Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2003

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se somete a información pública el procedimiento de Declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de San Sebastián de Higuera de la Sierra (Huelva).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de San Sebastián de Higuera de la Sierra (Huelva), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, de conformidad con los artículos

9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1 de su Reglamento de desarrollo; Real Decreto

111/1986, de 10 de enero, 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de

1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se anuncia la apertura de período de información pública del expediente por plazo de veinte días. A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por el plazo indicado, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo, puedan en el citado plazo examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, Avda. de Alemania, 3, de Huelva, de nueve a catorce horas.

Huelva, 20 de diciembre de 2002.- La Delegada, Guadalupe Ruiz Herrador.

ANEXO

JUSTIFICACION DE LA DECLARACION

La declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia Parroquial de Higuera de la Sierra se justifica en la consideración de un conjunto diverso de circunstancias y valores. En primer lugar se encuentran las de naturaleza arquitectónica, que nos llevan a considerar el inmueble como claro y representativo ejemplo de la arquitectura religiosa onubense del siglo XVIII, período considerado como el siglo de oro de la arquitectura de esta provincia por la cantidad y riqueza de sus construcciones.

Las características estructurales y constructivas de la Iglesia

-planta de salón, bóveda de medio cañón y cúpula sobre pseudocrucero, torre con remate apiramidado recubierto de azulejos, barroquismo concentrado en las portadas y uso de mampostería y ladrillo-, son comunes a otras iglesias de la comarca de la sierra o de Huelva en general, que fueron ampliadas o reedificadas en la segunda mitad del siglo XVIII. La de Higuera de la Sierra, terminada en 1746, resulta por tanto, un eslabón necesario para la correcta lectura global de la arquitectura onubense del período.

La conservación y protección que se solicita para este inmueble no debe considerarse de forma aislada, pues sus valores arquitectónicos alcanzan su justa valoración al ponerlos en relación con un grupo, más o menos homogéneo, de realizaciones arquitectónicas. No obstante, gran parte del valor artístico procede del conjunto de obras de arte que alberga en su interior, la mayor parte de las mismas, realizadas de forma casi coetánea al edificio, por lo que mantiene con éste un acertado diálogo y conjunción estilística que se pone especialmente de relieve en el caso de los retablos. Todos ellos fueron realizados en la segunda mitad del siglo XVIII y algunos de los cuales -caso del principal en el altar mayor-, inmediatamente posteriores a la iglesia. Aunque tras los destrozos que tuvieron lugar durante la Guerra Civil se hizo necesario reconstruirlos y realizar réplicas de algunas de sus estructuras, en su mayor parte conservan los elementos

originales. No cabe duda alguna acerca de la unidad y

compenetración de estos retablos con el inmueble, por lo que cabe recomendar que nunca sean trasladados o separados del edificio para el que fueron concebidos, en la seguridad de que ambas partes se beneficiarán de este maridaje funcional.

Hemos de hacer relación expresa para un conjunto de bienes muebles que fueron realizados por artistas de Higuera de la Sierra y para su iglesia parroquial. En primer lugar tenemos a Alonso Miguel de Tovar, pintor de mediana calidad nacido en

1678 y discípulo de Murillo, a quien copió en muchas ocasiones. En la iglesia se conserva un cuadro de la Inmaculada, otro de la Virgen de la Servilleta y un San Antonio, copias de Murillo, además de una Divina Pastora y la pintura de un estandarte con el mismo tema, originales de Tovar. Otras dos pinturas son de Soriano, también pintor y primo de Tovar. El otro artista que nos referimos es el escultor imaginero Sebastián Santos Rojas (Higuera 1895-1987), prolífico artista seguidor de una estética neobarroca, que trabajó para numerosas cofradías penitenciales, sobre todo en Sevilla, lugar donde abrió taller en la posguerra y del que salieron más de 150 obras de carácter mayor. En la parroquia de Higuera se conservan numerosas obras suyas de un elevado nivel artístico, fruto la mayoría de ellas de los años posteriores a la destrucciones de 1936. Entre ellas se

encuentran réplicas de las desaparecidas, otras de nueva creación y frecuentes intervenciones de restauración.

Estas últimas reflexiones nos llevarían a considerar la Iglesia Parroquial de Higuera de la Sierra como un contenedor

espacialmente adecuado para unas obras de arte que se

encuentran especialmente ligadas a la localidad, y que por tanto, contribuye a que sus habitantes puedan identificarse con ellos. En la misma línea hemos de considerar la propia

significación del inmueble al margen de los valores artísticos, al convertirse en el principal hito arquitectónico y

urbanístico de la modesta población, contribuyendo con sus formas a singularizar la imagen urbana de la localidad. La circunstancia de albergar a la patrona de la localidad

contribuye también a incrementar su valor respecto a sus habitantes. Por otra parte, el hecho de que esta iglesia - aunque en su anterior inmueble-, se leyese el edicto real nombrando villa a la localidad en 1553, incrementa su valor histórico y emocional para la población.

JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION

DEL ENTORNO AFECTADO

El criterio fundamental que se ha seguido en la delimitación del entorno afectado por la declaración como B.I.C. de la Iglesia Parroquial de Higuera de la Sierra, ha consistido en incluir todas aquellas parcelas catastrales en las que la alteración de sus fachadas alteraría negativamente a la actual percepción visual del monumento. Por alteración se entiende la variación de su altura y volumetría, lo cual podría afectar tratando total o parcialmente perspectivas del monumento actualmente visibles. También se considera alteración la reforma de la fachada variando materiales o elementos

constructivos considerados como de interés o pertenecientes a una tipología tradicional, y que por tanto supondría una disminución en la calidad estética del entorno. De acuerdo con las normas generales para la delimitación de entornos

elaboradas por la D. G. de BB. CC., se han incluido parcelas catastrales completas, aun cuando la fachada que afecte la visión del B.I.C. suponga un porcentaje reducido en relación con la superficie total de la misma.

Puesto que la fachada principal del monumento se muestra a la Plaza de la Constitución, se ha propuesto la inclusión de todas las parcelas catastrales con fachada al mencionado espacio urbano. No obstante, la torre de la iglesia constituye un elemento singular, definidor y fácilmente identificable por los habitantes de la localidad, lo que aconseja incluir

determinados tramos de calles o vías urbanas con perspectivas y visiones de la precitada torre. Este tramo es considerablemente mayor en la calle San Sebastián, ya que al hallarse en

alienación con este elemento constructivo, su visibilidad es mayor.

DELIMITACION LITERAL DEL ENTORNO

Espacios privados

Manzana 46126:

- Parcela 11 (Plaza de la Constitución, núm. 6).

- Parcela 12 (Plaza de la Constitución, núm. 5).

Manzana 48122:

- Parcela 08 (C/ Ordóñez Rincón, núm. 6).

- Parcela 09 (C/ Ordóñez Rincón, núm. 4).

- Parcela 10 (C/ Ordóñez Rincón, núm. 2).

- Parcela 11 (Plaza de la Constitución, núm. 7).

- Parcela 13 (C/ San Sebastián, núm. 1).

- Parcela 14 (C/ San Sebastián, núm. 3).

- Parcela 15 (C/ San Sebastián, núm. 5).

- Parcela 16 (C/ San Sebastián, núm. 7).

- Parcela 17 (C/ San Sebastián, núm. 9).

- Parcela 18 (C/ San Sebastián, núm. 11).

- Parcela 19 (C/ San Sebastián, núm. 13).

- Parcela 20 (C/ San Sebastián, núm. 15).

Manzana 47115:

- Parcela 01 (Plaza de la Constitución, núm. 1).

- Parcela 02 (Plaza de la Constitución, núm. 2).

- Parcela 03 (C/ Domingo Pal, núm. 1).

- Parcela 04 (C/ Domingo Pal, núm. 3).

- Parcela 05 (C/ Tovar núm. 1).

- Parcela 09 (C/ Tovar, núm. 9).

- Parcela 14 (C/ San Sebastián núm. 4).

- Parcela 15 (C/ San Sebastián, núm. 2).

Manzana 47116:

- Parcela 01 (Plaza de la Constitución, núm. 3).

Manzana 47114:

- Parcela 01 (Plaza de la Constitución, núm. 4).

- Parcela 02 (C/ Requena, núm. 3).

- Parcela 03 (C/ TR. Pinzón, núm. 4).

Espacios públicos

- Plaza de la Constitución.

- Calle Domingo Pal, desde la línea recta virtual que une el punto donde se separan las fachadas de las parcelas 03 y 04 de la manzana 47115 y el punto donde se separan las parcelas 01 y

02 de la manzana, hasta su confluencia con la Plaza de la Constitución.

- Calle Requena, desde la línea recta virtual que une el punto donde se separan las fachadas de las parcelas 01 y 02 de la manzana 47116, y el vértice de la esquina de la parcela 03 de la manzana 47114 entre las calles Requena y TR. Pinzón, hasta su confluencia con la Plaza de la Constitución.

- Calle TR. Pinzón, desde la línea recta virtual que surge de la prolongación de la fachada lateral de la parcela 12 de la manzana 46126 hasta confluir en la fachada trasera de la parcela 01 de la manzana 47114, hasta su confluencia con la Plaza de la Constitución.

- Calle Rincón Ordóñez, desde la línea virtual que une el punto en el se separan las fachadas de las parcelas 10 y 11 de la manzana 46126 y el punto en el que se separan las fachadas de las parcelas 07 y 08 de la manzana 48122, hasta su confluencia con la Plaza de la Constitución.

- Calle San Sebastián, desde la línea recta virtual que une los puntos donde se separan las fachadas de las parcelas 20 y 21 de la manzana 48122 y el punto en el que se separan las fachadas de las parcelas 09 y 10 de la manzana 47115.

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