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Por Resolución de 17 de diciembre de 2002, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía para el año 2003 (BOJA núm., de 2 de enero de 2003), entre las que figura la feria Salón del Mueble, Madera y Afines «LUMMA¯, a celebrar en Lucena (Córdoba), del 22 al 27 de abril de 2003.
La entidad organizadora de esta feria solicita autorización para dejar sin efecto la celebración de la misma en la localidad de Lucena (Córdoba), conforme a lo establecido en el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril, que en su artículo
21 permite modificar las condiciones de autorización de una Feria Comercial Oficial. Por otro lado, al tener lugar su celebración fuera del territorio de Andalucía, no procede declarar su carácter oficial, al no quedar incursa su aprobación en el artículo 3.e) del referido Reglamento.
En su virtud, en uso de las competencias que me atribuyen la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía y el Decreto 81/1998, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto 137/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, y previo informe del Comité Consultivo de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.
R E S U E L V O
Dejar sin efecto la solicitud de autorización de celebración de la feria Salón del Mueble, Madera y Afines, «LUMMA¯, prevista su celebración en Lucena (Córdoba), durante los días
22 al 27 de abril de 2003.
La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Economía y Hacienda en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 24 de enero de 2003
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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