Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 21/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 29 de enero de 2003, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se reconoce oficialmente e inscribe a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Proclade Bética.

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Vista la solicitud presentada el 16 de junio de 2002, por don Pedro Cabrera Jiménez, en nombre y representación, y en calidad de Presidente de la Entidad Titular «Asociación Promoción Claretiana para el Desarrollo Bética¯, según consta acreditado documentalmente en el expediente, en orden al reconocimiento por el Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería de la Presidencia, de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Proclade Bética, y su inscripción en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, dependiente de dicho Organismo, se dicta la presente Resolución, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

Primero. Con fecha 21 de marzo de 1994, la «Asociación Promoción Claretiana para el Desarrollo Bética¯ fue inscrita en el Registro de Asociaciones, dependiente en aquel momento de la Delegación Provincial de la Consejería de Gobernación en Sevilla, con el número 46664 de la Sección 1 del Registro de Asociaciones.

Segundo. Con fecha 16 de junio de 2002, (reg. de entrada núm.

4587), don Pedro Cabrera Jiménez, en calidad de Presidente y Representante Legal de la «Asociación Promoción Claretiana para el Desarrollo Bética¯, procedió a solicitar el reconocimiento oficial de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Proclade Bética¯, adjuntando la documentación y extremos exigidos por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma de Andalucía, (BOJA núm.

92, de 6 de noviembre de 1987).

Tercero. Que una vez examinada la documentación presentada por la entidad promotora, en orden al reconocimiento oficial de una Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, se comprueba que la misma debe ser modificada en algunos aspectos relativos al Proyecto Educativo, por lo que con fecha 17 de octubre de 2002 (reg. de salida núm. 4358) se requiere al interesado para que presente la documentación subsanada, y acreditar los requisitos exigidos por el Decreto 239/1987, de

30 de septiembre.

Cuarto. Con fecha 15 de noviembre de 2002 se recibe en los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Juventud nueva documentación enviada por la entidad solicitante en la que se subsanan, en el sentido advertido por el requerimiento anteriormente mencionado, los vicios y defectos de los que adolecía la documentación inicialmente presentada.

Quinto. Por el Servicio de Formación, Investigación y Documentación de este Organismo Autónomo, se ha emitido el correspondiente informe pedagógico, del que se desprende que la «Asociación Promoción Claretiana para el Desarrollo Bética¯ ha presentado la documentación exigida por el Decreto 239/1987, de

30 de septiembre, entre la que se encuentran los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la Escuela citada.

En dichos Estatutos consta, como es reglamentario, la denominación de la entidad titular y la de la propia Escuela, domicilio, recursos económicos, las normas de régimen interno, los órganos de dirección, administración y el sistema de participación. Así mismo presentan el Proyecto Educativo, que es conforme a las normas constitucionales y la Memoria de las instalaciones, locales y recursos didácticos de que dispone la Escuela así como los Programas de formación de los diferentes niveles, ajustándose adecuadamente al programa oficial establecido por la Consejería de Cultura en la Orden de 21 de marzo de 1989.

También se acompaña a la referida documentación,

certificaciones acreditativas de los extremos que se requieren en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver sobre el reconocimiento de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural

corresponde al Instituto Andaluz de la Juventud en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre), en relación con la

Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, de Medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, (BOJA núm.

151, de 31 de diciembre), por la que se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia, y el Decreto 118/1997, de 22 de abril, (BOJA núm. 49, de 26 de abril), por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del citado Instituto.

Segundo. El Proyecto de creación de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Proclade Bética¯ cumple las exigencias establecidas en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre; se ha presentado la documentación exigida en su artículo 4, recogiéndose en los Estatutos de la misma lo establecido por los artículos 5 y 6 del citado Decreto en cuanto a los órganos de participación y equipo docente.

Tercero. El Programa de Formación presentado por la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Proclade Bética¯ para los niveles de Monitor de Tiempo Libre, de Animador Sociocultural y de Director Técnico en Animación, se adecua a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Cultura, de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los Programas de Formación de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación

Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 26, de 3 de abril), para los niveles indicados.

En virtud de lo expuesto, previo informe de reconocimiento favorable, de fecha 4 de diciembre 2002 y, teniendo en cuenta las disposiciones citadas anteriormente y demás normas de general aplicación,

HE RESUELTO

Primero. Reconocer oficialmente a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Proclade Bética¯, con sede en la C/ Pedro Machuca, 21, 18080, Granada.

Segundo. Ordenar la inscripción de la misma en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de

Andalucía.

Tercero. Sellar y diligenciar los Estatutos de la Escuela citada, así como remitir copia de los mismos a la Entidad titular.

Cuarto. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Notifíquese esta Resolución al interesado en la forma

establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;

advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su

notificación, pudiéndose dirigir el escrito al Instituto Andaluz de la Juventud, o directamente a la Consejería de la Presidencia, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de enero de 2003.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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