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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota variable
Consumo doméstico
Bloque I: Hasta 40 m3
/vivienda/bimestre 0,6181 euros/m3
Bloque II: Más de 40 m3
hasta 80 m3/vivienda/bimestre 0,8035 euros/m3 Bloque III: Exceso de 80 m3/vivienda/
Bimestre 0,9581 euros/m
3
Los consumos domésticos que no sobrepasen los
18 m3
/vivienda/bimestre, se bonificarán en 0,0928 euros/m3 Consumos industriales y comerciales
Bloque I: Hasta 40 m3/bimestre 0,6181 euros/m3 Bloque II: Más de 40 m3
hasta 140 m3/bimestre 0,7726 euros/m3
Bloque III: Exceso de 140 m3
/bimestre 0,9271 euros/m3
Organismos oficiales
Cualquier consumo 0,6181 euros/m3
Dependencias y servicios municipales
Cualquier consumo 0,6181 euros/m3
Otros consumos
Cualquier consumo benéfico 0,5253 euros/m3 Cuota de servicio
Calibre del contador en mm
Cuota unitaria bimestral
en euros
Hasta 13 6,63
15 14,58
20 24,27
25 34,01
30 48,66
40 97,13
50 145,79
60 178,67
65 194,45
80 243,06
100 340,24
125 534,71
150 1.310,42
200 2.333,15
250 3.655,31
Derechos de acometida
Parámetro A = 16,01 euros/mm
Parámetro B = 113,60 euros/L/seg
Cuotas de contratación y reconexión
Calibre del contador en mm
Euros
Hasta 15 29,89
20 55,49
25 73,52
30 91,55
40 127,61
50 163,67
65 217,76
80 271,85
100 343,97
Fianzas
Calibre del contador en mm
Euros
Hasta 15 6,00
20 24,00
25 34,00
30 170,00
40 500,00
50 y mayores 600,00
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2004, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 24 de noviembre de 2003.- El Viceconsejero,
José Salgueiro Carmona.
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