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D.ª Isabel M.ª Alvaz Menjíbar, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sevilla.
Hago saber: Que a instancia de El Monte Caja de Huelva y Sevilla contra María Carmen Patiño Galindo, se siguen ante este Juzgado las actuaciones de Ejecutivos 696/2000, en las que recayó en el día de la fecha resolución del siguiente tenor:
Por recibido del procurador José Enrique Ramírez Hernández el escrito que antecede, únase a los autos de su razón. Visto su contenido y tal como determina los artículos 1444 y 1460 de la L.E.C., se decreta el embargo de bienes de la parte demandada María Carmen Patiño Galindo, sin necesidad de previo requerimiento personal de pago, y cuya traba se hace recaer sobre los bienes que se detallan en el escrito presentado, librándose mandamiento por duplicado al Registrador de la Propiedad Cinco de Sevilla y Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor de Sevilla, que será entregado al referido Procurador para cuidar de su diligenciado, y oficio a la entidad Asociación Gracia y Paz y cítese de remate a dicha demanda por medio de Edicto, publicándose los mismos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia, ofreciéndole el término de nueve días para que pueda comparecer en los autos y oponerse a la ejecución si le conviniere, a cuyo fin se encuentran a su disposición en este Juzgado, las copias de la demanda y documentos, y significándose que se ha trabado sin el previo requerimiento personal de pago en razón a su actual ignorado paradero; despachos que se entregarán al Procurador de la parte ejecutante.
Y para que conste y sirva de citación de remate a la parte demandada María Carmen Patiño Galindo en desconocido domicilio fijo e ignorado paradero, bajo los apercibimientos que contienen y se expresan en la resolución transcrita, se libra el presente.
En Sevilla a diecinueve de julio de dos mil dos.- La Magistrada-Juez, El Secretario.
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