida cantidad, con los intereses determinados en el fundamento de derecho penúltimo.

4. Condeno a la parte demandada al pago de las costas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días, mediante la presentación en este Juzgado de preparación de dicho recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. E/ Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha de que certifico. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Prudencio Galán Cuadrado y Francisco de Asís de la Calzada Gálvez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a siete de octubre de dos mil tres.- El/La Secretario.

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