Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/02/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE RONDA

ANUNCIO del Patronato Deportivo Municipal, sobre bases.

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El Sr. Concejal, Presidente Delegado del Patronato Deportivo Municipal, del Excmo. Ayuntamiento de Ronda, en base a las atribuciones conferidas por la legislación vigente, hace público el acuerdo de la Junta Rectora de fecha 19 de abril de

2002, aprobando las bases para la provisión de varias plazas vacantes en la plantilla de personal y previstas en las Ofertas de Empleo Público de 2000, 2001 y 2002.

PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL

ANUNCIO DE BASES

CONVOCATORIA DE BASES GENERALES Y PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE RONDA, INCLUIDAS EN LAS OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO CORRESPONDIENTES A 2000, 2001 Y 2002

BASES GENERALES

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de parte de las plazas vacantes en la plantilla de personal laboral fijo del Patronato Deportivo Municipal de Ronda, aprobadas en la Junta Rectora de este Patronato, celebrada el

19 de abril de 2002, convenientemente dotadas presupuestariamente y previstas en las Ofertas de Empleo Público de 2000, 2001 y 2002, y en la correspondiente relación de puestos de trabajo, que figuran en los Anexos de las presentes bases, mediante los sistemas de concurso y concurso- oposición.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuren en los Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas bases generales.

Segunda. Legislación aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

30/84, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/88, de 28 de julio; la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 42/94, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el R.D.L./86, de 18 de abril; el R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, restante normativa en vigor en esta materia y Estatutos del Patronato Deportivo Municipal de Ronda, así como a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o poseer la nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los correspondientes anexos de la presente convocatoria.

Cuarta. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que se facilitará en la Secretaría del Patronato Deportivo Municipal de Ronda, sito en el Complejo Deportivo El Fuerte, s/n, de Ronda, dirigidas al Sr. Presidente del mencionado Patronato, y presentadas en el Registro General del mismo o conforme a lo dispuesto en el art. 38 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias, se adjuntarán a las mismas fotocopia del DNI, titulación exigida, así como los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los documentos serán originales o fotocopias compulsadas.

Los aspirantes presentarán tantas solicitudes como plazas a las que deseen concurrir.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto al que opta.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia del Patronato se dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluidos, los aspirantes, de acuerdo con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquél en que se hagan públicas dichas listas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en Resolución que dicte el Sr. Presidente del Patronato, declarando aprobadas las listas definitivas de admitidos/as y excluidos/as. Estas se harán públicas en el tablón de anuncios de este Patronato y en el Boletín Oficial de la Provincia, indicándose en la misma el lugar, fecha y hora de comienzo del concurso y/o concurso- oposición así como la composición de los Tribunales.

Contra dicha Resolución, se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexta. Tribunal Calificador.

Los Tribunales de selección, de acuerdo con la normativa aplicable y por lo dispuesto en los Estatutos del Patronato Deportivo Municipal de Ronda, tendrán la siguiente composición:

Presidente: El Presidente del Patronato, o miembro de la Junta Rectora en quien delegue.

Secretario: El del Patronato o personal Técnico/a del Patronato en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

Cuatro representantes de la Junta Rectora.

Un Técnico/a del Patronato.

Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

Un representante sindical del PDM.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

En la composición de los Tribunales se velará por el

cumplimiento del principio de especialidad de sus miembros, en base al cual la totalidad de los Vocales deberá tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.

Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación del concurso y/o concurso-oposición.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, el Secretario, y la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente titulares o suplentes.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas, para la valoración de méritos, títulos y servicios, limitándose los asesores a colaborar con el Tribunal según su especialidad técnica pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias

previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a cualquier tipo de pruebas selectivas de acceso al servicio de la Administración Pública en los cincos años anteriores a la publicación de esta

convocatoria. La composición del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en el tablón de anuncios del Patronato.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo una declaración escrita expresa de que no están incursos en ninguna de las circunstancias anteriormente señaladas.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la

aplicación o interpretación de las bases de esta convocatoria, así como todo lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna. Las decisiones se adoptan por mayoría de votos de los presentes y, en caso de empate, resuelve con voto de calidad el Presidente.

Séptima. Convocatoria de las pruebas. Orden de actuación de los aspirantes. Identificación.

El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización se publicará, al menos, con quince días de

antelación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Patronato. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las respectivas pruebas en el BOP estos se harán públicos en el tablón de anuncios del Patronato.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por los Tribunales.

El orden de intervención de los aspirantes en aquellos

ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente será el alfabético, dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra que salga elegido en un sorteo público, realizado allí mismo delante de los aspirantes.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los

aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos del documento nacional de identidad.

Octava. Procedimiento selectivo.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas, que deberán asegurar la objetividad y racionalidad de la selección:

Primera fase: Concurso.

La fase de concurso será previa a la fase de oposición. El Tribunal se reunirá y realizará la fase del concurso. El Tribunal valorará los méritos alegados, documentalmente justificados por los aspirantes junto con la instancia, con arreglo a los baremos de méritos contenidos en los Anexos de las presentes bases, correspondientes a las distintas plazas.

La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición.

Segunda fase: Oposición.

Los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 5 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 2,5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de cada ejercicio será la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal.

La calificación final de la fase de oposición de aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios se obtendrá de dividir entre el número de ejercicios la suma de las

calificaciones obtenidas.

Los ejercicios a realizar en cada prueba selectiva son los indicados en los anexos correspondientes.

Calificación final.

La calificación se hará pública en el tablón de anuncios del Patronato.

La calificación final será la media de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

En los supuestos de puntuaciones iguales, los empates se resolverán atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

2.º Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

El Tribunal no podrá aprobar un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

Décima. Impugnaciones.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de los actos del Tribunal podrán ser impugnados en los plazos y formas establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimoprimera. Relación de aprobados.

Concluido el concurso, los Tribunales harán públicas las relaciones definitivas de aprobados, por orden de puntuación, con especificación de la obtenida por cada aspirante, en el tablón de anuncios del Patronato, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente los Tribunales elevarán dichas relaciones a la Presidencia del Patronato para que proceda al otorgamiento de los correspondientes nombramientos, sin que en ningún caso puedan proponer, para su nombramiento, un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga este precepto.

Decimosegunda. Presentación de documentos.

En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el tablón de anuncios del Patronato de la relaciones de aprobados, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en la Secretaría del Patronato, sita en el Complejo Deportivo El Fuerte, s/n, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera, y los que se exijan, en su caso, en los Anexos correspondientes a cada convocatoria.

Quienes en el plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser contratados y serán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir.

Una vez presentados todos los documentos y hallados conformes, el Presidente ordenará la contratación, en el plazo máximo de un mes, mediante contrato de trabajo fijo indefinido.

A N E X O S

PERSONAL LABORAL

Anexo 1: Conserje-Mantenedor de Instalaciones Deportivas

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de plazas de Conserje-Mantenedor de Instalaciones Deportivas, con carácter fijo y pertenecientes al Grupo E, vacantes en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento.

2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

3. Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fases:

De Concurso: Conforme se describe en las bases generales y al siguiente baremo de méritos:

Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en este

Patronato Municipal, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,025 puntos.

(Hasta un máximo de 4 puntos).

Formación:

- Por cada 20 horas de cursos, cursillos, seminarios,

congresos, ponencias y jornadas, realizadas y/o impartidas y homologadas por Entidades, Instituciones o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 1 punto).

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20, el cociente resultante se multiplicará por 0,05, el resto se desechará.

Los méritos anteriores serán justificados mediante:

- Certificación expedida por la Administración

correspondiente, en la que se acrediten los servicios

prestados, en el caso de servicios prestados en

Administraciones Públicas.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social junto con el contrato de trabajo visado por el Inem o cualquier otro documento con fuerza probatoria en el caso de servicios prestados en la empresa privada.

- Si se trata de cursos, cursillos, seminarios, congresos y jornadas se acreditarán mediante la certificación o diploma expedido por la Entidad pública organizadora.

- Cuando la organización hubiese estado a cargo de la entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

El Tribunal tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y demás aspectos del concurso.

De Oposición: Constará de un ejercicio.

Consistirá en la resolución de una prueba práctica a elegir por el aspirante de entre dos propuestas por el Tribunal

inmediatamente anterior al comienzo de las pruebas, y

relacionadas con el temario y con las tareas habituales a desempeñar en el puesto de trabajo al que se opta, en un tiempo máximo de una hora.

La puntuación máxima de cada ejercicio será de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para la superación del mismo.

TEMARIO

Tema 1. Albañilería. Conservación y reparación de obras menores. Uso de herramientas y funcionamiento de máquinas.

Tema 2. Electricidad. La corriente eléctrica en las

instalaciones deportivas. Elementos más importantes que componen la red. Normas de seguridad. Cuadros generales. Instalación de electricidad. Tipos de averías de una red eléctrica. Iluminación fluorescente (sistemas, lámparas, montaje, reactancias y cebadores).

Tema 3. Los distintos tipos de pintura y sus aplicaciones.

Tema 4. La madera como elemento en la construcción. Carpintería de madera. Operación básica de mantenimiento.

Tema 5. Limpieza y mantenimiento de espacios deportivos.

Tema 6. Fontanería. Esquema básico de instalaciones de

edificio. Operaciones básicas de mantenimiento. Herramientas.

Tema 7. Forja. Uso de herramientas. Normas de seguridad.

Tema 8. Manejo de maquinaria de instalaciones deportivas (piscina climatizada, campos de fútbol, ...).

Tema 9. La seguridad en el trabajo. Normas mas importantes a tener en cuenta. Primeros auxilios.

Anexo 2: Conserje-Mantenedor de Instalaciones Deportivas

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 3 plazas de Conserje-Mantenedor de Instalaciones Deportivas, con carácter fijo y pertenecientes al grupo E, vacantes en la Plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento.

2. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

3. Sistema de selección: Concurso y entrevista curricular.

Fases:

Fase de Concurso: Conforme se describe en las Bases Generales y al siguiente baremo de méritos:

Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en este

Patronato Municipal, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0, 10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,025 puntos.

(Hasta un máximo de 4 puntos).

Formación:

- Por cada 20 horas de cursos, cursillos, seminarios,

congresos, ponencias y jornadas, realizadas y/o impartidas y homologadas por Entidades, Instituciones o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 1 punto).

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20, el cociente resultante se multiplicará por 0,05, el resto se desechará.

Los méritos anteriores serán justificados mediante:

- Certificación expedida por la Administración

correspondiente, en la que se acrediten los servicios

prestados, en el caso de servicios prestados en

Administraciones Públicas.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social junto con el contrato de trabajo visado por el Inem o cualquier otro documento con fuerza probatoria en el caso de servicios prestados en la empresa privada.

- Si se trata de cursos, cursillos, seminarios, congresos y jornadas se acreditarán mediante la certificación o diploma expedido por la entidad pública organizadora.

- Cuando la organización hubiese estado a cargo de la entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

El Tribunal tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y demás aspectos del concurso.

Fase de entrevista curricular: Versará sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos. La puntuación será la estipulada en los anexos contenidos en las presentes Bases, siendo la puntuación máxima de esta fase 3 puntos.

Anexo 3: Monitores de Natación-Socorristas

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 7 plazas de Monitores de Natación-Socorristas, con carácter fijo y pertenecientes al grupo D, vacantes en la Plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento.

2. Titulación exigida:

- Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

- Título de Monitor de Natación.

- Título de Socorrista acuático.

3. Sistema de selección: El sistema de selección será de Concurso-Oposición.

Fases:

De Concurso: Conforme se describe en las Bases Generales y al siguiente baremo de méritos:

Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en este

Patronato Municipal, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,025 puntos.

(Hasta un máximo de 4 puntos).

Formación:

- Por cada 20 horas de cursos, cursillos, seminarios,

congresos, ponencias y jornadas, realizadas y/o impartidas y homologadas por Entidades, Instituciones o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 1 punto).

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20, el cociente resultante se multiplicará por 0,05, el resto se desechará.

Los méritos anteriores serán justificados mediante:

- Certificación expedida por la Administración

correspondiente, en la que se acrediten los servicios

prestados, en el caso de servicios prestados en

Administraciones Públicas.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social junto con el contrato de trabajo visado por el Inem o cualquier otro documento con fuerza probatoria en el caso de servicios prestados en la empresa privada.

- Si se trata de cursos, cursillos, seminarios, congresos y jornadas se acreditarán mediante la certificación o diploma expedido por la entidad pública organizadora.

- Cuando la organización hubiese estado a cargo de la entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

El Tribunal tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y demás aspectos del concurso.

De Oposición: Constará de un ejercicio.

Consistirá en la resolución de una prueba práctica a elegir por el aspirante de entre dos propuestas por el Tribunal

inmediatamente anterior al comienzo de las pruebas, y

relacionado con las tareas habituales a desempeñar en el puesto de trabajo al que se opta, en un tiempo máximo de una hora.

La puntuación máxima de cada ejercicio será de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para la superación del mismo.

TEMARIO

Tema 1. La planificación de la actividad deportiva.

Tema 2. El papel de los monitores deportivos en la

planificación de los programas de actividades deportivas municipales.

Tema 3. Aspectos generales del entrenamiento deportivo. Conceptos. Objetivos y métodos. Principios del entrenamiento.

Tema 4. Cualidades físicas básicas. Conceptos. Factores que influyen. Tipos. Desarrollo.

Tema 5. Planificación del entrenamiento en la edad escolar.

Tema 6. Piscinas. Organización de la instalación. Usuarios y cursos de natación. Actividades recreativas acuáticas.

Tema 7. La competición deportiva. Objetivos. Definición. Clases.

Tema 8. Pruebas populares. Definición, objetivos y

organización.

Tema 9. Actividades acuáticas para adultos y tercera edad.

Tema 10. Juegos deportivos municipales.

Tema 11. Conceptos básicos sobre piscinas.

Tema 12. Aspectos básicos, físicos, técnicos, tácticos y reglamentarios de la natación.

Tema 13. Causas de los accidentes acuáticos. Cualidades del socorrista acuático. Prevención y actuación del mismo.

Tema 14. Clasificación y tratamiento de: Las heridas, las hemorragias, las quemaduras.

Tema 15. El golpe de calor y la insolación: Conducta a seguir por el socorrista.

Tema 16. Luxaciones y fracturas. Concepto, clasificación, tratamiento y conductas a seguir.

Tema 17. El shock y la parada cardiorrespiratoria. Causas y actuación.

Tema 18. Aparato respiratorio y respiración.

Tema 19. Las asfixias: Definición, causas.

Tema 20. Métodos de reanimación y sistemas de rescate en el agua.

Anexo 4: Limpiador/a

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 2 plazas de Limpiador/a con carácter fijo y pertenecientes al grupo F, vacantes en la Plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento.

2. Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o

equivalente.

3. Sistema de selección: El sistema de selección será de Concurso-Oposición.

Fases:

De Concurso: Conforme se describe en las Bases Generales y al siguiente baremo de méritos:

Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en este

Patronato Municipal, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,025 puntos.

(Hasta un máximo de 4 puntos).

Formación:

- Por cada 20 horas de cursos, cursillos, seminarios,

congresos, ponencias y jornadas, realizadas y/o impartidas y homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 1 punto).

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20, el cociente resultante se multiplicará por 0,05, el resto se desechará.

Los méritos anteriores serán justificados mediante:

- Certificación expedida por la Administración

correspondiente, en la que se acrediten los servicios

prestados, en el caso de servicios prestados en

Administraciones Públicas.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social junto con el contrato de trabajo visado por el Inem o cualquier otro documento con fuerza probatoria en el caso de servicios prestados en la empresa privada.

- Si se trata de cursos, cursillos, seminarios, congresos y jornadas se acreditarán mediante la certificación o diploma expedido por la entidad pública organizadora.

- Cuando la organización hubiese estado a cargo de la entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

El Tribunal tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y demás aspectos del concurso.

De Oposición: Constará de un ejercicio.

Consistirá en la resolución de una prueba práctica a elegir por el aspirante de entre dos propuestas por el Tribunal

inmediatamente anterior al comienzo de las pruebas, y

relacionado con las tareas habituales a desempeñar en el puesto de trabajo al que se opta, en un tiempo máximo de una hora.

La puntuación máxima de cada ejercicio será de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para la superación del mismo.

TEMARIO

Tema 1. Higiene.

Tema 2. Limpieza de diferentes clases de suelos y/o pavimentos.

Tema 3. Limpieza de cuartos de aseos.

Tema 4. Limpieza de cristales.

Tema 5. Elementos que deben integrar un menaje básico en la limpieza diaria de: Instalaciones deportivas, oficinas,...

Tema 6. Diferentes productos de limpieza.

Tema 7. Tratamiento y mantenimiento de suelos y/o pavimentos.

Tema 8. Limpieza y tratamientos de diferentes mobiliarios.

Anexo 5: Director-Gerente

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza de Director-Gerente, con carácter fijo y perteneciente al grupo A, vacante en la Plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento.

2. Titulación exigida: Licenciado en Educación Física.

3. Sistema de selección: El sistema de selección será de Concurso-Oposición.

Fases:

De Concurso: Conforme se describe en las Bases Generales y al siguiente baremo de méritos:

Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en este

Patronato Municipal, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o superior contenido al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 4 puntos).

Formación:

- Por tener titulación superior a la exigida para la plaza,

0,25 puntos.

- Por cada 20 horas de cursos, cursillos, seminarios,

congresos, ponencias y jornadas, realizadas y/o impartidas y homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta, 0,05 puntos.

(Hasta un máximo de 1 punto).

El cálculo de la última puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20, el cociente resultante se multiplicará por 0,05, el resto se desechará. Los méritos anteriores serán justificados mediante:

- Certificación expedida por la Administración

correspondiente, en la que se acrediten los servicios

prestados, en el caso de servicios prestados en

Administraciones Públicas.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social junto con el contrato de trabajo visado por el Inem o cualquier otro documento con fuerza probatoria en el caso de servicios prestados en la empresa privada.

- Si se trata de cursos, cursillos, seminarios, congresos y jornadas se acreditarán mediante la certificación o diploma expedido por la entidad pública organizadora.

- Cuando la organización hubiese estado a cargo de la entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

El Tribunal tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir acerca de cursos, títulos y demás aspectos del concurso.

De Oposición: Constará de dos ejercicios.

Primer ejercicio: Eliminatorio, de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas basadas en el contenido del programa de estas pruebas, propuesto por el Tribunal inmediatamente antes del inicio del ejercicio. El cuestionario estará

compuesto por preguntas con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

El número de preguntas y duración del ejercicio será fijado por el Tribunal.

El Tribunal deberá informar a los candidatos, antes de la realización del ejercicio, la incidencia que tendrá en la puntuación del mismo, las preguntas no contestadas y/o las contestaciones erróneas.

Segundo ejercicio: Eliminatorio, de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico adecuado a la plaza a la que se aspira, a elegir por el aspirante de entre dos propuestos por el Tribunal inmediatamente antes al comienzo de las pruebas, y relacionado con las tareas habituales a desempeñar en el puesto de trabajo al que se opta, en un tiempo máximo de dos horas.

La puntuación máxima de cada ejercicio será de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para la superación del mismo.

TEMARIO GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Los estatutos de Autonomía. Su significado.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

Tema 6. El acto administrativo: Conceptos y clases. Elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. Procedimiento Administrativo Local.

Tema 9. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

Tema 10. Régimen local español. Principios generales y

regulación jurídica.

Tema 11. Organización y competencias provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales.

Tema 13. El servicio público local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, actas y certificados de acuerdo.

Tema 15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de seguridad social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos en la esfera local.

Tema 18. El presupuesto de las Entidades Locales, elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y

fiscalización.

TEMARIO ESPECIFICO

Tema 1. Ordenamiento legal vigente en materia deportiva. Corporaciones locales. Competencias.

Tema 2. Ordenamiento legal vigente en materia deportiva. Comunidades Autónomas. Competencias.

Tema 3. Ley 10/90 del Deporte.

Tema 4. Las federaciones deportivas y su marco legal.

Tema 5. Asociaciones deportivas: Clubes deportivos.

Tema 6. Competencias de las distintas Administraciones Públicas en concepto de deporte.

Tema 7. Sistema deportivo.

Tema 8. La gestión deportiva municipal. Formas de gestión.

Tema 9. La educación física en el sistema deportivo.

Tema 10. Concepto de Deporte. Taxonomías.

Tema 11. La iniciación deportiva. Escuelas deportivas.

Tema 12. Promoción deportiva. Bases. Fundamentos jurídicos.

Tema 13. Planificación, programas y organización en el sistema deportivo.

Tema 14. Organización de competiciones y/o eventos deportivos.

Tema 15. La actividad físico-deportiva extraescolar.

Tema 16. Las competiciones en edades de iniciación. Juegos Provinciales. Juegos Comarcales.

Tema 17. Concepto de Deporte Base.

Tema 18. Proyectos deportivos. Nociones. Formulación de objetivos. Contenidos. Fases.

Tema 19. El marketing en el deporte.

Tema 20. Las relaciones públicas en el deporte.

Tema 21. Turismo y deporte. Interrelaciones.

Tema 22. Equipamientos e instalaciones deportivas.

Planificación. Los censos de instalaciones deportivas. El Plan director. Cálculo de necesidades. Planes provinciales.

Instalaciones deportivas en los centros educativos. Normas de seguridad. Instalaciones deportivas municipales. Las barreras arquitectónicas. Los vestuarios.

Tema 23. Conceptos básicos sobre: Campos grandes, campos pequeños, piscinas al aire libre, piscinas cubiertas, salas y pabellones, instalaciones deportivas recreativas en el medio natural.

Tema 24. Noción de espacios deportivos. Terrenos de juego.

Tema 25. Espacios auxiliares: Gimnasio, sala de usos múltiples, ...

Tema 26. Ordenación de espacios para espectadores.

Tema 27. Concepto de Deporte Municipal. Modelos. Principios generales. Sistemas de organización.

Tema 28. Juegos Deportivos Municipales. Normativas.

Tema 29. Deporte para todos. Principios generales. Campañas Municipales. Las pruebas populares.

Tema 30. La recreación en el deporte municipal. Objetivos. Propuestas de actividades. Aspectos organizativos.

Ronda, 27 de enero de 2003.- El Presidente, Pascual del Río Fernández.

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